Severas sanciones económicas para los que no acaten la Ley Silla.

*La Columna .

/Por Fanny Yépez/

Lamentablemente distintas empresas exigen a las personas a trabajar de pie durante largas jornadas: el personal de seguridad, los empleados de hoteles, restaurantes y tiendas de autoservicio. Aún existen empleadores que perpetúan la creencia de que sentarse por un momento le da “mala imagen” a sus empresas, a pesar de que los riesgos a la salud de permanecer de pie por largos periodos están ampliamente documentados en estudios científicos.

Por ello y más se estableció la Ley Silla, que es una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de México que garantiza el derecho de los trabajadores a tener asientos adecuados y zonas de descanso durante su jornada laboral. Esta ley se aplica a los centros de trabajo del sector de servicios y comercio, y en el caso de las empresas industriales, solo se podrá exigir cuando la naturaleza del trabajo lo permita.

La Ley Silla establece que los patrones deben proveer el número suficiente de asientos para los trabajadores, y que estos deben tener respaldo para descansar. Además, prohíbe que los empleadores obliguen a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada laboral.

Las multas por incumplir la Ley Silla pueden ir de 250 a 2500 veces la Unidad de Medida y Actualización, lo que equivale a entre 27,142 y más de 270,000 pesos. En caso de reincidencia, la Inspección Laboral puede ordenar la suspensión temporal de las actividades de las empresas.

Cabe destacar que las empresas y las personas empleadoras del país tienen 180 días contados a partir de este jueves 19 de diciembre para proveer de sillas con respaldo a sus trabajadores según lo establece la adición al artículo 132, primer párrafo y fracción V de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación
La Ley Silla reconoce el derecho humano a un entorno laboral seguro y saludable, ya que permanecer de pie durante mucho tiempo puede generar problemas de salud como fatiga, dolores musculoesqueléticos y trastornos vasculares.

Fue el pasado 19 de diciembre de este año cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo para garantizar el derecho al descanso de los trabajadores. Conocida como ley silla, prohíbe a los empleadores obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante toda su jornada laboral.

También se oficializó, en el documento, el aumento de 12% al salario mínimo.

Principales disposiciones de la ley silla
La ley silla establece las siguientes obligaciones para los empleadores:

Proveer un número suficiente de asientos o sillas con respaldo adecuados para el desempeño de las funciones laborales y los descansos periódicos

Colocar las sillas destinadas al descanso en áreas específicas dentro del centro de trabajo
Prohibir que los trabajadores permanezcan de pie durante toda la jornada laboral o que se les impida sentarse periódicamente

Aunque ya fue publicada, la ley silla entrará en vigor el 17 de junio de 2025, otorgando a los centros de trabajo un plazo de 180 días naturales para implementar las modificaciones necesarias.
En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.

La propuesta, conocida como “Ley Silla”, busca también prohibir que las personas empleadoras obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Además, se proyecta incluir en el reglamento interior del centro de trabajo que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.