¡Al fin! Senado aprueba sanciones millonarias contra acoso telefónico de empresas y comercios

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*Hasta ahora no han sido sancionados comercios ni empresas de cobranza que hostigan hasya con 600 llamadas en dos meses a quien consideran adeuda.

07.10.2026 Ciudad de México.- Las llamadas comerciales que llegan de manera insistente a los teléfonos de los consumidores podrían enfrentar sanciones de hasta 2 millones 345 mil 728 pesos, luego de que el Senado de la República aprobó con 96 votos una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para castigar el contacto telefónico reiterado con fines comerciales o publicitarios.

El proyecto modifica el artículo 18 Bis de la legislación para prohibir que proveedores y empresas realicen llamadas o contacten por otros medios no autorizados por los consumidores cuando lo hagan de manera reiterada y persistente con objetivos de promoción o mercadotecnia. El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.

La propuesta plantea multas que irían de 56 mil 570 pesos a 2 millones 345 mil 728 pesos para quienes incumplan la prohibición. Los senadores argumentaron que el problema no radica únicamente en la existencia de mecanismos para registrar los números que no desean recibir publicidad, sino en la necesidad de elevar las consecuencias para las empresas que continúen utilizando los datos de los consumidores con fines comerciales.

El problema no es nuevo. Desde 2007, la Procuraduría Federal del Consumidor opera el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), mediante el cual las personas pueden registrar sus teléfonos para evitar llamadas y mensajes de texto de empresas de los sectores de telecomunicaciones, comercio y turismo.

Los registros oficiales muestran la dimensión que ha alcanzado esta práctica. De acuerdo con información de Profeco citada en un documento legislativo, entre 2007 y 2023 se habían inscrito 3 millones 781 mil 105 números telefónicos en el REPEP y se habían recibido 10 mil 001 denuncias por comunicaciones no deseadas posteriores a la inscripción. Entre septiembre de 2023 y junio de 2024 se incorporaron otros 1 millón 574 mil 257 números y se recibieron 479 denuncias. Con esos registros, el REPEP acumulaba hasta 2024 alrededor de 5.3 millones de números inscritos y cerca de 10 mil 500 denuncias.

El crecimiento también aparece en los datos anuales de Profeco. Tan sólo durante 2024 fueron inscritos 936 mil 022 números telefónicos en el REPEP. Ese mismo año se recibieron 736 denuncias por comunicaciones no deseadas; de ellas, 153 fueron remitidas a las áreas competentes para su seguimiento, mientras que 583 concluyeron sin elementos suficientes para confirmar una infracción o mediante orientación al consumidor.

El registro no abarca todas las llamadas que una persona puede considerar molestas. Profeco aclara que el REPEP no es aplicable a llamadas de bancos y otras instituciones financieras, cobranza, organizaciones políticas, beneficencia o encuestadores telefónicos. Para restringir publicidad de instituciones financieras existe otro mecanismo, el Registro Público de Usuarios (REUS) de la Condusef.

Las reglas actuales del REPEP ya contemplan sanciones para los proveedores que contacten con fines mercadotécnicos o publicitarios a personas inscritas en el registro. Profeco señala que una empresa puede ser sancionada cuando realiza este tipo de llamadas a un número registrado, salvo que exista consentimiento expreso del consumidor.

Además, el registro no produce efectos de manera inmediata. Profeco establece un plazo de 30 días para que la inscripción quede efectiva y, después de ese periodo, el consumidor puede denunciar si continúa recibiendo publicidad. Para sustentar la queja se pueden aportar datos como la fecha y hora de la llamada, el número desde el que se realizó, el proveedor involucrado y evidencia de la comunicación.

La dimensión del spam telefónico también ha sido documentada por empresas especializadas en identificación de llamadas. Truecaller reportó que durante 2025 identificó más de 68 mil millones de llamadas de spam y fraude en todo el mundo. En el caso de México, señaló que más de 40 por ciento de las llamadas spam identificadas estaban relacionadas con instituciones financieras. Estos datos corresponden a las llamadas identificadas dentro de su propia plataforma y no equivalen a un conteo oficial de todas las llamadas recibidas por usuarios mexicanos.

La reforma aprobada por el Senado plantea elevar el costo de incumplir las restricciones y ampliar la protección frente a contactos comerciales no autorizados. Sin embargo, todavía debe ser analizada por la Cámara de Diputados antes de que pueda convertirse en una modificación vigente de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Mientras el proceso legislativo continúa, los consumidores ya cuentan con el REPEP para bloquear publicidad de determinados sectores y con el REUS para restringir promociones de instituciones financieras. La diferencia central es que estos mecanismos funcionan mediante la inscripción previa del usuario y establecen excepciones que dejan fuera determinadas clases de llamadas.