68 aniversario del voto de las mujeres en México.

/ Carla Humphrey /

El avance de la participación política de las mujeres ha sido largo y sinuoso. Un primer antecedente lo encontramos en 1923 cuando las mujeres lograron en el estado de Yucatán votar por primera vez. Como consecuencia de esta elección fueron electas las primeras diputadas locales, Elvia Carrillo Puerto, Beatriz Peniche Barrera y Raquel Dzib Cicero.

En 1952 más de 20 mil mujeres se congregaron en el parque 18 de marzo de la Ciudad de México, para demandar el cumplimiento de lo que había prometido el entonces candidato a la Presidencia de la República, Adolfo Ruiz Cortines: el reconocimiento del derecho de las mujeres al voto. Este derecho fue alcanzado el 17 de octubre de 1953. No obstante, la lucha de las mujeres por participar en las decisiones públicas y por adquirir la categoría de ciudadanas, no fue la última batalla librada, pues el mandato del derecho al voto no fue garantizado por igual en todo el país.

Después de que se reconociera el sufragio de las mujeres, resultaron electas a diversos cargos de elección popular: Aurora Jiménez de Palacio (1954, primera diputada federal por Baja California); María Lavalle Urbina (por Campeche), y Alicia Arellano Tapia (por Sonora), primeras senadoras electas en 1964. En 1979, por primera ocasión una mujer gana la elección de un poder ejecutivo local en Colima: Griselda Álvarez. Para 1982 Rosario Ibarra de Piedra, fue la primera candidata a la presidencia de nuestro país por el entonces Partido Revolucionario de los Trabajadores.

Entre los aspectos más destacados para la participación política de las mujeres se encuentra el establecimiento de la primeras acciones afirmativas en la legislación electoral (1993) para que los partidos políticos a nivel federal, promovieran una mayor participación de las mujeres en la vida política del país, a través de su postulación a cargos de elección popular, y posteriormente, la misma legislación (1996) con una adición estableció que las candidaturas a diputaciones y senadurías no excederían de un 70% para un mismo género; fórmula que cambiaría en una proporción de 60% de candidaturas propietarias de un mismo género para 2008, y que con diversas determinaciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), fueron pavimentando el terreno hacia una igualdad de derechos entre los géneros.

A pesar de que, desde 2011 el Estado Mexicano reconoce como constitucionales todos los derechos consagrados en tratados y convenios internacionales de los que nuestro país forma parte, incluyendo las disposiciones relativas a la igualdad de género, es hasta la reforma constitucional en materia electoral de 2014, que se integra en nuestro máximo ordenamiento jurídico el principio de paridad entre los géneros, dando pauta a que en la legislación electoral se determinara garantizar la paridad entre los géneros en la postulación a candidaturas a legislaturas federales, locales y municipales.

En 2019, luego de una lucha incansable de diversos sectores de la sociedad encabezados por mujeres, se aprobó la reforma a 9 artículos de nuestra Constitución conocida como “Paridad en Todo”, la cual establece que todos los poderes de la Unión, locales, federales y municipales, entes autónomos y demás organismos públicos deberán estar conformados de manera paritaria. Esta reforma paradigmática implica que ya no sólo debe garantizarse la paridad en las postulaciones sino en la integración de todos los entes públicos.

Finalmente, en abril de 2020, tiene verificativo una reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género que obligó al Instituto Nacional Electoral (INE), entre otras autoridades, a garantizar el principio de paridad en el ejercicio de los derechos políticos y electorales en contextos libres de violencia.

Con estas bases jurídicas el INE, y con el fin de garantizar mayores espacios para las mujeres a cargos de elección popular, emitió criterios para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas a gubernaturas para la pasada elección del 6 de junio, y aunque este criterio fue impugnado ante el TEPJF, dicho órgano jurisdiccional en los efectos de su sentencia determinó esencialmente la misma resolución dictada por el INE.

Los resultados, entre otros, arrojan que hoy, por primera vez en la historia de este país contamos con una Cámara de Diputadas y Diputados paritaria (250 mujeres y 250 hombres), así como de las 15 entidades que renovaron este año al ejecutivo local, 6 son gobernadas por mujeres; antes de esta elección sólo habían sido electas 7 mujeres gobernadoras y dos más de forma interina. El próximo año habrá, al menos, otras 3 gobernadoras electas garantizando el acceso de las mujeres a todos los espacios públicos.

El paso ha sido lento pero, sin ninguna duda, es un movimiento que no tiene retorno a 68 años que empezó a caminar.

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