#Artículo19 llama a autoridades a proteger al periodista Andrés Pérez por amenaza del alcalde de Cazones #Veracruz

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Ciudad de México, 14 de junio de 2025.– ARTICLE 19, Oficina Regional para México y Centroamérica hace un llamado a las autoridades del gobierno federal y del estado de Veracruz para que implementen medidas inmediatas y efectivas de protección para el periodista Andrés Pérez Mendiola, director del medio Portavoz Mx, quien fue amenazado directamente por el presidente municipal de Cazones tras publicar información de interés público relacionada con su administración.

Amenaza directa de una autoridad municipal

El viernes 6 de junio de 2025, a las 9:00 p.m., el periodista publicó en el sitio Portavoz Mx una nota informativa sobre el despido de personal en el ayuntamiento de Cazones, noticia que había venido investigando desde días antes. Tan solo 14 minutos después, recibió una llamada telefónica del presidente municipal, quien, molesto por la publicación, le dijo: “Ojalá nunca te pase nada”. Ante esta declaración, Andrés Pérez le preguntó si se trataba de una amenaza, a lo que el funcionario respondió: “Yo no amenazo, solo cumplo”.

El periodista le cuestionó si la información publicada era incorrecta, a lo cual el alcalde respondió evasivamente: “Tú debes de saber”. Pérez Mendiola reiteró que cada nota publicada por su medio se sustenta en una labor de verificación rigurosa. La información compartida por el periodista a ARTICLE 19 evidencia un intento directo de amedrentamiento por parte de una autoridad local contra un periodista que realiza su trabajo informativo de forma independiente.

Antecedente: amenaza previa tras cobertura electoral

Este hecho no es aislado. Apenas tres días antes, el 3 de junio de 2025, Andrés Pérez cubría una manifestación pacífica organizada por simpatizantes del partido Morena frente a las oficinas del Organismo Público Local Electoral (OPLE) en Poza Rica, quienes exigían transparencia en el recuento de votos. La cobertura fue transmitida en vivo desde su página de Facebook Andrés Mendiola Oficial, complemento de su trabajo en Portavoz Mx.

Durante la transmisión, documentó a un empresario simpatizante del partido Movimiento Ciudadano (MC), intentando generar violencia entre simpatizantes de MC y Morena. Esa noche, a las 11:19 p.m., comenzó a recibir mensajes con capturas de pantalla de una publicación anónima en el grupo de Facebook “Alertas Poza Rica” —con más de 130 mil miembros— que decía textualmente: “Andrés Mendiola, ya te vimos, toca levantón de nuevo”.

El periodista reportó inmediatamente esta amenaza a la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (CEAPP), solicitando orientación y la activación de protocolos de seguridad, ante lo cual se le otorgó acompañamiento a su domicilio con una patrulla. No obstante, tras ello, dicha instancia no ha otorgado otras medidas de protección y sólo aseguran que “siguen revisando el caso”.

El Estado debe garantizar su seguridad y el ejercicio libre del periodismo

Preocupa de sobremanera que autoridades municipales estén amenazando a periodistas en vez de garantizar el libre ejercicio de la profesión en acorde a su mandato. Y es también consternante que autoridades específicamente diseñadas para la protección de la prensa no hayan actuado ante las amenazas después de 10 días.

ARTICLE 19 recuerda que el derecho a la libertad de expresión incluye la posibilidad de investigar, publicar y difundir información sin temor a represalias. La amenaza de un funcionario público constituye un hecho de suma gravedad y debe investigarse con la debida diligencia.

En línea con los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la Corte Interamericana ha señalado que las y los funcionarios públicos, por su papel en la gestión de los asuntos públicos, están expuestos a un mayor nivel de escrutinio y crítica por parte de la sociedad. La Corte ha establecido que este control democrático, ejercido mediante la opinión pública, promueve la transparencia y la rendición de cuentas, y exige que los funcionarios sean más tolerantes frente a expresiones que puedan incomodarles o contradecirles.

En una sociedad democrática, deben protegerse no solo las expresiones bien recibidas, sino también aquellas que puedan resultar “chocantes, irritantes o inquietantes” para el poder, especialmente cuando se refieren a asuntos de interés público.

Dicha jurisprudencia refuerza el principio de que la labor de la prensa debe estar exenta de intimidaciones por parte del poder político.

Por ello, ARTICLE 19 exige:

Al Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que otorgue medidas de protección eficaces, adecuadas y con enfoque preventivo al periodista Andrés Pérez Mendiola, así como a su familia, considerando la gravedad de las amenazas recibidas, su labor informativa en una zona de riesgo y el contexto de reiteradas agresiones.

A la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), que atraiga el caso y garantice una investigación independiente, aplicando el Protocolo Homologado para Delitos contra la Libertad de Expresión.

A la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (CEAPP) a coadyuvar en las medidas de protección para el periodista y brinde acompañamiento integral, incluyendo protección para su entorno familiar y su medio de comunicación.