Medidas de protección sin denuncia y respuestas en 48 horas: Se crea el Registro Nacional para proteger a mujeres y niñas

  • Escrito por Arantza Díaz.

11.01.2025 /CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- Claudia Sheinbaum, en conjunto con la titular de la Secretaría de las Mujeres, Citlalli Hernández han dedicado el mes de diciembre a reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre estas acciones se ha estipulado el combate a la brecha salarial, erradicación de la discriminación en razón de género y la igualdad en la vida profesional. En añadidura, la Secretaría de las Mujeres da a conocer la creación del llamado: Capítulo 6 del registro nacional de medidas y órdenes de protección de las mujeres, adolescentes, niñas y niños.

Este capítulo ya publicado en el Diario Oficial alberga una serie de artículos que crean, oficialmente, la creación de este histórico Registro que tiene por objetivo establecer un mecanismo de coordinación y colaboración entre las 3 órdenes de gobierno que, en conjunto, concentrarán esfuerzos para dar seguimiento a toda medida u orden de protección que blinde a mujeres e infancias de situaciones de violencia.

Se espera que esta medida contribuya a eliminar las deficiencias en la coordinación entre las autoridades, un obstáculo persistente para la debida diligencia en la protección de las víctimas, documentado por Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) en su Informe sobre las violencias de género en la procuración de justicia en la Ciudad de México (2019), así como en la Recomendación General 01/2022 sobre las órdenes y medidas de protección como mecanismo de acceso a la justicia de las niñas, adolescentes.

Fuente: Cimac Foto

Según documenta la CDHCM, el Registro formará parte del Sistema Nacional de Información regido por su propia Ley General, por lo que se articulará con otros datos que se generen por autoridades administrativas, fiscalías, poderes judiciales federales y locales a fin de garantizar la continuidad, efectividad y no interrupción de las medidas u órdenes de protección.

¿Cuáles serán las autoridades involucradas en el Registro?

Según estipula el Diario Oficial, las actividades para dar el debido seguimiento a cada orden de protección estarán articuladas entre diversos órganos federales como por ejemplo:

  • Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana: Administrar y coordinar la operación del Registro nacional, asimismo, será su obligación integrar, procesar y actualizar la información correspondiente del Registro.
  • Secretaría de las Mujeres: Crear indicadores, dar seguimiento y evaluar constantemente los resultados de este mecanismo.
  • Sistema Nacional de Información: La base de datos será albergada aquí, según lo estipulado por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
  • Poder Judicial: Entendiéndose como toda autoridad administrativa, fiscalía, poder judicial federal y local, deberán consultar la plataforma del Registro Nacional de manera cotidiana para garantizar la continuidad, efectividad y no interrupción de las medidas u órdenes de protección con independencia del lugar donde hayan sido emitidas.

¿Qué información habrá en el Registro Nacional?

Este mecanismo contendrá, por lo menos, 8 rubros esenciales que podrán ser consultados; datos de la autoridad que ordena las medidas de protección, autoridades destinatarias, datos de la víctima (o de las personas tutoras en caso de ser menor de edad), información esencial de la persona agresora y parentesco, descripción exacta de las órdenes de protección, fecha de inicio, motivo por el que se impusieron las medidas, nivel de riesgo y contestación de la autoridad emisora que no deberá superar las 48 horas.

Entre los asuntos prioritarios a saber sobre este Registro, es que el eje principal será la libertad y seguridad de las víctimas por lo que exigir las medidas u órdenes de protección debe ser un acto expedito sin necesidad de condicionarlas a la presentación de una denuncia o querella. Asimismo, el delito de violencia de género contra las mujeres será el prioritario para el Registro Nacional y deberá darse atención inmediata.

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De forma concreta, este mecanismo permitirá recibir protección y una respuesta de las autoridades en menos de 48 horas sin una denuncia, se podrá solicitar a toda autoridad administrativa competente el seguimiento y ejecución de estar órdenes o en su defecto, acercarse a la Secretaría de las Mujeres para verificar las funciones previstas, pedir información, denunciar y buscar el cumplimiento de la ley.

Paralelamente, los artículos de este nuevo capítulo exigen la interseccionalidad y perspectiva de género en cada atención, por lo que reconoce que, en casos de violencia vicaria, toda autoridad jurisdiccional deberá salvaguardar la integridad de las infancias, adolescencias y mujeres: «La autoridad está obligada a observar aquellos casos que pudieran tratarse de violencia vicaria contra las mujeres», reza el artículo 573 del capítulo VII.

Un cierre de año con las infancias al centro

La publicación del Registro Nacional llega al cierre del año priorizando la seguridad de las infancias víctimas de violencia vicaria, doméstica, de agresiones sexuales, vulnerabilidad o cualquier entorno violento que las coopte de un libre desarrollo. Por ello, el margen que se abre donde las medidas de protección dejan de ser vistas como un privilegio y se convierten en un derecho que debe ser extendido de forma inmediata, podría representar el primer paso hacia la prevención de violencia doméstica, feminicida, física o sexual.

En conjunto con la creación de este nuevo mecanismo -y plataforma informativa- se debe recordar que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las niñas, niños y adolescentes pueden ser víctimas de violencia de género o familiar, incluso si esta no se ejerza directamente sobre ellos. Con esta decisión, la Corte reconoce que las acciones violentas de personas adultas en el núcleo familiar impactan el desarrollo de las infancias y adolescencias, perpetuando esta violencia como fenómeno social.

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De acuerdo con la Red por los Derechos de la Infancia en México, el Registro de Lesiones 2010-2023 de la Secretaría de Salud contabilizó 20 mil 585 personas de entre 1 a 17 años que fueron atendidas por violencia familiar en los hospitales del país. Esta cifra significó un aumento de 595.2% respecto al primer registro en 2010 con 2 mil 961. Además, fue la tercera mayor cifra documentada y superó el promedio anual de 13 mil 514 hospitalizaciones.

Entre los beneficios fundamentales para las infancias, se encuentra que, en caso de que su padre, madre o persona tutora exija una orden de protección, su información se mantendrá vigente y permitirá entre otras acciones, la verificación de antecedentes de violencia a víctimas por el mismo agresor con el objeto de realizar investigaciones correspondientes y de ser necesario, iniciar un proceso penal.

En nuestro país, son las niñas y las adolescentes quienes representaron el 87.9% de las víctimas de violencia familiar en 2023. La población adolescente es particularmente vulnerable a esta violencia, ya que el 80% de los casos se concentraron en personas entre los 12 y 17 años, el 14.2% en niñas y niños entre 6 a 11 años, y 5.8% tenían 1 a 5 años.