• Los cambios son a la Ley General de Salud
• La atención incluye el acceso efectivo y oportuno a los medicamentos
04/11/2022/ Cd de México.- Con la unanimidad de 482 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de cuidados paliativos y tratamiento del dolor.
El texto, enviado al Senado para sus efectos constitucionales, expone que son materia de salubridad general los cuidados paliativos, de soporte y el tratamiento integral del dolor.
Precisa que las actividades de atención médica en materia de curación son las medidas sustentadas en la evidencia científica y principios éticos encaminadas a ofrecer posibilidades de curación de una enfermedad, incluye el diagnóstico temprano y el tratamiento oportuno y cuando así se requiera el tratamiento y manejo integral del dolor y cuidados de soporte, para garantizar la calidad de vida del paciente.
En materia de rehabilitación, incluyen el tratamiento y manejo integral del dolor y los cuidados de soporte.
Además, contempla cuidado activo e integral de aquellas enfermedades crónicas avanzadas que no responden a tratamiento curativo con pronóstico de vida limitado, son aplicables durante el transcurso de la enfermedad de acuerdo con las necesidades del paciente, así como otros síntomas físicos y emocionales que provocan sufrimiento severo.
La atención paliativa y de soporte, añade, incluye el acceso efectivo y oportuno a los medicamentos, demás insumos y medios necesarios para garantizar su atención.
Amplía el concepto de enfermedad en situación terminal, al señalar que será todo padecimiento grave, avanzado, progresivo, irreversible e incurable, sin respuesta al tratamiento curativo, que tiene como consecuencia sufrimiento y dolor; que genera un pronóstico de vida limitado, de acuerdo con el dictamen médico.
Los cuidados paliativos serán aplicables en todos los niveles de atención y durante el transcurso de la enfermedad, de acuerdo con las necesidades del paciente; tendrán como fin la prevención y el control del dolor, los efectos secundarios del tratamiento recibido y otros síntomas, con el propósito de mejorar la calidad de vida del paciente.
Menciona que los cuidados de soporte incluyen apoyo físico, psicológico, social y espiritual tanto a los pacientes como a sus familias con el fin de garantizar la calidad de vida de las personas.
Indica que los pacientes enfermos en situación terminal tendrán derecho a recibir atención médica integral y los medicamentos prescritos de forma oportuna, de acuerdo con los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica, así como recibir trato con respeto a sus derechos humanos y autonomía.
Las instituciones del Sistema Nacional de Salud procurarán la disponibilidad y acceso oportuno a medicamentos e insumos para el tratamiento integral del dolor, los cuidados paliativos y de soporte, incluyendo los analgésicos del grupo de los opioides, o aquellos otros que contengan estupefacientes y psicotrópicos, de conformidad con las disposiciones legales y el ejercicio de la práctica médica, así como los mecanismos para su uso seguro y adecuado.
En el caso de los medicamentos controlados para el tratamiento integral del dolor, la Secretaría de Salud establecerá las disposiciones y mecanismos para procurar su disponibilidad y abasto para el acceso oportuno, además de la normatividad para su correcta dispensación y utilización adecuada, a efecto de prevenir el abuso en su consumo o uso inadecuado.
La atención paliativa se focaliza en las personas enfermas
Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Salud, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), expresó que la reforma contribuye a que la persona enferma, como ser humano, sea más valorada en toda su dignidad, más allá de cualquier otra condición que pueda estar afectando su vida; “así la atención paliativa se focaliza en las personas enfermas y se adapta a sus necesidades”.
Mencionó que el año pasado en México se pudo haber ayudado a cien mil 729 ciudadanas y ciudadanos que murieron por diabetes mellitus y sus complicaciones, 99 mil 124 que padecieron cáncer y sufrieron sus tratamientos, más de 34 mil 600 pacientes que murieron por accidentes, algunos con gran dolor, sufrimiento y muerte crónica, así como los miles de pacientes con VIH-Sida en etapa terminal.
Lo que se está aprobando, expuso, es que el Estado mexicano otorgue el alivio del dolor, estupefacientes incluidos y brindar sin restricción temporal del tiempo los cuidados paliativos que brinden la mejor calidad de vida de las personas.
Con las reformas, añadió, se garantiza el tratamiento integral del dolor como parte de salubridad general, y precisa que será un componente importante en la atención médica integral que considera las acciones de carácter preventivo, curativo, paliativo y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias, “con lo que se supera el actual tratamiento restrictivo de la ley vigente, respecto de que el tratamiento del dolor sólo está considerado como parte de los cuidados paliativos para pacientes cuyo pronóstico de vida es menor de seis meses”.
Además, dijo, establece que el tratamiento del dolor debe ser un derecho universal, por lo que debe estar al alcance de todas las personas, a todas las edades y para todas las enfermedades que así lo requieran, en particular para las personas que enfrentan enfermedades con cuadros de dolor crónico que reciban cualquier tipo de atención médica, e incluye el concepto de cuidados de soporte.
Los cuidados paliativos mejoran la vida de los pacientes
Como promovente, el diputado Emmanuel Reyes Carmona (Morena) señaló que de acuerdo con la Organización Mundial de Salud (OMS), los cuidados paliativos mejoran la calidad de vida de los pacientes y sus familiares cuando enfrentan una enfermedad mortal, pues previenen y alivian el sufrimiento a través de la identificación temprana.
Mencionó que los cuidados paliativos y el tratamiento del dolor se deben proporcionar por los servicios de salud, pero es necesario transformar el enfoque que actualmente se tiene, por lo que no sólo se debe aplicar a enfermos terminales sino en función de las necesidades del paciente más que en sus enfermedades o en la edad de la persona.