*Escrito por Luz Cecilia Andrade .
26.09.2024 /Noticias.com/ Ciudad de México.- El día de ayer el Senado aprobó por unanimidad con 127 votos el dictamen que reforma el Artículo 2° de la Constitución en materia de pueblos y comunidades indígenas y afroamericanos que confirma a la nación mexicana con una composición multiétnica con pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio y eso reconoce a 11.9 millones mujeres indígenas y un millón de mujeres afrodescendientes.
Con esta reforma se estarían reconociendo constitucionalmente a 23.3 millones de personas que se autoidentifican como indígenas, lo que equivale a 19.4 % de la población total de ese rango de edad.
Las entidades federativas con mayor porcentaje de población hablante de lengua indígena fueron: Oaxaca (31.2 %), Chiapas (28.2 %), Yucatán (23.7 %) y Guerrero (15.5 %). Estas cuatro entidades
acumularon 50.5 % del total de hablantes de lengua indígena en el país.
En la actualidad, se hablan 68 lenguas indígenas en México. Las más frecuentes son náhuatl (22.4 %), maya (10.5 %) y tseltal (8.0 %). De cada 100 personas de tres años y más que hablan alguna lengua
indígena, 12 no hablan español.
Esta reforma fue una promesa del presidente Andrés Manuel López Obrador, asumida desde inicios de su sexenio y por la que se busca saldar la deuda histórica con los 68 pueblos originarios y afromexicanos de este país. Ahora, después de seis años, esta reforma ve la luz.
Hecho que beneficia a las mujeres, pues las hace parte de los procesos de toma de decisiones en sus comunidades.
¿Qué postula la reforma al Artículo 2° Constitucional?
La reforma al artículo 2° Constitucional se deriva de un paquete de reformas presentado el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal -conocido como “el Plan C”- e incluye diversas propuestas de diputadas y diputados.
Entre los principales postulados de esta reforma se encuentran que:
- Reconocimiento de la Nación: México se define como una nación multiétnica, originada en sus pueblos indígenas.
- Definición de pueblos afromexicanos: Se integran por descendientes de personas originarias de poblaciones del continente africano, trasladados por la fuerza, asentados en el territorio nacional desde la época colonial, con formas propias de organización social, económica, política y cultural, que afirman su existencia como colectividades culturalmente diferenciadas.
- Definición de pueblos indígenas: Se consideran pueblos indígenas aquellas colectividades que mantienen continuidad con las sociedades precoloniales, preservando y desarrollando sus instituciones sociales, económicas, culturales y políticas.
- Autonomía y derecho público: Son reconocidos como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
- Gobierno Interno: Pueden decidir sobre sus formas internas de gobierno y organización social, económica y cultural conforme a sus sistemas normativos.
- Sistemas Normativos: Aplican y desarrollan sus propios sistemas normativos para resolver conflictos, siempre bajo los principios de la Constitución y respetando los derechos humanos, incluyendo la dignidad e integridad de las mujeres.
- Jurisdicción Indígena: Ejercen jurisdicción mediante autoridades comunitarias, respetando el orden jurídico vigente.
- Patrimonio Cultural: Tienen derecho a preservar y desarrollar su patrimonio cultural y a reconocer su propiedad intelectual.
- Lenguas Indígenas: Tienen derecho a promover el uso y estudio de sus lenguas como parte de la diversidad cultural nacional.
- Educación: Tienen derecho a participar en la creación de modelos educativos que reflejen su diversidad cultural y métodos de enseñanza.
- Medicina Tradicional: Tienen derecho a promover la medicina tradicional y la partería. Se reconoce a las personas que las ejercen, incluidos sus saberes y prácticas de salud.
- Conservación del Territorio: Tienen derecho a preservar sus lugares sagrados.
- Representación Política: Las constituciones y leyes de las entidades federativas reconocerán y regularán su participación y representación política.
- Asistencia Legal: Tienen derecho a asistencia por intérpretes y abogados especializados en sus derechos y cultura.
- Consultas: Tienen derecho a ser consultados sobre leyes o medidas administrativas que les afecten, buscando su consentimiento y ofreciendo compensaciones justas.
- Defensa legal: Son los únicos legitimados para impugnar, por las vías jurisdiccionales establecidas, el incumplimiento del derecho reconocidos en la Constitución.
- Obligaciones de los gobiernos:
- Impulsar planes de justicia y de desarrollo que fortalezcan sus economías y fomenten la agroecología
- Determinar asignaciones presupuestales para los pueblos y comunidades indígenas, que serán administradas directamente por estos.
- Adoptar las medidas necesarias para reconocer y proteger el patrimonio cultural.
- Garantizar y fortalecer la educación indígena, intercultural y plurilingüe.
- Garantizar el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad con pertinencia cultural, en especial para la población infantil.
- Garantizar la participación efectiva de las mujeres indígenas.
- Garantizar las condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar sus medios de comunicación
- Garantizar los derechos laborales de las personas jornaleras agrícolas, trabajadoras del hogar y con discapacidad
La aprobación
Tras ser aprobado este dictamen por la Comisión de Puntos Constitucionales el pasado 9 de agosto y ser turnada a la Cámara de Diputados el 18 de septiembre —donde fue aprobada por unanimidad—, el último escalón fue la Cámara de Senadores, espacio en el que, con emotividad, mujeres y hombres de comunidades indígenas y afrodescendientes expresaron su emoción por esta reforma.
“Esta reforma recoge varios temas prioritarios para la vida y el goce de los pueblos y para avanzar hacia un nuevo tipo de relación entre estos y el Estado Mexicano. Establece que nuestra Nación tiene una composición pluricultural y multiétnica sustentada en sus pueblos indígenas y afromexicanos a quienes define como colectividades con una continuidad histórica de las sociedades precoloniales establecidas en el territorio nacional”.
Senadora Ernestina Godoy Ramos
Comentó la senadora Ernestina Godoy Ramos, quien entre aplausos abrió la discusión a esta reforma en el Pleno y agradeció la presencia de representantes de los pueblos y comunidades indígenas originarias y afrodescendientes en México, revirtiendo con esto la discriminación histórica que han vivido en general.
Por su parte, la senadora Reyna Celeste Ascencio Ortega, mujer indígena de Paracho, Michoacán y representante P’urhépecha en San Lázaro de la bancada de Morena con ojos anegados y voz cortada expresó en tribuna la relevancia de esta reforma para las mujeres y diversidades indígenas y agradeció a AMLO su reconocimiento.
Incluso el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), a través de su director general, Adelfo Regino Montes, calificó como una “decisión histórica y un gran consenso de todas las fuerzas políticas del país” la aprobación de la minuta de reforma al artículo 2 de la Constitución sobre derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos.
En materia de género, esta iniciativa es la garantía del derecho a la participación de las mujeres indígenas y afromexicanas en condiciones de igualdad en todos los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural y en los procesos de desarrollo comunitario.
Además, esta deberá garantizar su acceso a la justicia y a ser electas en cargos de representación en todos los niveles de gobierno, una deuda que por décadas no ha sido pagada para las mujeres.
Las mujeres indígenas y afrodescendientes en México
Se estima que nuestro país está compuesto por 23.2 millones de personas de tres años y más que se autoidentificaron como indígenas. De estas, 51.4 % (11.9 millones) fueron mujeres y 48.6 % (11.3 millones), hombres, detalla el Censo de Población y Vivienda 2020.
En el caso de la población afrodescendiente, en el territorio mexicano hay 2 millones 576 mil 213 personas, es decir, representan el 2 por ciento de toda la población. Las mujeres representan ligeramente la mayoría estadística, pues ocupan el 50.4 por ciento de este sector y su principal rango de edad oscila entre los 30 y los 59 años.
Pese a que no son porcentaje menor de la población, su historia está cargada de violencias sistemáticas, invisibilización y violación a sus derechos humanos que convierte su legado cultural en un producto de exotización cazable y extinguible. Además, dentro de estos sectores de la población, las mujeres son las más discriminadas y vulneradas.
En septiembre del año pasado, la Asamblea Nacional Política de Mujeres Indígenas (ANPMI) en su manifiesto político: Mujeres indígenas, una agenda política pendiente del 2018, señaló que el lema del presidente de México, “por el bien de todos, primero los pobres” no se ve reflejado en los hechos hacia los pueblos indígenas y afromexicanos, menos hacia las mujeres integrantes.
El 24 de enero de este año, integrantes de Alianza por la Libre Determinación y la Autonomía (ALDEA), colectivo conformado por más de 240 comunidades y pueblos originarios y afromexicanos presentes en 18 estados del país, entregaron en Palacio Nacional una carta en la que solicitan que se integrara dicha iniciativa en el paquete de reformas del ejecutivo.
Ahora, tras seis años de esta promesa hecha desde principios del sexenio de Andrés Manuel López Obrador, la reforma ve la luz al final del camino.
Cabe señalar que esta iniciativa rescata los acuerdos históricos establecidos en los Acuerdos de San Andrés Larraínzar, próximos a cumplir 28 años sin que se hagan efectivos. Ahora, en un contexto por los 30 años del levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, deben establecerse constitucionalmente.
No obstante, estos acuerdos por sí solos no bastarán para mejorar la situación de los pueblos originarios y afrodescendientes. Es importante implementar genuinamente estas medidas y llevarlas a cabo en otros rubros, como la educación o el acceso al empleo y vivienda en beneficio de sus las mujeres, hombres e infancias indígenas y afrodescendientes.
Por ejemplo, actualmente el sistema educativo en mexicano aún no logra incorporar de manera pertinente a las poblaciones indígenas y afromexicanas, por lo que el rezago educativo sigue siendo alto.
De acuerdo con el último censo del Consejo Nacional de Población (Censo 2020), el 20 por ciento de las mujeres de 15 años y más residentes en hogares indígenas no sabía leer ni escribir y solo 6.2 por ciento cuenta con educación superior.
La precarización del trabajo así como las pocas oportunidades de trabajo son otras limitantes. Cuando se levantó el censo, la principal ocupación de las mujeres indígenas era ser trabajadoras en actividades elementales y de apoyo
- 27.2 por ciento vendedoras ambulantes, trabajadoras domésticas o trabajadoras de apoyo en actividades agropecuarias y en otros sectores.
- 11.5 por ciento era profesionista o técnica.
- Sólo el 1.1 por ciento de las mujeres era funcionaria, directora o jefa.
De las 6.4 millones de mujeres, la tercera parte, 32.0 por ciento, de 15 años y más se encontraba económicamente activa, en contraste, 76.2 por ciento de los hombres.
En lo que respecta a las mujeres afrodescendientes, el Centro de Estudios Espinosa Yglesias anunció en su Informe de Movilidad social que, en México, existen dos componentes clave que obstaculizan que las personas accedan a mejores oportunidades de vida: Ser mujer y tener la piel oscura.
Para lograr esta movilidad social en ascenso, existen diversas condicionantes, desde dónde naces –pues es más probable que las personas permanezcan en la pobreza si nacieron en el sur-, hasta qué tan clara es tu piel.
A nivel federal, de 100 mujeres que nacen en la pobreza, más de la mitad (58) permanecerán en estas mismas condiciones a causa de la tez de su piel.
¿Y qué pasa con los hombres? El informe advierte que, si bien esta segregación racial atraviesa a todas las personas, los hombres muestran una mayor movilidad social en su adultez al adquirir empleo y mejorar su calidad de vida. Las mujeres no acceden a estas oportunidades laborales, ni educativas.
Por lo anterior, esta reforma es importante para las mujeres de los pueblos originarios y afrodescendientes. Se trata de una oportunidad de reforzar su valía así como un momento histórico para su reconocimiento.