Cristina Cristina Kirchner condenada a seis años de prisión por presunta corrupción.

*La expresidenta de Argentina recurrirá la decisión ante la Corte Suprema, la última instancia judicial que le queda”.

* La sentencia llega cuando la expresidenta argentina planea presentarse en las elecciones legislativas del 2025″.

14.11.2024. Argentina.- La Cámara Federal de Casación (tribunal argentino) confirmó la condena a seis años de prisión contra Cristina Kirchner, en las 1541 páginas de su sentencia, “por corrupción de la actual presidenta del Partido Justicialista.

La expresidenta de Argentina fue acusada de direccionar contratos de obra pública hacia un magnate relacionado con su familia”, Lázaro Báez, también con condena firme.

La expresidenta de Argentina recurrirá la decisión ante la Corte Suprema, la última instancia judicial que le queda para tratar de revertir una sentencia histórica que complica su futuro político.

“Fernández de Kirchner no corre peligro de ser detenida de inmediato, además de que, si así lo desea, se podrá postular en las elecciones legislativas de 2025. En el peor de los casos, cumpliría prisión domiciliaria, ya que es un beneficio que obtienen las personas mayores de 70 años”.

En la sentencia se destacó el rol central de la expresidente en el direccionamiento de las licitaciones que favorecieron a Lázaro Báez y sus tareas al final del proceso dando indicaciones para ejecutar el plan ”limpiar todo” una vez que dejó el poder y se debían cerrar las empresas del constructor.

Los jueces expusieron que hubo un rol determinante de la expresidenta. El juez Gustavo Hornos, que en minoría votó no solo por aplicar la figura del fraude, sino también la de la asociación ilícita, contestó la acusación de Cristina Kirchner de que todo se trató de una estrategia de lawfare, donde la justicia y los medios se complotaron para condenarla.

Indicó que “el lawfare aparece solo como una nueva teoría conspirativa, y cuyo destino no parece ser otro que el de transformarse en una coartada para eludir, ante los poderes judiciales democráticos y ante la sociedad toda, la rendición de cuentas por la comisión de delitos de corrupción”.

El Juzgador Hornos rechazó el argumento cristinista de un Poder Judicial ad hoc para condenarla: “A lo largo de todo este proceso intervinieron al menos –entre magistrados y fiscales de todas las instancias: Instrucción, Cámara Federal, Tribunal Oral Federal, Cámara Federal de Casación Penal y Corte Suprema de Justicia de la Nación– más de 20 funcionarios, muchos de los cuales fueron designados durante la gestión de la recurrente como Presidenta de la Nación”.

“La conspiración planteada requeriría la connivencia de una amalgama de sujetos de diverso origen y responsabilidad con el único fin de involucrar a la nombrada y los diversos funcionarios que la acompañaron durante sus años frente a la Presidencia de la Nación, en los comprobados e inusitados hechos de corrupción en la obra pública, circunstancia que resulta por completo inverosímil ante el gran caudal de prueba acumulada”, dijo.

Hornos consideró a Cristina Kirchner como responsable por ser la jefa de la asociación ilícita y por crear un marco legal que favoreció la corrupción, además de participar en el “plan limpiar todo” y beneficiarse económicamente de la maniobra. Para Hornos existió una ”organización criminal”, pero quedó sólo en esta idea de la asociación ilícita: el tipo penal requiere multiplicidad de delitos (las diversas licitaciones, como argumentaron los fiscales Diego Luciani y Mario Villar). Pero en la interpretación de sus colegas se trató de un solo delito continuado.

En su mirada, Hornos dice que Cristina Kirchner daba órdenes, disponía traslados, organizaba reuniones, solicitaba información y tomaba decisiones clave para el funcionamiento de la organización.

“Ha sido dirimente la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, puesto de relieve a través de su participación en los beneficios económicos –producto del delito– obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”, escribió Hornos.