La reforma política-administrativa al Poder Judicial y sus afectaciones a la paridad.

* Escrito por Adriana Aguilar, Investigadora Del Programa De Transparencia En La Justicia De México Evalúa.

17.07.2024/Cimac Noticias.com/ Ciudad de México.- La iniciativa de reforma al Poder Judicial presentada por el Ejecutivo en febrero de 2024 plantea una reestructura de carácter político-administrativa que no está centrada en resolver las demandas de justicia de la población.

Lejos de ello, los cambios planteados tendrán implicaciones negativas en el ejercicio del derecho a una justicia imparcial, eficiente, así como en el sano funcionamiento del sistema de frenos y contrapesos.

Además, la reforma podría representar un retroceso en materia de paridad pues, aunque en ella se plantea que los órganos del Estado deberán elegir de manera paritaria a sus personas candidatas a los cargos de ministras, magistradas y juezas, eso no garantiza que al momento del voto popular se cumpla con dicho principio.

Antes de comenzar con el tema de la paridad es pertinente aclarar que la iniciativa tiene un carácter político en la medida que busca ejercer un control sobre los órganos que fungen como contrapeso de los actos de gobierno cuando estos no cumplen con lo establecido en el marco constitucional.

Lo que en realidad se busca con la reforma es eliminar el contrapeso que ha representado el Poder Judicial de la Federación (PJF) en temas trascendentales para el gobierno federal como la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica, el control militar de la Guardia Nacional, las reformas electorales, la captura de presuntos integrantes de grupos de la delincuencia organizada, o la eliminación de 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación.

Por otro lado, la reforma no plantea soluciones al principal diagnóstico que la impulsa: la falta de accesibilidad a la justicia de la población. La iniciativa, en cambio, se centra en aspectos organizacionales y estructurales del Poder Judicial tales como la forma de designación de los altos cargos jurisdiccionales; la composición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; la desaparición del Consejo de la Judicatura Federal (órgano de administración, vigilancia y disciplina del PJF); la separación de la presidencia de la Corte y del órgano administrativo; la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial con amplias y vagas facultades sancionatorias.

Es por lo anterior y porque deja de lado otras instancias importantes como las fiscalías, las defensorías públicas, las policías, el sistema penitenciario, que la iniciativa del Ejecutivo es más una reforma político-administrativa que en una reforma de justicia.

El peligro de la reforma en el avance hacia la paridad de género

Durante los últimos años la configuración institucional en cargos de alta jerarquía al interior de los poderes judiciales ha ido avanzando hacia una mayor paridad.

De 2017 a 2022 la cantidad de mujeres en el cargo de magistradas a nivel local ha aumentado nueve puntos porcentuales y el de juezas dos, de acuerdo con cálculos derivados de datos de los Censos Nacionales de Impartición de Justicia Estatal, del Inegi. Por su parte, en el ámbito federal, la cantidad de magistradas durante el mismo periodo ha aumentado cuatro puntos porcentuales y el de juezas 12, de acuerdo con los registros de los Censos Nacionales de Impartición de Justicia Federal, del Inegi.

Aunque el escenario se plantea esperanzador, la brecha de género al interior de los poderes judiciales persiste: a nivel local las magistradas representan el 38% del total de personas que se encuentran en dicho cargo y las juezas el 44%. En el ámbito federal la brecha se amplía: en el cargo de personas magistradas sólo 23% son mujeres y en el de juezas 34% lo son.

Aún frente a los retos, ¿qué es lo que ha permitido el avance paulatino hacia la paridad? Una de las acciones principales ha sido el desarrollo de concursos de oposición exclusivos para mujeres, los cuales constituyen acciones afirmativas que buscan contrarrestar las condiciones de desigualdad a las que históricamente se han enfrentado las mujeres al intentar acceder a cargos públicos de alta jerarquía.

Los concursos de oposición son mecanismos de designación de carácter objetivo, lo que reduce el riesgo de que las designaciones se tomen con base en decisiones sesgadas por estereotipos de género.

En la iniciativa del Ejecutivo, aunque se prevé que las candidaturas por parte de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) deben conformarse de manera paritaria, el procedimiento final, que es el voto, no garantiza que las instituciones terminen integrándose con base en ese principio.

En Bolivia, por ejemplo, aunque existe esta misma obligación de la paridad en las candidaturas, en 2017, el Tribunal Supremo de Justicia terminó con una integración mayoritariamente masculina: de nueve autoridades electas, sólo una fue mujer.

Quizá se puede decir que las y los mexicanos no somos iguales, que somos una sociedad más igualitaria, que tenemos una presidenta de la Corte, un Congreso paritario, cada vez más gobernadoras y próximamente una presidenta de la República. Sin embargo, eso no elimina el riesgo de no contar con instituciones de justicia integradas de manera paritaria.

Hay que recordar que la ocupación de espacios de poder público por parte de las mujeres ha derivado de cambios normativos, impulsados por mujeres, que han obligado a las instancias políticas a cumplir con el principio de paridad. Asimismo, no hay que dejar de considerar la violencia a la que están expuestas las mujeres en el país. Por ejemplo, según datos del Índice de Paz México 2024, el feminicidio aumentó 127% de 2015 a 2022, lo que da cuenta de una sociedad todavía muy machista.

Así, en el proceso de selección de personas ministras, magistradas y juezas, entrarán en juego muy distintos factores: la legitimidad del órgano que postule a las personas candidatas, la posibilidad de que la ciudadanía pueda y tenga interés en conocer los perfiles de éstas, las componendas políticas que se den al interior de los órganos del Estado —espacios políticos muy masculinizados en donde, por cierto, la participación de las mujeres es incipiente—.

Pero quizá el factor más importante que definirá la mayor o menor paridad en la integración de los órganos de impartición de justicia será la capacidad que tengamos como ciudadanía para vencer los estigmas y estereotipos que recaerán sobre las mujeres candidatas.

En conclusión, la iniciativa de reforma propuesta por el Ejecutivo, además de alejarnos de la posibilidad de contar con personas juzgadoras idóneas, capaces de garantizar nuestro derecho de acceso a la justicia, implicará también un importante riesgo de retroceso en la conformación de instancias judiciales menos jerárquicas y más igualitarias.

Hay que decirlo, la democratización del Poder Judicial que se busca alcanzar a través del mecanismo de elección del voto popular de personas ministras, magistradas y juezas no se va a lograr si no se garantiza que quienes conformamos poco más de la mitad de la población tengamos una representación garantizada en estos espacios.

@adi_aguiarias