Aprueban dictamen sobre sicariato digital como violencia política contra candidatas

*Escrito por Wendy Rayón Garay

03.4.2025 /CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- La Comisión de Igualdad de Género aprobó dictámenes en materia de violencia política y digital que determinan que las campañas de difamación en redes sociales y la modificación de material con inteligencia artificial, ambos empleados como parte del sicariato digital contra candidatas serán considerados violencia política en razón de género.

La violencia digital está definida en la LGAMVLV como toda acción dolosa que emplea el uso de tecnologías de la información y comunicación por la que se comparta material real o simulado de contenido intimo sexual sin su consentimiento, causando así un daño en cualquier ámbito de su vida privada e imagen propia.

Siguiendo los datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021 del INEGI, el 14.3% de las mujeres entre 15 y 24 años de edad han sufrido violencia digital en el ámbito escolar y 11.1% de mujeres entre 33 y 44 años desde el espacio comunitario. También existen otros datos alarmantes de este panorama, por ejemplo:

  • El Módulo sobre Ciberacoso del INEGI registró que de 44 millones de mujeres que usan internet, 9.8 millones fue víctima de ciberacoso y el 61.3 de las afectadas señaló que la agresión vino por parte de un desconocido por medio de Facebook y WhatsApp.
  • La Organización de los Estados Americanos señaló que las mujeres tienen un 50% más de probabilidades que los hombres de ser víctimas de robo de
  • identidad.
  • El 29% de los casos de violencia doméstica, las parejas o exparejas utilizan algún programa espía o equipo de geolocalización que instalan en los dispositivos móviles o computadoras de las mujeres víctimas, según refirió la iniciativa.

Pese a que México cuenta con una legislación en materia de ciberseguridad en el que se contempla la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; la diputada Julieta Vences Valencia explicó que se necesita crear una estrategia de ciberseguridad que contemple la actividad en redes sociales, así como los tipos y modalidades de violencia ejercidas sobre las mujeres.

«Se hace necesario centrarse en las experiencias de las mujeres, para construir mecanismos de prevención, atención y sanción de este tipo de casos, además de dotar de nuevas facultades a las instituciones del Estado mexicano para poder implementarlos» -Julieta Kristal Vences Valencia

Asimismo, abordó la importancia de incluir la figura del sicariato digital, reconocida en 2023 como parte de un paquete de reformas en el Congreso del Estado de Puebla y se define como:

Actividad ilícita que realizan las empresas o personas contratadas ejercen violencia digital a través de perfiles y cuentas, así como acciones para violentar, atacar, humillar, calumniar, difamar, disminuir, amedrentar, amenazar, aterrorizar y ejecutar campañas negras en contra de una mujer que es pública y con presencia digital, a través del uso de la tecnología digital, las TIC, el internet, redes sociales y plataformas digitales.

Esto debido a que es posible identificar el sicariato digital vinculado con acciones para amendrentar, aterrorizar y ejecutar campañas de difamación en contra de las mujeres por medio de las tecnologías de la información, la cual ha surgido e incrementado a partir de la pandemia de Covid-19, por lo que se necesita de su regulación.

Durante la conferencia “Alto al sicariato digital” en la Cámara de Diputados que se llevó a cabo en 2023, se estableció que la violencia política en redes sociales no es solo un problema de género, sino de justicia, democracia y derechos humanos. Las nuevas formas de violencia digital afectan desproporcionadamente a las mujeres, por lo que se deben de reconocer en los marcos normativos, mencionó la diputada Julieta Vences Valencia.

De acuerdo con la iniciativa de la diputada federal, Julieta Kristal Vences Valencia de Morena, la iniciativa de proyecto busca reformar y adicional los artículos 20° Ter y 20° Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) para establecer y sancionar aquellas violencias digitales a las que se enfrentan las mujeres candidatas en temporada de elecciones.

De esta manera, se establecerán cuatro modificaciones a dichos artículos en los que se considerará violencia política en razón de género:

  1. Art. 20° Ter: la creación y difusión de campañas de difamación o generación de cuentas o perfiles falsos de redes sociales.
  2. Art. 20° Ter: manipular y difundir imágenes o sonidos creados o modificados a través del uso de inteligencia artificial, o que utilicen datos o declaraciones contextualizadas.
  3. Art. 20° Quáter: También se considerará el sicariato digital, el cual consiste en acciones realizadas por si o a través de interpósita persona, en la creación de cuentas o perfiles de redes sociales falsos, la creación y difusión de campañas de difamación, la sustracción y alteración de datos personales o la suplantación de identidad de una mujer para afectarla por medio de las tecnologías de la información, plataformas digitales, redes sociales o el uso de inteligencia artificial.
  4. Art. 20° Quáter: se entenderá por Tecnologías de la Información y la Comunicación aquellos recursos, herramientas y programas, incluyendo aquellos que utilizan a la inteligencia artificial.

Violencia digital como recurso contra las candidatas

En 2018, la organización LuchadorasMX reveló el informe “La violencia política a través de las tecnologías contra las mujeres en México”, en el que monitorearon denuncias de violencia política en medios electrónicos, redes sociales y su propio registro, encontraron 85 agresiones contra 62 candidatas en 24 estados del país.

Dentro de los registros de los Institutos Estatales Electorales sobre la violencia política, en muchos casos eran incompletos, por ejemplo, sólo 30% presentó datos desagregados por sexo, según expuso Anaíz Zamora, de Luchadoras.

Otros ejemplos señalaban ciertos ejercicios sexuales de las mujeres, o las trataban como objetos para placer y valoración de otros, generalmente la mirada masculina. En total, 62% de las agresiones tuvieron una razón de género.

Por mucho tiempo, se ha utilizado la violencia digital contra mujeres candidatas con la finalidad de desacreditarlas ante el electorado; sin embargo, la agresión está fundamentada bajo la violencia de género que trasciende al entrono digital.

Aquí se reproducen comportamientos discriminatorios y violentos contra las mujeres y la cual es promovida desde el anonimato que ofrecen las TICs. Trasladando así las violencias históricas que se han usado contra las mujeres al espacio digital.