Eliminan fuero de Presidente y legisladores en delitos de corrupción y delitos electorales.

*Con un solo voto en contra y 111 a favor, Senado aprobó que el Presidente y legisladores puedan ser sometidos a juicio por estos y los delitos incluidos en el artículo 19 recién modificado.

* Oposición acusa que se trata de una simulación.

Redacción/

Cdmx 27 de marzo 2019.- A las 12:20 horas.- En votación nominal se aprobó en lo general y en lo particular con 111 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, el dictamen por el que se reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional con el voto en contra de Emilio Álvarez Icaza, quien fue el único senador que votó en contra de la reforma a los artículos constitucionales.

Las comisiones aprueban determinar que durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República y los integrantes de las Cámaras del Congreso de la Unión, podrán ser imputados y juzgados, además de por traición a la patria, por hechos de corrupción, delitos electorales o cualquier de señalados en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional.

En estos casos se procederá conforme a lo dispuesto por el artículo 111 constitucional, que establece que para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores, quien resolverá con base en la legislación penal aplicable.

El senador Samuel García de MC, alegó en que “se trata de una farsa”, pues argumentó que la bancada mayoritaria no dejará pasar que el procedimiento de desafuero se le aplique a Andrés Manuel López Obrador.

Eduardo Ramírez Aguilar, de Morena presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, sostuvo que la reforma hace que el titular del Ejecutivo y legisladores no puedan protegers más en el fuero, para evitar ser sancionados por estos delitos, además de aquellos incluidos en el artículo 19 recién modificado.