* La separación del cargo no es definitiva, por el momento, advirtió.
Redacción/
Xalapa, Ver. 4 septiembre 2019.- El coordinador de la fracción párlamentaria de Morena, Juan Javier Gómez Cazarin, aclaró que la separacion del cargo temporal de Jorge Winckler Ortiz como Fiscal General del Estado “no se trata de una destitución definitiva hasta el momento”.
El coordinador de la bancada de Morena, Ģómez Cazarin, dejó en claro que el acuerdo emitido por la diputación permanente se sustenta en “ideales republicanos”.
“Donde ponderamos el interés colectivo por encima de lo individual. Buscamos brindar certeza jurídica paz y seguridad a Veracruz, respetando los derechos fundamentales de la ciudadanía”,sostuvo.
El legislador señaló que el congreso en su carácter de representante popular tiene facultades para remover a los titulares de órganos autónomos.
“Y más cuando han sido impuestos a modo por gobernantes del pasado que le mintieron y engañaron al pueblo veracruzano como las pasadas administraciones estatales”.
El diputado morenista definió que de conformidad con el artículo 123, apartado b, fracción décima tercera de la constitución federa pecisó que los agentes del ministerio público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la federación, las entidades federativas y los municipios podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones o pueden ser removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de su función”.
En co fetencia de prensa el presidente de la Jucopo refirió que la diputación permanente tomó una medida cautelar “dada la gravedad urgencia y necesidad de evitar daños irreparables a derechos fundamentales de las veracruzanas y los veracruzanos en materia de procuración de justicia, tutela judicial efectiva y seguridad pública”, toda vez que la fiscalía general del estado se encuentra ubicada en el penúltimo lugar del índice estatal de desempeño de las procuradurías y fiscalías 2019, según datos aportados por el proyecto Impunidad Cero.
Citó que la medida no es definitiva, sino el inicio de un procedimiento con garantías constitucionales de audiencia y ofrecimiento de pruebas.
“Cabe destacar que todos tenemos derecho de comparecer ante los tribunales, en tal supuesto serán los órganos jurisdiccionales los encargados de resolver las dudas jurídicas del caso” ssrveró.
El fiscal fue nombrado el 30 de diciembre del 2016, fecha en que debió acreditar el trámite de certificación ante el centro Nacional de certificación y acreditación , por tanto suponiendo que tuviera registro, tenía hasta el 30 de junio del 2019 para validar su revalidacion en términos de los artículos 67 y 68 de la ley general del sistema Nacional de seguridad y 219 y 220 de la ley del sistema estatal de seguridad pública.
Cabe recordar que el decreto del 18 de junio del 2010 2008 que reforma los artículos 21 y 123 constitucionales estableció que la seguridad pública consiste en la prevención investigación y persecución de los delitos a cargo de las instituciones policiales como del ministerio público.
La citada reforma estableció indicó, que ninguna persona de seguridad pública, si no ha sido debidamente certificada y registrada en el sistema correspondiente, no podrá ingresar y permanecer en las instituciones.
Al respecto al certificado tendría por objeto acreditar que el servidor público es apto para ingresar o permanecer en las instituciones de procuración de justicia y que cuenta con los conocimientos el perfil las habilidades y las actitudes necesarias, concluyó.