¿Quién cierra la administración en Veracruz?

*Astrolabio Político .

/ Por: Luis Ramírez Baqueiro /

“El futuro no es un regalo, es una conquista.” – Robert Kennedy.

Ante las versiones que confirman que Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador de Veracruz se irá anticipadamente a participar del Gobierno Federal, surge un gran cuestionamiento ¿Quién será el responsable de bajar la cortina? Y cerrar la administración estatal.

El 1 de octubre de 2024, la presidenta electa de México, la doctora Claudia Sheinbaum será juramentada como nueva mandataria constitucional, ese día es la fecha límite para designar a los responsables de las diversas áreas de gobierno.

Así confirmó la versión aquí mismo difundida de Cuitláhuac García Jiménez de que será el próximo titular de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

De confirmarse la teoría, Cuitláhuac García deberá solicitar licencia para ausentarse de su encargo constitucional. Así será necesario solicitar licencia para ungir al responsable de la política y manejo de Veracruz.

La constitución política del Estado de Veracruz en su artículo 47, señala en su párrafo Tercero:

“Cuando la falta de Gobernadora o Gobernador ocurriese en los cuatro últimos años del período respectivo, si el Congreso se encontrase en sesiones, elegirá inmediatamente a la Gobernadora sustituta o Gobernador sustituto que deberá concluir el período; si el Congreso no estuviere reunido, la Diputación Permanente nombrará una Gobernadora o Gobernador provisional con la misma prontitud y convocará en términos similares al Congreso a sesiones extraordinarias, para que, erigido en Colegio Electoral, haga la elección de Gobernadora sustituta o Gobernador sustituto.”

Los párrafos cuarto y quinto señalan: “La Gobernadora o Gobernador provisional podrá ser elegible por el Congreso como sustituta o sustituto, respectivamente.

La persona que hubiere sido designada Gobernadora o Gobernador provisional para convocar a elecciones, en el caso de falta de absoluta a que se refiere este artículo, en los dos primeros años del período respectivo, no podrá ser elegible en las elecciones que se celebren con motivo de la falta de Gobernadora o Gobernador, para cubrir a la cual fue designado.”

Y aquí viene lo interesante: “La Gobernadora sustituta o Gobernador sustituto, la interina o interino, la o el provisional o la persona, que bajo cualquier denominación hubiere sido designada Gobernadora o Gobernador, para concluir el período en caso de falta absoluta del Constitucional o que supla las faltas temporales de éste, no podrá ser elegible para el período inmediato siempre que desempeñe el cargo los dos últimos años del período.”

De ser así, ¿Quién será la o el responsable de concluir el mandato?

Queda claro que será el titular de la Secretaría de Gobierno, Carlos Alberto Juárez Gil quien asuma la responsabilidad de atender la ausencia inmediata. ¿Pero quién será la o el elegido del Congreso para concluirlo?

¡Haga sus apuestas!

Por lo pronto, esta historia continuará…

Al tiempo.

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