Uber, Didi y Rappi obligados a dar prestaciones a repartidores.

*La Columna ./

/Por Fanny Yépez/

El pasado martes los diputados federales aprobaron la reforma laboral con la cual los repartidores de aplicaciones digitales serán reconocidos por las empresas como empleados formales y por consiguiente, adquieren el derecho a prestaciones y seguridad social.

Cabe señalar que cerca de 658 mil personas están empleadas a través de plataformas digitales en México, de acuerdo a cifras del Servicio de Administración Tributaria (SAT). De ellas, el 41% percibe ingresos superiores al salario mínimo mensual.

Los legisladores dispusieron dar a repartidores de Uber, DiDi y Rappi aguinaldo, vacaciones, utilidad y sindicalizarse.
Dicha reforma entrará en vigor alrededor de seis meses después de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación para permitir a las empresas y plataformas adaptarse a los nuevos dictámenes. La jornada laboral no podrá sumar más de 48 horas semanales y, en caso de hacerlo, se pagarán horas extras con la autorización expresa del empleador.

Además, los conductores tendrán derecho a un día de descanso a la semana tras haber trabajado seis días consecutivos y habiendo cumplido las horas máximas permitidas.

Estas son las prestaciones de las que gozarán repartidores y conductores de taxi por aplicación
Atención médica.
Pensiones.
Guarderías.
Vacaciones.
Prima vacacional.
Aguinaldo
Otros beneficios como créditos de Infonavit y utilidades.

Esta disposición emitida en el Congreso federal a escasos días de culminar el periodo ordinario de sesiones, por lo que el dictamen se remitió de forma inmediata a la Cámara de Senadores para su análisis, discusión y eventual aprobación antes del 15 de diciembre, aunque se espera que esta propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum no cuente con mayores resistencias.

En caso de que el Senado apruebe la reforma antes del 15 de diciembre, el proyecto de decreto será turnado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que los miles de trabajadores de las aplicaciones digitales podrían iniciar enero del 2025 con las nuevas prestaciones de ley.
Además, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores deben publicar las reglas para este segmento de trabajadores en el Diario Oficial de la Federación.

Cuáles son los derechos laborales para los trabajadores de aplicaciones digitales La Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de reforma en el que se reconocen los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores de plataformas digitales.

Este dictamen, que modifica varios artículos de la Ley Federal del Trabajo, fue aprobado con 462 votos a favor en lo general y 389 en lo particular, y ahora se dirige al Senado de la República para su revisión constitucional.
El documento establece que las plataformas digitales son sistemas que asignan tareas y servicios a trabajadores en beneficio de terceros, definiendo a estos trabajadores como aquellos que prestan servicios personales, remunerados y subordinados bajo la supervisión de una plataforma digital.

Este reconocimiento formaliza la relación laboral entre los trabajadores y las empresas de plataformas digitales, asegurando que se respeten sus derechos laborales.

Los detalles
Las plataformas digitales tendrán prohibido dar trabajo a menores de 18 años.

No se permite cobrarles a los trabajadores por la inscripción, uso o separación.
Tampoco les podrán retener dinero; restringir la conexión; encubrimiento o simulación que busque desvirtuar el vínculo laboral mediante contratos de carácter civil, mercantil u otros.

Se prohíbe manipular el ingreso para evitar su calificación como trabajadores subordinados.