Busca crear Comité de Atención a la Violencia Política Contra las Mujeres en Ámbito Parlamentario

 

• La diputada Pérez Valdez (PRD) impulsa reformas a tres ordenamientos sobre el funcionamiento de la Cámara

• Hay que ser precursores de la inclusión, igualdad, equidad y erradicación de la violencia, añadió

08/07/2022/ Ciudad de México.-  Luego de que se ha denunciado violencias contra mujeres incluso desde la mesa directiva en San Lázar,  en este periodo la diputada Elizabeth Pérez Valdez (PRD) planteó crear el Comité de Atención a la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género en el Ámbito Parlamentario, cuya finalidad es prevenir y sancionar actos, acciones u omisiones, por parte de legisladoras y legisladores.

En una iniciativa, enviada para dictamen a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con opinión de la Comisión de Igualdad de Género, menciona que entre las atribuciones del Comité está la de conocer de las quejas que se presenten contra las y los diputados por utilizar lenguaje, gestos o cualquier tipo de comunicación con presencia de estereotipos por el hecho de ser mujer, o cualquier expresión que pretenda denostar o violentar a las legisladoras.

También prevenir la comisión o realización de actos, acciones u omisiones que generen violencia política contra las mujeres en razón de género por parte de las diputadas y los diputados.

Se define a la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género en el Ámbito Parlamentario, como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas.

Además, se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de ser mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.

Menciona que cuando el Comité resuelva que algún legislador o legisladora ejerció violencia hacia una mujer por razones de género, deberá disculparse personal y públicamente a través del Canal del Congreso y cursar, obligatoriamente, un taller de sensibilización en la materia ante el Instituto Nacional de las Mujeres u otra institución análoga; remitirá la constancia a este Comité en un lapso que no podrá ser mayor a seis meses a partir de la notificación.

El Comité se integraría e instalaría dentro del primer mes de cada año de ejercicio constitucional de la legislatura de que se trate, y sesionará, al menos, una vez al mes de manera ordinaria y de manera extraordinaria las veces que sea necesario, cuando se estén desahogando procesos de investigación.

La iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General, del Reglamento de la Cámara de Diputados y del Código de Ética de la Cámara de Diputados, menciona que este Comité estaría conformado por una diputada representante de cada grupo parlamentario.

Su integración sería: una presidenta y dos secretarias electas por el Pleno de la Cámara; una vicepresidenta, quien podrá sustituir a la Presidenta del Comité en sus ausencias. La presidenta, vicepresidenta y las secretarías durarían en su encargo un año legislativo y electas por la mayoría de las y los integrantes de la Cámara de Diputados, a propuesta de la Junta de Coordinación Política.

La diputada Pérez Valdez indica que al ser este Poder Legislativo el creador e impulsador de las normas que buscan erradicar la violencia en razón de género ante las instituciones y frente a la ciudadanía, resulta acorde la modificación de la normatividad con la finalidad de ser precursores de la inclusión, la igualdad, la equidad y la erradicación de la violencia.

Argumenta que los ámbitos de competencia del Comité serían los debates parlamentarios, entrevistas, discursos o cualquier actuación pública en la que una diputada o diputado intervenga.

Además, vigilará, investigará y se pronunciará sobre la utilización de lenguaje, gestos o cualquier tipo de comunicación que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de la mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas.

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