CFE insulta al PRI por demandar que finalice con los cortes de electricidad en abusos de tarifas

¨Defienden los cortes por cobro excesivos en sus tarifas.

*Ciudadanos denuncian que en la reconexión está la ganancia de la CFE ya que se lleva millones de pesos.

13 de julio de 2020 /Efraín Kleriga/MXPress. -El monopolio estatal de la electricidad en México atacó en un comunicado oficial a la fracción del PRI en la Cámara de Diputados y calificó de “desfachatez”, “ignorancia (o malicia)”, “cinismo” e “ insensibilidad”,  la  exigencia de que “suspenda los cortes del servicio eléctrico en los hogares mexicanos”

“Exhibiendo ignorancia (o malicia) no reconoce el acuerdo entre la CFE y la Secretaría de Hacienda que establece que, pese al incremento del consumo eléctrico en los hogares del país, producto del confinamiento, estos permanecerán con el subsidio gubernamental que, en condiciones normales, los llevaría a pagar tarifas de alto consumo (DAC)”,dice el comunicado.

Además de atacar a las instituciones democráticas lo que es falta que amerita Juicio Político el Coordinador de Comunicación Corporativa de la CFE, Luis Bravo Navarro, en su calidad de funcionario público, miente al decir que de no otorgar “el subsidio gubernamental”, los usuarios deberían pagar tarifas de alto consumo.

La Tarifa DAC o De Alto Consumo se aplica a usuarios domiciliarios sólo después de 12 meses en que se ha excedido el consumo promedio establecidos por la CFE en la zona tarifaria, lo que no sería aplicable en la cantidad de meses que lleva el confinamiento.

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De 2019 a 2020 las tarifas domiciliarias de electricidad subieron entre 3.6 para los consumos más altos y 4.2 por ciento para los consumos más reducidos, por lo que el subsidio gubernamental haya permanecido y solamente fue ajustado para las nuevas tarifas.

En cuanto el llamado subsidio gubernamental, se refiere solamente  a un descuento escalonado en el precio del kilowatt hora consumido, el  cual no se otorga a las tarifas clasificadas como de Alto Consumo.

La CFE ha realizado los cortes irregularmente porque no ha dado aviso previo al corte de los servicios, como lo puntualiza el artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (Lspee) y hay jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia en el sentido de que es inconstitucional realizar el corte sin dar el aviso.

Boletín CFE

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(Lspee) “Artículo 26.- La suspensión del suministro de energía eléctrica deberá efectuarse en los siguientes casos (…)I.- Por falta de pago oportuno de la energía eléctrica durante un período normal de facturación; (…) En los supuestos a que se refieren las fracciones I, III y IV que anteceden, se deberá dar aviso previo”.

El artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, señala que son sujetos, causas de juicio político y sanciones las conductas que: “Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho: I.- El ataque a las instituciones democráticas”, en este caso el Congreso de la Unión, representado por una de sus fracciones parlamentarias.

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