Diferencias entre Violencia Familiar, Alienación Parental y Violencia Vicaria. Claves del caso Mafer Turrent

*Escrito por Wendy Rayón Garay .

02.02.2025 CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- El pasado 27 de enero de 2025, Maria Fernanda Turrent Hernandez fue liberada tras pasar una semana en prisión preventiva por los cargos de retención de menores, fraude y violación a la correspondencia luego de huir con sus hijos debido a la violencia ejercida por su ex esposo, Edgar N, durante años.

El caso, ha dejado confusiones en cuanto al tipo de violencia que vivió, por eso aquí te explicaremos las diferencias entre violencia familiaralienación parental y violencia vicaria.

De acuerdo con el Informe contextual sobre Violencia Vicaria de Secretaría de Gobernación, el término de violencia vicaria fue acuñado por Sonia Vaccaro, psicóloga clínica y forense para analizar un tipo de violencia que se produce con mayor intensidad tras la separación de pareja.

El concepto “vicario” hace referencia a sustituir a un individuo por otro en el ejercicio de una función, es decir, cuando se aplica violencia. Por ejemplo, realizar una acción directa sobre una persona para dañar a un tercero, quien es el objetivo principal.

Por lo tanto, la violencia vicaria, también conocida como violencia a través de interpósita persona en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es aquella que un hombre ejerce contra la mujer utilizando como medio a las hijas e hijos que pueden o no ser producto de la relación entre ambos para herir, violentar y controlar a la madre generando un daño psicoemocional en ella y en las infancias.

Aunque también puede dirigirse a familiares o personas allegadas al matrimonio o concubinato, según la ley.

Entre las diversas conductas entre las que se manifiesta la violencia vicaria se encuentran

  • Amenazar con causar daño a las hijas e hijos.
  • Amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia.
  • Utilizar a hijas y/o hijos para obtener información respecto de la madre.
  • Promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas y/o hijos en contra de la madre.
  • Promover, incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial.
  • Ocultar, retener o sustraer a hijas y/o hijos así como a familiares o personas allegadas.
  • Interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener la guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas y/o hijos en común.
  • Condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijas e hijos.

En México, la violencia vicaria se reconoció en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como en el Código Civil Federal y Código Penal Federal a inicios de 2024. De acuerdo con el Informe Contextual sobre Violencia Vicaria publicado en noviembre de 2023, solo en los siguientes estados han tipificado

Frente Nacional contra la Violencia Vicaria (FNCVV)

Aunque no existe un registro más amplio sobre la violencia vicaria en México, de acuerdo con la Encuesta Nacional acerca de la Violencia Vicaria en México (2022), realizada por el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria (FNCVV), el 81% de las mujeres encuestadas fueron separadas de sus hijos, con previas amenazas y sin tener contacto con ellos, de este porcentaje, solo el 39% mantiene convivencia con ellos.

Otros datos a resaltar son:

  • 88% de los agresores iniciaron trámites en contra de ellas
  • 71% sufrió violencia institucional
  • 57% han sido denunciadas por “violencia familiar” para delegar la guardia y custodia de sus hijas e hijos al agresor
  • 62% identificó la simulación de pruebas presentadas por parte del agresor
  • 68% de las mujeres denunciaron la sustracción de sus hijas e hijos en un periodo en promedio de 1 a 1.5 años
  • Las principales causas de denuncia de las victimas a su agresor son por sustracción de menores, ocultamiento del menor, violencia doméstica, violencia de género, pensión alimenticia, abuso sexual, guardia y custodia, tráfico de influencias, robo, fraude y divorcio.

No obstante, el informe de la Secretaría de Gobernación dictamina que, para llegar a este grado de violencia, se entiende que ya existió, durante la relación de pareja, un grado de violencia previa. La Encuesta Nacional sobre Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021 señala que en México, el 70.1% de las mujeres de 15 años y más han experimentado una situación de violencia a lo largo de su vida como psicológica (51.6), violencia sexual (49.7 %) o en la relación de pareja (39.9 %). Esta última suele presentarse en mujeres que tengan o hayan tenido una relación de matrimonio, concubinato.

Es importante apuntar que la violencia vicaria confluye y comparte similitudes con otro tipo de violencias como la alienación parental, la cual es definida como aquellas conductas que lleva a cabo el padre o la madre, que tienen la guardia y custodia de las hijas e hijos, con la intención injustificada de impedir las visitas y convivencias con el otro progenitor. Esto provoca un daño y transformación de la conciencia del menor que puede ir desde el miedo, rechazo y odio.

Sin embargo, este término, acuñado por el psicólogo Richard Gardner, ha sido utilizado con un sesgo de género. En un principio, Gardner lo empleó para referirse a la revelación de casos de abuso sexual por parte de las infancias ante casos de “divorcios muy conflictivos”, también apuntó que son las madres quienes hacen creer dicha acción a sus hijos como parte de una venganza hacia los padres. Por lo que, el informe de Reem Alsalem, Relatora Especial de la ONU, señaló la “doble victimización” de las mujeres y la ignorancia al interés superior de la niñez cuando las leyes emplean el término de “alienación parental” contra ellas.

Por otro lado, la violencia familiar también existe a la par de la violencia vicaria. Siguiendo la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, esta se define como “el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar”.

Según los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública entre 2015 y 2021 se registraron un millón 450 mil 876 casos de violencia familiar en México, lo que representa un aumento del 112.6% según el informe del Centro de Estudios Sociales y de Opinión pública. Además, ocupó el tercer lugar en incidencias nacional de delitos y el 2022 se registró la cantidad más alta de violencia familiar.

Caso Mafer Turret, víctima de violencia vicaria

El 8 de septiembre de 2023, María Fernanda Torrent Hernandez denunció salirse de su hogar y llevarse a sus hijos hacia San Andrés Tuxtla en Veracruz para escapar de la violencia a manos de su ex pareja, Edgar N.

Tras la separación, el 18 de enero de 2024 los infantes pasaron un fin de semana con su padre, desde entonces, Mafer no pudo reunirse con ellos y la comunicación fue limitada durante tres meses porque fueron retenidos por el padre.

Mientras se llevó a cabo el divorcio, sus hijos tuvieron prohibido comunicarse con su madre; sin embargo, uno de ellos logró realizar una llamada a escondidas donde evidenció su preocupación al pensar que Mafer ya estaba muerta: “me preocupé cuando no contestabas, pensé que te habías morido o que algo te había pasado”, le dijo a su madre.

A través de redes sociales, Mafer expuso su caso de violencia vicaria donde también se viralizaron audios y videos que evidenciaban las actitudes violentas y amenazas de Edgar N hacia ella y los niños. Gracias a ello, logró reunirse con sus hijos, pero recibió una denuncia por extracción de menores y otros delitos fabricados como fraude y violación a la correspondencia, como un castigo por haberse llevado a los infantes del hogar.

El diciembre de 2024, Mafer hizo público un video en el que previó que sería detenida por “defender a sus hijos”, por lo que recurrió a evidenciar de nueva cuenta la violencia extrema de la que fue víctima y la amenaza directa de Edgar N sobre “meterla a la cárcel”.

El 22 de enero de 2025 fue detenida tras acudir a una audiencia en el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México bajo la acusación de retener a los menores ignorando que Mafer había denunciado este delito por un año.

Debido a la indignación, el caso llamó la atención de Citlali Hernandez, titular de la Secretaría de las Mujeres, quien apuntó un posible modus operandi en el Poder Judicial contra mujeres que denuncian violencia contra sus parejas, quienes son hombres con poder económico.

Por otro lado, Bertha Alcalde Luján, Fiscal General de la Ciudad de México, anunció que no se tolerará la manipulación del sistema con recursos públicos o aprovechamientos de vínculos con el poder, por lo que ordenó la sustitución del titular de la Fiscalía de Investigación de Delitos Cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes.

Así como implementar medidas para evitar que se soliciten medidas cautelares sin tomar en cuenta el análisis de contexto y el bienestar de las y los menores de edad, así como la aplicación de protocolos que cumplan con estándares para la realización de entrevistas periciales y cualquier otra investigación que involucre a las infancias.

Finalmente, el 27 de enero de 2025, Mafer Turrent fue liberada, después de una audiencia de 11 horas. Al salir, tuvo comunicación telefónica con sus hijos y el día de hoy pudo reencontrarse con ellos.

Fotografía de Gerardo Turrent, hermano de Mafer