**Para la renovación de la o el presidente, secretario general y siete miembros del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional
**El plazo de 4 días naturales concluyó el 2 de septiembre
Xalapa, Ver. a 07 de septiembre de 2019.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió los Juicios ciudadanos 812 y 813 de este año, interpuestos por quienes se ostentan como militantes del Partido Acción Nacional, a través de los cuales impugnan la resolución dictada en el expediente CJ/JIN/157/2019, emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, misma que confirmó la “convocatoria emitida para la renovación de la o el presidente, secretario general y siete miembros del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Veracruz, para el periodo del Segundo Semestre de 2019 al segundo semestre de 2021”, determinación emitida el 25 de agosto, notificada por estrados físicos y electrónicos el 28 siguiente.
El TEV desechó de plano los medios de impugnación, al actualizarse la causal de improcedencia prevista en la fracción IV del artículo 378 del Código Electoral para el Estado de Veracruz.
Lo anterior es así, toda vez que, al no haber señalado domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad sede de la referida Comisión de Justicia, operó para los hoy actores, la notificación por estrados ante la instancia intrapartidista, por lo que, el plazo de 4 días naturales para presentar la impugnación contra tal resolución, establecida en el artículo 358 del código comicial local, feneció el dos de septiembre, de ahí que al haberlos interpuesto hasta el seis siguiente, es claro que se encuentran presentados fuera de tiempo.