Perspectiva de género en el Sistema de Justicia Penal

Columna de Estefanía Medina Ruvalcaba y Adriana Greaves Muñoz

Milenio

Tras 25 años desde que México cobró notoriedad internacional por su desmedida violencia contra las mujeres en la fronteriza Ciudad Juárez, el panorama no ha mejorado. Entre 2014 y 2018, por ejemplo, la atención en refugios y centros de justicia para mujeres víctimas de violencia creció más de 10 veces: de 46 mil 837 a 548 mil 375.[1] Cifras como esta revelan la incapacidad del Estado de frenar el fenómeno creciente de violencia contra las mujeres, generado por las dificultades técnicas y procesales que implican las investigaciones de delitos de género. Por su lado, los encargados de procurar e impartir justicia han manejado un doble discurso, entre el supuesto interés de generar medidas de atención efectivas y la deficiente impartición de justicia que repare el daño y que inhiba la comisión de delitos futuros.

Por ejemplo, tan solo en 2018 la Procuraduría General de Justicia de la CdMx reportó haber iniciado 647 carpetas de investigación por el delito de violación. En el mismo periodo, en su informe estadístico, el Tribunal Superior de Justicia señaló que solo 2.94 por ciento de esas investigaciones obtuvieron sentencias condenatorias. Aun tomando en consideración que el grueso de los delitos de género pueden ser resueltos por soluciones alternas y que la sentencia condenatoria no es necesariamente un buen indicador de eficiencia, esto revela lo lejos que estamos de una implementación real de una política pública de persecución de la violencia contra las mujeres.

Eso se debe, en parte, a factores relacionados con las circunstancias y el contexto particular de las víctimas de ese tipo de delitos y que deben considerarse parte de la política de Estado, pues los operadores en ocasiones se enfrentan a la resistencia de la propia víctima para que se investigue y sancione el delito por ser el perpetrador un familiar o persona cercana. A esto debe sumarse que las víctimas por lo general están sumergidas en un círculo de violencia que probablemente han normalizado y del cual resulta muy difícil salir debido a la falta de redes de apoyo.

Derivado de lo anterior, se tiene, en primer lugar, una alta cifra negra. De los pocos casos que se denuncian, muchos no son investigados (aún siendo de oficio) o son determinados ilegalmente por no existir interés de las víctimas, ya que el Ministerio Público cesa los esfuerzos de persecución en caso de considerar que la víctima le otorgó el perdón al agresor. Ante este escenario desgarrador, es imprescindible que las instituciones brinden herramientas para que las mujeres rompan el círculo de violencia, con el objetivo de frenar la ola violenta y no agravar la situación actual con la implementación de medidas sin un previo análisis, como disminuir o desaparecer recursos federales destinados a los refugios para mujeres violentadas.

Tomando en consideración el contexto de violencia sistemática que enfrentan las mujeres en nuestro país, y ante el deber de privilegiar la vida y la integridad de la víctima por sobre cualquier otro derecho, en estos casos el Estado debe investigar y sancionar efectivamente a los que continúan cometiendo estos delitos, para mandar un mensaje firme de cero tolerancia ante actos de agresión contra las mujeres. El no castigar a los culpables genera amplias posibilidades de que el acto de violencia se repita en eventos mucho más graves, llegando incluso al feminicidio.

Como parte de todas las problemáticas abordadas, Impunidad Cero y Tojil generaron la Guía contra la Violencia de Género en Ministerios Públicos, en la cual se identifican malas prácticas en indagatorias de delitos de género. Este material enlista los principales problemas que enfrentan las mujeres, ya sea como víctimas o acusadas de un delito, durante el curso de un procedimiento penal por ausencia de perspectiva de género.

La existencia de un fuerte marco jurídico y una buena implementación de justicia integral a través del acompañamiento que se brinda, por ejemplo, en los Centros de Justicia de la Mujer, no es garantía de que la violencia de género cesará. Estas políticas deben ser fortalecidas y articuladas con el sistema de justicia penal, para generar un mecanismo efectivo para investigar, sancionar y erradicar un fenómeno que continúa poniendo en riesgo a la mitad de la población del país.

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[1] Ávila, O. (2019). Se dispara atención de mujeres agredidas por violencia y feminicidios. [en línea] Excélsior. Disponible en: https://www.excelsior.com.mx/nacional/se-dispara-atencion-de-mujeres-agredidas-por-violencia-y-feminicidios/1300419

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* Estefania Medina, licenciada en derecho por la UIA y autora del libro La delincuencia organizada en el sistema penal y cofundadora de Tojil

*Adriana Greaves, abogada por el ITAM, en 2015, colaboró en la implementación del sistema procesal penal acusatorio y oral dentro de la PGR

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