*Asegura que no combate la perspectiva de género en la educación, sino que se haga respetar la opinión de padres y madres en el contenido que reciben sus hijos.
Nicolas Cruz Hernández/ Redacción/
Xalapa, Ver 07 julio 2020.- Mientras el ‘Pin Parental’ es calificado por la Secretaría de Gobernación del Gobierno de Morena como una medida violatoria de derechos que se opone a la construcción de una sociedad equitativa, inclusiva, bien informada y responsable, los legisladores locales del PES insisten en activarlo.
En Veracruz , los representantes de aliados del gobierno de Morena en el PES, como el diputado local Gonzalo Guízar Valladares, propuso que las autoridades educativas den a conocer a madres y padres de familia con quince días mínimo de anticipación previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades en temas de sexualidad, reproducción y género, a fin de que los tutores determinen si la aceptan.
Dijo que no está en contra de estos contenidos, pero los padres de familias tienen derecho a manifestar su oposición y negativa a que sus hijas e hijos participen en talleres, pláticas o charlas que se impartan en primarias, secundarias o bachillerato cuando se contravengan sus principios morales o éticos.
El diputado propuso reformar el los artículo 149 y 171, de la Ley de Educación para garantizar que las madres y los padres ejerzan el derecho de autorizar vía PIN Parental, (autorización expresa) las materias, talleres o charlas que sus hijas e hijos puedan tomar, cuando éstas contengan contenidos relacionados con la perspectiva de género, derechos sexuales y reproductivos.
Los educandos o quienes manifiesten su oposición, no podrán ser objeto de coerción, amenazas, intimidación, detrimento de su evaluación y discriminación arbitraria por parte de las autoridades educativas.
A diferencia de las secretarías de Gobernación, Salud y Educación, Conapo, Sipinna, Conapred e Inmujeres, que advierten sobre la afectación al Interés Superior de la Niñez al impedir que niñas, niños y adolescentes reciban educación sexual y reproductiva, además de que se oponen a una educación laica y científica Guizar Valladares combate lo que la iglesia y su partido descalifica como ideología de género.
Destaca que esta autorización expresa, a la que se denomina vía PIN Parental, no afecta los contenidos esenciales y formativos del alumnado, como lo son las matemáticas, ciencias naturales y ciencias sociales.
Simplemente que el Estado pueda obligar a los estudiantes a participar en actividades curriculares o extracurriculares que actúen en contra de sus principios.
“Por ello, el carácter preferente y preponderante que tienen las madres y los padres en la decisión del tipo de educación que habrá de darse a sus hijas e hijos, debe entenderse como un derecho humano inalienable, imprescriptible y no negociable con el Estado, puesto que este debe ofrecer una educación sustentada en principios científicos, no en principios ideológicos o morales.”
Guízar Valladares dijo que la propuesta responde a la preocupación de madres y padres de familia respecto a la educación que reciben sus hijas e hijos en la escuela.
Dijo que compañeras y compañeros diputados del PES en distintas Entidades Federativas, han impulsado reformas en materia de PIN Parental; “a la que hoy me sumo y, propongo se adopte en el sistema educativo del Estado de Veracruz”.
Lo anterior, tiene sustento convencional, al estar regulada dicha prerrogativa, en favor de las madres y padres, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; derecho que se refuerza en la propia Convención sobre los Derechos del Niño.
Concluye que la medida que propone no contraviene la Constitución Federal, pues no busca desaparecer las clases o materias con contenidos relacionados con la perspectiva de género, derechos sexuales y reproductivos, simplemente propone tomar en consideración la opinión de las madres y padres.
Po su parte las autoridades competentes advieren que podrían considerarlas inconstitucionales al violar principios de progresividad y prohibición de no regresión de los derechos, así como transgredir la rectoría del Estado en la definición de contenidos educativos establecida en el artículo tercero constitucional.
Asimismo, serían violatorias del marco nacional e internacional de derechos humanos en favor del Interés Superior de la Niñez.