Prisión preventiva golpeará en especial a mujeres, migrantes e indígenas.

*Escrito por Arantza Díaz .

03.12.2024/CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- La prisión preventiva oficiosa ha extendido su catalogo para ser imputada, esto luego de que el Senado de la República aprobara esta iniciativa de ley; misma que fue duramente criticada por organizaciones internacionales por su carácter punitivista y la violencia institucional que permitirá la reproducción de la injusticia, particularmente, en personas migrantes, de comunidades indígenas y por supuesto, en mujeres; sector poblacional con mayor incidencia a permanecer en prisión preventiva.

¿Por qué este fenómeno criminalizador golpea con más fuerza a las mujeres y qué factores de género influyen en el contexto? La primera certeza que se puede afianzar de esto es que la injusticia también posee un sesgo profundamente patriarcal que pretende castigar y criminalizar a las mujeres que quiebran con el paradigma de la subordinación.

En nuestro país, el 50% de las mujeres privadas de su libertad están en prisión preventiva oficiosa y sólo el 28% ha recibido una sentencia, de acuerdo con el último Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales (CNSIPEE), julio 2024.

Cimacnoticias conversó con Celia García de la organización Perteneces, quien aborda los principales motivos por los que las mujeres son aprehendidas y cómo ellas, a diferencia de sus congéneres, tienden a sufrir los mayores estragos mientras que los otros, logran escapar o burlar a la justicia de manera más laxa.

Desde la perspectiva de la abogada, los centros de reclusión están llenos de mujeres que, sin saberlo, trabajaban preparando la comida a alguien con nexos con el crimen, de mujeres que confiaron en sus parejas y que fueron engañadas, de mujeres que transportaban paquetes dados por sus hermanos – papás y que contenían narcóticos, y por supuesto, de mujeres que se defendieron de la violencia y el abuso de años: “Ellas sí son castigadas”.

Ejemplo concreto de esto, se refleja en Keren Ordoñez sobreviviente de tortura y brutalidad policial, quien ha permanecido en prisión preventiva durante 9 años por un delito que cometió su expareja, misma, que ya fue puesta en libertad de manera expedita; Keren, quien se encontraba cuidando de su hija recién nacida fue aprehendida y tras casi una década en espera de una sentencia, el pasado 13 de noviembre se le ha imputado injustamente una sentencia de 50 años de prisión por un delito que no cometió, ni reconoce.

¿Qué es la prisión preventiva oficiosa y cómo atraviesa a las mujeres?

De acuerdo con información de la organización Intersecta, existen sólo 2 escenarios por los que una persona puede pisar la cárcel. El primero, es a través de la llamada prisión preventiva que consta de estar en situación de reclusión, aún cuando el tribunal no ha condenado la presunta comisión del delito, lo preocupante de esta medida es que muchas veces ocurre cuando la investigación no está concluida y ni siquiera se necesita que la fiscalía acuse a la persona, lo único que basta, es que existan indicios de participación en el delito para permanecer privadas de la libertad. Este proceso puede tardar, incluso, más de una década cuando la persona impugna y lucha por su libertad.

El segundo caso es más concreto, y es cuando existe evidencia suficiente y disponible para procesar a una persona y dictarle una sentencia.

Ahora bien, según la CNSIPEE, del 2020 a la fecha ha existido un recrudecimiento de la prisión preventiva sobre las mujeres, quienes tienden a permanecer bajo esta medida con mayor incidencia a comparación de sus congéneres, por ejemplo, en 2023 el 36% de los hombres fue imputado con esta medida cautelar; las mujeres en un 46.9%, esto representa 10 puntos porcentuales más.

El 22% de estas mujeres esperará más dos años para recibir una sentencia y sólo el 19% esperará menos de 3 meses para terminar oficialmente la prisión preventiva -con una sentencia favorable o condenatoria-.

¿Lo más preocupante? A pesar de que el grueso poblacional condenado a una pena sea mayormente masculino, son las mujeres quienes reciben las sentencias más grandes.

Mientras que el 20.7% de los hombres reciben, -mayoritariamente- sentencias de hasta menos de 10 años, el 11% de las mujeres reciben 50 años o más de prisión, la mitad, sólo el 5.5% de los hombres alcanzan esta altísima sentencia.

En un vistazo rápido, en 2023 los hombres cometieron 309 mil 571 delitos; las mujeres 18 mil 406. Aún con esto, el castigo que reciben las mujeres es el doble de alto que sus congéneres. ¿Qué delitos cometen? Según la CNSIPEE, el robo y el secuestro; los hombres, secuestro y homicidio a nivel federal.

La mayoría de estas mujeres tiene entre 30 y 34 años, y usualmente, su grado educativo máximo es la educación secundaria. Otra interseccionalidad importante es su origen, pues al cierre de 2023, 8 mil 175 personas indígenas estaban privadas de su libertad, mayormente, de origen náhuatl.

En este espacio, se debe nombrar a Florencia Jovita, mujer indígena adulta mayor que, este año, cumple 10 años privada de su libertad por un delito que no cometió y peor aún, sin sentencia.

Florencia Jovita nació en San Miguel de Allende Huajapan Oaxaca un 2 de septiembre y en su adultez, migró a Valle de Chalco en el estado de México donde sentó las bases de su vida; tenía un trabajo y tuvo a sus dos hijas que ahora tienen 28 y 30 años.

Dedicaba su tiempo a cuidar de su nieto de 11 año por lo que dejó su trabajo doméstico remunerado que ejercía en la comunidad. En la madrugada del 2 de octubre del 2014, un grupo de hombres encapuchados irrumpieron en su hogar: no se identificaron, ni explicaron qué hacían en el domicilio donde dormían Jovita y su nieto. Eran elementos de la policía regional de Valle de Chalco.

Al intentar mediar palabra, los elementos la tiraron al suelo, la golpearon. Al niño, los elementos lo levantaron sosteniéndolo del cabello, lo insultaban y golpeaban con fuerza en el cuerpo. Estas lesiones fueron verificadas por peritas oficiales de la procuraduría de medicina forense, asimismo, peritos de fotografía forense realizaron impresiones del cuerpo de Jovita para corroborar su versión.

A Florencia Jovita se le acusa por participar en un presunto secuestro y delincuencia organizada. Este octubre, cumplió una década privada de su libertad.

No sirve para disminuir incidencia delictiva

Durante la discusión que se tuvo en el Congreso Federal, el diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez de Movimiento Ciudadano, manifestó que la prisión preventiva oficiosa “no sirve para disminuir la incidencia delictiva; al contrario, afecta a los más pobres y a las mujeres.

«Una de cada dos que se encuentran presas están ahí sin haber tenido un juicio, mientras que uno de cada tres hombres está en esas circunstancias. Con la reforma no se afecta a los capos, ni grandes defraudadores fiscales o factureros que se defienden con abogados bien pagados, sino a las personas con menos recursos”.

Claudia Ruiz Massieu Salinas, diputada también de Movimiento Ciudadano, puntualizó que la reforma no baja la inseguridad, no mejora la justicia ni disminuye la impunidad; lo que sí hace es violar derechos humanos, principios constitucionales, tratados y convenios internacionales y afecta a los más vulnerables y personas inocentes. Es una falsa solución a la crisis de violencia e inseguridad que padece el país y, para ello, se requiere de prevención, investigación, judicialización y aplicación de la ley.

Con la mayoría calificada de 335 votos a favor, 108 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en lo particular con cambios, el dictamen que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política, en materia de prisión preventiva oficiosa.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura, deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal, así como de diversas iniciativas conexas de diputadas y diputados. Se canalizó al Senado de la República para efectos constitucionales.

Graciela Ortiz González, diputada del PRI, hizo notar que se pretende fortalecer la figura de prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar que priva de libertad a una persona acusada de un delito antes de que se dicte una condena y esa práctica puede tener implicaciones en la protección de los derechos humanos, porque viola la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a la defensa, las condiciones de detención y el posible daño social y familiar.

Se violenta el principio de presunción de inocencia

El priísta César Alejandro Domínguez Domínguez se manifestó en contra porque la reforma “violenta el principio de presunción de inocencia que es parte fundamental del sistema penal acusatorio, no disminuye la criminalidad y afecta los derechos humanos; no se profesionaliza al Ministerio Público, motiva la lentitud de los procesos y promueve el hacinamiento en los centros penitenciarios”.

También del PRI, el diputado Arturo Yáñez Cuéllar, afirmó que la prisión preventiva oficiosa es violatoria a todos los derechos humanos y es una práctica obsoleta en las democracias modernas. “La reforma es preocupante porque incorpora delitos que son graves y criminaliza la ignorancia de las personas como los delitos fiscales. Con este nuevo catálogo abrimos la puerta para condenar sin investigar”.

Prisión preventiva oficiosa impide la justicia y vulnera derechos

En representación de Movimiento Ciudadano, el diputado Pablo Vázquez Ahued señaló que la prisión preventiva oficiosa “pinta el fracaso de la procuración de justicia, porque lejos de reducir la incidencia delictiva esta figura es un lastre que impide la justicia y tiene costos humanos, económicos, institucionales; es clasista e inoperante y “no significa construir un mejor país, sino estancarnos en la justicia sistemática”.

Se ha sobrecargado el sistema penitenciario

Del PVEM, la diputada Ruth Maricela Silva Andraca indicó que la reforma es necesaria porque se ha sobrecargado el sistema penitenciario y miles de personas están privadas de su libertad no por ser culpables, sino que no pudieron enfrentar su proceso en libertad. “El dictamen redefine los delitos para los cuales la prisión preventiva oficiosa será aplicable, enfocándose en aquellos que representen un riesgo significativo”.

Por el mismo grupo parlamentario, la diputada Ana Erika Santana González explicó que entre los delitos que se incorporan a la prisión preventiva está la extorsión y el narcomenudeo; no obstante, subrayó, conocen que estas medidas preventivas no resuelven los problemas, pero son un componente esencial para frenar el crecimiento de los delitos que se han enraizado en México.

La diputada María del Carmen Cabrera Lagunas (PVEM) observó que el cambio constitucional implica el reforzamiento de las herramientas legales y capacidades institucionales del gobierno para atender el problema de la seguridad. “Las medidas están enfocadas a mejorar la situación del país. No debemos permitir que las diferencias políticas mermen el avance en la implementación de la estrategia”.

No existe evidencia de que la prisión preventiva reduzca delitos

Al emitir el posicionamiento del PAN, el diputado Fernando Torres Graciano aseguró que no existe evidencia alguna que demuestre que la prisión preventiva oficiosa logre reducir la comisión de delitos y con el dictamen se hace creer que al poner en el catálogo de delitos graves el narcomenudeo se va a resolver, cuando lo que se requiere es un gobierno eficiente y eficaz. Llamó a mexicanas, mexicanos y jóvenes a tomar, promover y defender sus derechos humanos.

La diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (PAN) puntualizó que hoy se está rompiendo con la presunción de inocencia y se está construyendo un sistema que encierra sin juzgar, el cual no es justicia sino tiranía. “Como está redactado el dictamen se cae en el error de una sanción penal anticipada y sin medidas alternas; la reforma va en contra de todo lo establecido en la legislación internacional en materia de derechos humanos. Estamos en contra porque es una herramienta para meter a la cárcel a inocentes”.