* Chihuahua es la primera entidad que lleva a la corte las decisiones de López Obrador de castigar disputas políticas abusando de su poder, aunque esto dañe a la población, como abandonar su tarea en Seguridad Pública.
Cdmx. 12 de noviembre de 2020 /Efraín Kleriga/MXPress. -La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió para ser resuelta en el Pleno, una Controversia Constitucional en la cual el gobierno de Chihua impugna 1 la decisión errónea del Gobierno Federal de abandonar la atención a la seguridad publica en Chihuahua.
El gobernador Javier Corral Jurado, dijo que solicitan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que suspenda ese abandono y mandate al Gobierno Federal cumplir con su obligación constitucional de brindar seguridad a los chihuahuenses y coordinarse con el Estado para ese fin.
El 24 de septiembre el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que, por conspirar en su contra, se habían levantado de la Mesa de Seguridad Pública en Chihuahua.
«Tenemos que definir posturas. ¿Cómo vamos a estar tratando asuntos de interés nacional cuando tenemos a la oposición al interior, cuando se está conspirando en estas reuniones?», aseguró en su homilía de ese jueves 24.
Corral dijo hoy, que la Controversia fue admitida con carácter urgente la Controversia Constitucional 180/2020 incoada por el Gobierno de Chihuahua y agregó que “en la descoordinación se violentan principios fundamentales del Federalismo, por lo que se procedió a presentar el recurso legal.”
En un comunicado, el Consejero Jurídico de Gobierno del Estado, Jorge Espinoza Cortés, explicó que la Controversia se apoya en, “sustentar la inconstitucionalidad de la decisión errónea del Gobierno Federal de alejarse y abandonar la mesa de seguridad del Estado de Chihuahua.
“Buscar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación suspenda ese abandono y obligue al Gobierno Federal a cumplir con su obligación de coordinarse con el Estado en materia de seguridad” agregó.
Artículo 21 de la ConstituciónLa seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.
Y tercero, que el Gobierno Federal cumpla con su obligación constitucional de brindar seguridad a los chihuahuenses.
Argumenta que en el Artículo 21 establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, de los Estados y de los Municipios, los cuales deben coordinarse, en los términos señalados por la ley, para fijar un sistema nacional de seguridad pública.