*La LXV Legislatura tiene pendiente de aprobar varios dictámenes, avalados en comisiones, en materia de igualdad sustantiva y erradicación de la violencia contra las mujeres. Uno de ellos logró frenar el borrado de las mujeres. Otro se refiere a la violencia vicaria, ejecutada en 86% por hombres.
El borrado de las mujeres
En mayo de 2022 la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó por unanimidad el dictamen a la minuta por el que se reforman los artículos 30 y 34 de la Constitución Política, respecto del lenguaje incluyente, que frenó el “borrado” de las mujeres en la Carta Magna.
Así, la reforma al artículo 30 constitucional establece que son mexicanos por naturalización: “La mujer, el hombre o las personas extranjeras que contraigan matrimonio con mujer, hombre o personas mexicanas, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley”.
Es decir, fue incluida la palabra “personas” y se mantiene el término “mujer”. Parecería algo no relevante, pero las mujeres (históricamente discriminadas) han realizado una larga batalla para ser visibles, ellas y sus derechos, en la Carta Magna y las leyes. Muchas veces, lo que no está específicamente explícito en la normatividad jurídica, desgraciadamente hace que no se les tome en cuenta. Han librado una lucha para ser incorporadas a la legislación del país.
El dictamen espera ser aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados. Logró el regreso de las mujeres a la Constitución.
Crónica del borrado de las mujeres
En marzo de 2021 con el argumento de eliminar el lenguaje sexista de la Carta Magna, el Senado de la República aprobó una reforma constitucional que sustituía el lenguaje sexista por uno incluyente, a fin de fomentar la igualdad de género, eliminando las frases que discriminan, proyecto aprobado con 87 votos a favor, dos en contra y una abstención.
Estas modificaciones realizadas por la Cámara de Senadores eliminaron las palabras “varón” y “mujer” en los artículos 30 y 34 de la Constitución, y las sustituyeron por el concepto “personas”.
La minuta aprobada por el Senado fue remitida a la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.
Estas reformas disponían que son mexicanos por naturalización las personas extranjeras que contraigan matrimonio con personas mexicanas, que tengan o establezcan su domicilio en el territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley. Y que son ciudadanas y ciudadanos de la República las personas que, teniendo la calidad de mexicanas, reúnan, además, los requisitos correspondientes.
La decisión del Senado encendió el debate. Organizaciones feministas expresaron su desacuerdo. Explicaron que era una decisión equivocada ese cambio de términos propuesto en el dictamen aprobado por el Senado, porque es discriminatorio para las mujeres. Parecía que se buscaba desaparecer la palabra mujer del texto constitucional.
A fines de 2021, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre), la Cámara de Diputados iba a votar en el Pleno la minuta enviada por el Senado.
Sin embargo, creció el reproche social y se logró frenar la aprobación de tal reforma constitucional que eliminaría la palabra “mujer” del texto constitucional, y volvía a invisibilizarlas, como ocurría en el siglo pasado.
Las y los diputados acordaron replantear la minuta. Decidieron subsanar imprecisiones. Reconocieron que la minuta enviada por el Senado simbolizaba un retroceso y vulneraba derechos de las mujeres, que conforman casi 52% de la población.
Costó décadas de lucha visibilizar a las mujeres en la Constitución y que sus derechos fueran respetados. Asimismo, que las leyes las tengan como destinatarias. Ejemplo: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (vigente desde 2007).
Los derechos de las mujeres han tenido que ser enunciados para que sean visibles y respetados, porque lo que no se ve y lo que no se dice no existe. Entonces, se tiene que exigir que ellas sigan siendo nombradas en cualquier tipo de reforma.
Pendientes
*Órdenes y medidas de protección. Que sean inmediatas. La ley las contempla, pero no se aplican. Daña a las mujeres. Ellas denuncian la violencia que padecen, pero no se aplican los protocolos y los agresores hasta las asesinan. Por ello, aumentan los feminicidios.
*El derecho a decidir. La interrupción legal del embarazo. Ya se aprobó en algunos estados, pero no a nivel federal. Sin embargo, en la Cámara de Diputados no hay consenso, por eso no ha sido aprobada. Afecta a las mujeres pobres, que acuden a lugares clandestinos y exponen su vida.
Violencia vicaria
*Violencia vicaria. Se espera la aprobación de la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal, a fin de catalogar la violencia vicaria. 86% de ésta es ejecutada por hombres.
La violencia vicaria es una de las penúltimas agresiones de género (antes del feminicidio). Lo que busca el agresor es dañarlas a través de lo que más aman las mujeres: sus hijas e hijos.
Establece que incurre en este delito quien sustraiga, retenga, oculte, maltrate, amenace, ponga en peligro la integridad o salud, violente física, económica, psicológica o sexualmente a las hijas e hijos.
Asimismo, a quien interponga procedimientos judiciales falsos o conductas procesales dilatorias para impedir la convivencia o guarda y custodia con el propósito de dominar, someter, manipular, controlar o agredir (de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexual) a las mujeres.
Publicado en Marzo del S2023 en revista CAMARA de la Cámara de Diputados