*Escrito por Edith González Cruz
12.12.20223 /Cimac Noticias.com Ciudad de México.- En la entidad del país con mayor número de feminicidios y que este es su segundo año consecutivo en primer lugar en la comisión del delito de feminicidio, acaba de entrar en vigor la “Ley Ingrid”, que protege la privacidad y dignidad de las víctimas de feminicidio al sancionar la filtración y difusión de imágenes, videos u otra información relacionada con víctimas.
Con la llegada de Delfina Gómez Álvarez, se concretó esta propuesta. La maestra Delfina, como le llaman por ser educadora de profesión, asumió el cargo el 16 de septiembre de 2023 y un mes después, el 24 de octubre, la iniciativa de reforma de ley se presentó en el Congreso local con una aprobación unánime.
Finalmente, fue publicada el pasado 3 de diciembre en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, la ley plantea una reforma al Artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México y establece penas más severas que en la Ciudad de México, de cuatro a ocho años de cárcel y multas considerables para aquellos que difundan material audiovisual o fotográfico de víctimas. Además, contempla aumentar las penas hasta en un 50 por ciento, de hasta 12 años, cuando el material difundido involucre a víctimas mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad.
En el caso de la Ciudad de México, la ley fue aprobada por el Congreso en febrero 2021 y sanciona con 2 a 6 años de cárcel, y hasta del doble, a quienes difundan imágenes de víctimas de agresiones.
Los servidores públicos mexiquenses que tengan acceso a información sensible y participen en la comisión del delito también enfrentarán penas de cárcel en caso de difundir esta información de forma indebida. Las multas van de las 300 a 800 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (Umas), en relación con el momento en el que se cometió el delito.
Durante el periodo de enero-septiembre del 2023, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), reportó que en México se han registrado un total de 644 carpetas de investigación iniciadas por el delito de feminicidio, el estado de México ocupa el primer lugar a nivel nacional con el 11.1 por ciento, es decir, 72 casos reconocidos, que llegaron a ser investigados, esto debido a que organizaciones sociales y de derechos humanos reportan muchos más que se tipificaron de otra forma o que nunca se denunciaron, como ha ocurrido con los feminicidios de mujeres migrantes.
Las cifras del 2022 son mayores, con 955 casos, de los cuales el 14.5 por ciento correspondió al estado de México, siendo también el primer lugar, con 138 casos.
De acuerdo al SESNSP, de los 100 municipios con delitos de feminicidio del 2023 en todo el país, seis son del Estado de México: Toluca, aparece en el número 4 a nivel nacional y primer lugar a nivel estatal; en el número 15 Chimalhuacán; en el número 21 y 22 Chalco y Ecatepec, respectivamente y en los números 38 y 39 Atizapán de Zaragoza y Cuautitlán Izcalli.
A estos municipios se suman otros que aparecen en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, publicada en el 2015 y una segunda en 2019, con 11 de los 125 municipios en alerta: Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec, Ixtapaluca, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Tultitlán y Valle de Chalco.
Momento para construir una agenda para las mujeres
En el marco de esta nueva ley, familiares y sociedad civil organizada pidieron a la gobernadora mexiquense, antes presidencia municipal de Texcoco (2013 a 2015), convocarlos para sostener reuniones y generar – en común- una agenda en materia de violencia contra las mujeres.
Alrededor de 22 organizaciones, en las que destaca Amnistía Internacional México, el Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero, Colectiva Latinas Guerreras En Movimiento, Observatorio Ciudadano, Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, el colectivo Mariposas Buscando Justicia Nacional, piden a la gobernadora Delfina Gómez.
1. Reconocer y condenar públicamente las desapariciones y feminicidios de mujeres en el estado de México.
2. Enviar una iniciativa de ley para investigar y sancionar penal y administrativamente la negligencia, omisión, complicidad o tolerancia de agentes del Estado en la atención e investigación de los feminicidios y desapariciones.
3. Garantizar que la Fiscalía General de Justicia lleve a cabo investigaciones prontas, exhaustivas, efectivas e imparciales, coordinadas y con los recursos suficientes en todos los casos de desapariciones y feminicidios de mujeres en el estado, para garantizar el acceso a la justicia.
4. Fortalecer la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y la Comisión de Búsqueda de Personas.
5. Garantizar la actualización del Banco de Datos de violencias graves cometidas contra las mujeres e implementar el seguimiento al cumplimiento de las medidas de las AVGM. También piden un diagnóstico del estado actual de ambas alertas en el primer semestre de la actual administración.
6. Fortalecer los mecanismos existentes para la búsqueda inmediata de mujeres, adolescentes y niñas, en específico las células de búsqueda, así como implementar una estrategia estatal de prevención contra la violencia feminicida y realizar un diagnóstico sobre los vacíos y fallas legales en la protección del derecho a una reparación integral del daño para las víctimas de violencia de género, incluso convocar y conformar un grupo de trabajo que se reúna mensualmente.
7. Incluir en la elaboración de las políticas públicas, las voces de las familiares de víctimas de violencia así como de organizaciones de la sociedad civil y academia, conformar equipos y áreas con perfiles idóneos en perspectiva de género y derechos humanos en todas las unidades y áreas de atención a la violencia feminicida, así como conservar los perfiles que ya cuentan con experiencia.
8. Garantizar partidas presupuestales progresivas para los Centros de Justicia para las Mujeres (CEJUM) y los Refugios especializados para mujeres víctimas de violencias y, en su caso, de sus hijas e hijos, en el presupuesto de la entidad, en miras a promover su autonomía, ejercicio de la ciudadanía y reinserción social.
9. Reforzar y fortalecer el presupuesto estatal de la Fiscalía Especializada en Delitos de Género para incrementar el personal dedicado a la investigación de casos con perspectiva de género, entre otras.
¿Por qué se llama Ley Ingrid?
Esta Ley lleva el nombre de Ingrid Escamilla, joven de 25 años víctima de feminicidio por parte de su pareja en la Ciudad de México ocurrido en febrero de 2020. Las imágenes gráficas de su cuerpo fueron difundidas, lo que generó indignación en la sociedad. En el caso de asesinatos en general, se trata de la ‘Ley Ocaña’, en nombre del actor Octavio Ocaña, asesinado en el 2021 por policías municipales de Cuautitlán Izcalli y cuyas imágenes fueron difundidas cuando su cuerpo estaba en la morgue.
La ‘Ley Ingrid’ establece que, quien indebidamente difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, indicios, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo.
Entre los hechos que merecen una agravante destaca la difusión de materiales audiovisuales de cadáveres o parte de ellos, así como de las circunstancias de la muerte, lesiones y estado de salud de las víctimas. En tales casos, las penas incrementarán hasta en una tercera parte. Si las imágenes son de cuerpos de mujeres, niñas o adolescentes o reflejan su estado de salud, lesiones o circunstancia de muerte, las penas aumentarán hasta en una mitad.