Avanza ley de salario mínimo. Beneficiaría a mujeres que subsisten de propinas en restaurantes y hoteles

*Escrito por Wendy Rayón Garay / Foto Unplash/

12.04.2025 Ciudad de México.- La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó el dictamen de la iniciativa que regula un salario mínimo y propinas en centros como restaurantes y hoteles del diputado federal Hugo Haces Barba de Morena. Ahora las mujeres que laboran en estos sectores podrán combatir las brechas salariales y obtener empleos en mejores condiciones.

La iniciativa aprobada parte de las condiciones de trabajo que ha generado el empleo informal, el cual es definido como aquellas «actividades realizadas por empresas sin personalidad jurídica que no están registradas bajo formas específicas de la legislación nacional, caracterizadas entre otros elementos, por un alto déficit de trabajo seguro y bien remunerado» por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En diciembre de 2024 se registró que la Población Económicamente Activa (en edad de conseguir un empleo) alcanzó los 60.8 millones de personas, de las cual la tasa de participación de mujeres fue de 46%. Asimismo, la población ocupada llegó a los 59.3 millones en donde hubo 24.6 millones de mujeres. De ellas, la tasa de informalidad en la que algunas laboran llegó a ser de 54.2%, según la Encuesta Nacional de Ocupación de Empleo (ENOE).

Laura

Mientras estudiaba una licenciatura en Psicología, Laura Leñero trabajó como cantante en diversos restaurantes donde ha visto de primera mano cómo funciona el sistema de propinas. Desde su experiencia, cada recinto se maneja de distinta manera y dentro de los salarios más bajos que llegó a percibir obtuvo $150 pesos por una jornada de 8 horas, mientras que lo máximo que ganó fueron $300 pesos por hora.

La razón de su escaso sueldo es que las verdaderas ganancias se obtienen de las propinas. Según comentó a Cimacnoticias, las y los cantantes en los restaurantes suelen trabajar de manera separada que las meseras y meseros, por lo que las propias que se recolectan cada hora están destinadas exclusivamente para ellos.

Para ella, un «buen día» es cuando trabaja en eventos, hay mucha gente, es quincena o en el mes de diciembre, ya que puede generar hasta $1000 pesos de propina por día para ella sola y $3,000 mil pesos en conjunto con sus compañeros cantantes.

Para Laura, trabajar en estos lugares le ha generado más dinero que laborando en la carrera que estudió y lo mismo ha observado en el resto de las compañeras y compañeros que se dedican a cantar en restaurantes y a la mayoría le alcanza para cubrir los gastos básicos (renta, comida, etc.) según explicó.

Cinthya

En el caso de Cinthya Muñoz es diferente, ella trabaja los fines de semana como mesera para “Birrieria Don Memo”, ubicado en la Agrícola Oriental, en donde tiene que dejar el 20% de sus propinas para que sean repartidas entre los cocineros y bartender.

Sin embargo, al igual que muchas meseras que trabajan en la informalidad, su salario es de $280 pesos al día y tampoco cuenta con contrato, por lo que gran parte de su sueldo depende de las propinas y desde su experiencia si ella quisiera independizarse y desarrollarse en este empleo no cree que las ganancias obtenidas sean suficientes para sostenerse económicamente.

Esta situación apunta una realidad latente en México donde los ingresos de las mujeres que se dedican a trabajar en lugares como restaurantes, hoteles, centros deportivos, de entretenimiento, estaciones de combustible y otros establecimientos análogos, dependen esencialmente de las propinas al no contar con un salario o que este no compense económicamente la labor que realizan.

«Llegué a escuchar restaurantes donde no te pagaban nada, pero pues dan permiso de pedir propina o te dan una comida, por ejemplo, pero sí, siempre tu ingreso es mayor en propinas, al menos como cantante»- Laura Leñeros

La informalidad del empleo

El empleo informal expone a las personas a condiciones de trabajo inseguros; jornadas laborales extensas; ingresos irregulares, variables o más bajo que en el empleo formal; nulo pago de las contribuciones a la seguridad laboral social; y otras obligaciones obrero-patronales.

De acuerdo con la iniciativa, estos casos se presentan en empresas que combinan la utilización de trabajadores formalmente contratados con trabajadores informales con quienes no hay una relación laboral establecida mediante contrato. Bajo este esquema, las personas trabajadoras no están representadas ni pueden ejercer el derecho a la negociación colectiva y aunque es una práctica que afecta a todos por igual, es una realidad que se vulnera aún más a las mujeres.

Por ejemplo, existe una falta de protección social y derechos laborales donde carecen de acceso a seguridad social, pensiones, seguros de salud y licencias por enfermedad remuneradas. La ausencia de derechos laborales las deja desprotegidas ante enfermedades, accidentes laborales y en la vejez. Las trabajadoras informales enfrentan condiciones laborales inseguras, incluyendo riesgos de acoso sexual y violencia. La falta de regulaciones y supervisión en el sector informal agrava esta situación.

La combinación de bajos ingresos, falta de protección social y condiciones laborales precarias perpetúa un ciclo de pobreza y exclusión para las mujeres en la economía informal, limitando sus oportunidades de desarrollo personal y profesional. Para dimensionar esta problemática, Data México ejemplifica la fuerza laboral en sectores como hoteles y restaurantes de la siguiente manera:

Empleo Personas laborando Por sexo Salario Informalidad
Meseras y meseros 661 mil personas 49.1% de la población ocupada fueron mujeres y el 50.9% fueron hombres. El salario promedio fue de $6.63mil pesos en hombres y $4.23 mil pesos en mujeres. La informalidad laboral de Meseros alcanzó un 69.6%
Mozas y mozos en hotel y restaurantes 95 mil personas 39.6% de la población ocupada fueron hombres y 60.4% fueron mujeres. El mayor salario promedio fue de $6.96 mil pesos recibidos por mujeres de 45 a 54 años, mientras que los hombres de 25 a 34 años recibieron $8.05 mil pesos La informalidad laboral de Mozos de Hotel y Restaurante alcanzó un 49.5%
Cocineras y cocineros 346 mil personas 41.7% de la población ocupada fueron hombres y 58.3% fueron mujeres. El mayor salario promedio fue de $8.94 mil pesos recibidos por hombres de 35 a 44 años, mientras las mujeres de 15 a 24 años recibieron $6.36 mil pesos La informalidad laboral de Cocineros alcanzó un 41.9%

Un ejemplo emblemático provocado por la informalidad de los empleos es el sistema de propinas, el cual se considera como retribución de los clientes de manera voluntaria en agradecimiento por un buen servicio recibido que está reconocida por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos ante la necesidad de analizar otras situaciones de desprotección laboral y social que no entran en el marco del sector informal.

La propina voluntaria está respaldada por artículo 346 vigente de la Ley Federal del Trabajo, así como en fracciones 1 y 2 del artículo 6 del Convenio 172, adoptado ratificado por México, sobre las Condiciones de Trabajo en los Hoteles, Restaurantes y Establecimientos Similares, aprobado en 1991 durante la Conferencia General de la OIT en Ginebra, Suiza.

Estas disposiciones fueron armonizadas en la reforma laboral de 2019 y de la cual la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció la responsabilidad del empleador de llevar un registro preciso y fidedigno de las propinas, ya que son parte integral del salario. Sin embargo, la realidad es que en este sistema se ha usado como salario y los empleadores incluso se han llevado parte de esa ganancia extra, apuntó la iniciativa.

Ante este panorama, la iniciativa establece la necesidad de garantizar salarios mínimos de todas las y los trabajadores de hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, estaciones de combustible y otros establecimientos análogos.

La iniciativa

La iniciativa, aprobada por la Comisión de Trabajo y Prevención Social de la Cámara de Diputados, busca reformar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Comenzando por el articulo 90° en donde se establecerá que, el salario mínimo no será remplazado por las propinas o algún tipo de gratificación voluntaria. En cambio, las y los trabajadores tendrán que recibir un salario mínimo no menos al vigente y donde las propinas serán consideradas complementos del salario.

En el capítulo XIV de esta ley, dirigido a los hoteles, restaurantes, bares y establecimientos análogos, se contemplará a las empresas deportivas, de entretenimiento y estaciones de combustible en donde se aplicarán las nuevas modificaciones. Sobre ese mismo apartado, se agregaron las siguientes modificaciones:

  • Art. 346°: Las personas empleadoras no podrán adueñarse de las propinas de las y los empleados. Estas deberán repartirse equitativamente entre quienes las generen.
  • Art. 347°: Las propinas son un porcentaje voluntario del consumo total considerada como un estímulo o gratificación por la calidad del servicio.
  • Art. 348°: La alimentación que se proporcione a las y los trabajadores de los hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, estaciones de combustible y otros establecimientos análogos deberá ser abundante y nutritiva. Asimismo, su protección y seguridad deben estar apegadas a las Normas Oficiales respectivas.
  • Art. 350°: Los Inspectores de Trabajo tienen la atribución de vigilar la alimentación que se proporciona a las y los trabajadores, el reparto equitativo de propinas y que se respeten las normas de seguridad y protección correspondiente.