Feminicidio, abuso sexual, robo o desaparición forzada ¿delitos graves o no?

*Aun cuando en redes circula que algunos delitos fueron tipificados como no graves, lo cierto es que solo se discute si estos merecen prisión preventiva o no.

Por Syndy García/ Verificado.com

Cdmx., 21 de enero 2019.- En redes sociales circula una publicación que hace referencia a que delitos como el abuso de menores, el robo o la desaparición forzada ahora son considerados como delitos no graves, pero… ¿es esto cierto o falso?

Una de las imágenes que más circulan expone que “Morena tipificó el abuso sexual a menores como delito no grave”, sin embargo, este dato es falso; la publicación, reiteramos, la publicación, está sacada de contexto dado a que lo que se discute es si estarían o no en el catálogo de “delitos graves” para que estos delitos impliquen prisión preventiva de oficio.

Pese a que actualmente estos no son considerados dentro de este catálogo de prisión preventiva de oficio, implican penas de años de prisión una vez que se compruebe el delito por parte de la autoridad o bien podría aplicar prisión preventiva si la persona imputada de cualquier delito constituye un riesgo procesal y lo indica un juez.

¿Qué es lo que entonces pasó y por qué existe tanto revuelo?

El pasado 6 de diciembre del 2018, la Cámara de Senadores presentó una propuesta para reformar el artículo 19 Constitucional, específicamente para ampliar el catálogo de delitos graves que merecerían prisión preventiva oficiosa, esto implicaría que se otorgara una pena de cárcel preliminar antes de que se considere que la persona a la que se le imputa un delito sea considerada o no culpable.

La discusión pasó a la Cámara de Diputados donde el pasado martes 15 de enero de 2019, la Comisión de Puntos Constitucionales, compuesta por 26 diputados de diversos partidos, revisó la propuesta del Senado y la modificó.

Mientras el Senado proponía nueve delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, la Comisión solo incluyó tres (robo de hidrocarburos, corrupción y faltas electorales) por lo que descartó el resto que se planteaban.

Al respecto, Marco Lara Khlar, especialista en materia de justicia y periodista enfocado al tema de derechos humanos, explicó que en la actualidad se puede otorgar prisión preventiva sin importar qué tipo de delito sea, mientras que se constituya un riesgo y lo considere un juez.


“Si bien esos (delitos) no estaban tipificados como delitos graves, cualquier persona imputada de esos delitos que constituya un alto riesgo procesal, el juez está obligado a imponer prisión preventiva.

“Es decir, si yo cometo el delito de robo de hidrocarburos o cometo el delito de abuso sexual contra una persona menor de 18 años, no tiene que ser considerado delito grave o no, sencillamente el juez tiene que valorar, a petición del Ministerio Público y escuchando los argumentos de la defensa, el juez tiene que determinar si a merita que yo siga mi proceso privado de la libertad en prisión o libre y eso insisto, de acuerdo con la propia Constitución”.

El catedrático agregó que de confirmarse cambios y aumentar el catalogo de delitos “considerados graves”, habría un retroceso en materia de justicia en México.

“No tiene que haber catálogos de delitos graves, ese catálogo de delitos graves es populismo punitivo puro, van a volver a saturar las prisiones y esas personas que están gritando que todas las personas imputadas de esos delitos vayan automáticamente a prisión, que se cuiden porque para ellas está también dirigidos”.

Por otra parte, existe el planteamiento de la activista nuevoleonesa, Cesia Escobar, quien habla sobre la desinformación que surge respecto al tema.

La activista considera que los medios informativos muestran información de manera amarillista sin explicar el fondo y el contexto.

“Nadie está eliminando el feminicidio, robo a casa habitación, abuso sexual y desaparición de las leyes como delitos graves. Simplemente no se incluyen en el catálogo de delitos de prisión preventiva”, explicó.

Añadió que esta votación “en contra de los delitos” solo se hizo en comisiones, por lo que detalla que las comisiones son apenas el primer paso para que algo se pueda aprobar. “Son como el 40 por ciento de todo el proceso”, apuntó.

Agregó que esta votación de prisión preventiva apenas la votaron 26 de los 500 diputados, “o sea, ni el 10 por ciento, y ya están tirandoles a los de Morena, para eso, otros temas”.

“Este tema está en espera de una fecha para discutirse en Pleno, ni hay fecha todavía. De ser aprobada por los diputados, se tiene que regresar a los Senadores. ¿Que si a favor o en contra de la prisión preventiva oficiosa?, ese es otro tema”, refirió.

Aquí te presentamos algunos delitos y su pena actual según el Código Penal Federal

Para finalizar, te explicamos que los delitos de los que tanto se hablan ya tienen penas y están tipificados así en el Código Penal Federal vigente.

Abuso sexual a menor de edad: 6 a 13 años de prisión, si usa violencia la pena puede aumentar.

Violación: 8 a 20 años de prisión

Feminicidio: 40 a 60 años de prisión, más multa.

Robo: 2 a 10 años de prisión más multa (puede aumentar prisión dependiendo del robo).

Desaparición forzada: 40 a 60 años de prisión más multa.

Las penas de cárcel pueden variar dependiendo si a la persona imputada se le incluyen otros delitos o bien si estos se agravan.

Es de destacar que a estos delitos los legisladores no los están quitando de ninguna lista como delitos graves, dado a que actualmente no se encuentran en la lista de la prisión preventiva oficiosa como se observa en esta lista: https://www.gob.mx/pgr/articulos/la-medida-cautelar-de-la-prision-preventiva-oficiosa-y-justificada?idiom=es, si no que la prisión preventiva en estos delitos depende del juez.

https://verificado.com.mx/son-o-no-graves-los-delitos-de-abuso-sexual-robo-o-desaparicion/

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