*Escrito por Wendy Rayón Garay .
08.04.2025 /Cimac Noticias.com/ Ciudad de México.- La iniciativa en materia de desapariciones de la presidenta Claudia Sheinbaum se ha jactado de ser novedosa por lo que puede resultar confuso, por ello el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro-Juárez (Centro Prodh), revira y reafirma que no aborda la búsqueda inmediata y solo se trata de una estrategia que pretende limpiar la imagen de su gobierno ante el caso Teuchitlán, el cual «se salió de las manos, no supieron desde el Estado mexicano dar una respuesta».
Afirman que el problema actual es que, estas medidas no se adaptan a las necesidades reales por lo que no se resuelve la crisis de desaparecidos.
De acuerdo con el Centro Prodh, la iniciativa de Claudia Sheinbaum Pardo no aborda la búsqueda inmediata y de campo, y tampoco aborda las células de búsqueda municipales. Tampoco reforma a las fiscalías, al Sistema Nacional de Atención a Víctimas o ayuda a las Comisiones de Búsqueda, no fortalece los mecanismos extraordinarios de identificación forense, del Centro Nacional de Identificación Humana o los centros regionales de identificación humana. No se destinan más recursos económicos del presupuesto o la participación de familias en la creación de políticas de búsqueda y en la misma reforma que está en procedimiento legislativo.
Hay que recordar que la reforma de Claudia Sheinbaum Pardo busca reformar la Ley General en materia de desaparición y la Ley General de Población.
En la primera se contempla que se creará una nueva plataforma de datos que tiene la finalidad de hacer un cruce de distintos datos de información como anteriormente se tenía previsto que funcionara otros sistemas de información como el Banco Nacional de Datos Forenses. Esta nueva plataforma contendrá datos vinculados a la CURP y datos biométricos.
Entre los beneficios con la nueva ley es la existencia de pruebas de carácter forense para pueda combatir la crisis porque pasan mucho tiempo antes de encontrar datos genéricos o específicos de identificación de personas. Esto reduce el tiempo de búsqueda, uno de los objetivos de las familias buscadoras que por años han luchado para que se identifique con mayor velocidad.

Por otra parte, la nueva reforma permitirá incidir en la investigación que le corresponde a las Fiscalías, aunque retoma algunas resoluciones ya establecidas en la Ley General con un «fraseo distinto», según apuntó el Centro Prodh. Con esta ley se recalca que deben existir Fiscalías especializadas en materia de desaparición, así como personal capacitado y una base de datos de indicios criminalísticos, medidas que ya existían anteriormente.
La Ley también señala que debe existir mayor coordinación entre autoridades. Por ejemplo, el Sistema Nacional de Búsqueda debe tener reuniones trimestrales; se debe crear una interconexión obligatoria entre los bancos de datos forenses de los estados; y las Fiscalías especializadas deben estar invitadas a los procesos de búsqueda.
En cuanto a la prevención y regulación, el Centro Prodh mencionó que existen nuevos incentivos para que los procesos penales avancen en busca de encontrar a los responsables de las personas que cometieron la desaparición como la reducción de penas cuando un testigo que se le acusa de un delito de información sobre el paradero de una persona desaparecida y la obligación de digitalizar los registros de panteones y fosas en un plazo de 180 días.
De acuerdo con el Centro Prodh, no existe certeza de cómo va a funcionar en realidad las propuestas de la iniciativa a reforma. Por lo que, invitaron a que los colectivos de búsqueda que se reunirán con Rosa Icela Rodríguez, secretaria de Gobernación, ayuden a aterrizar y a plantear una ruta a seguir sobre el funcionamiento de estas herramientas.

Las preocupaciones de la iniciativa
En primera instancia, el Centro Prodh destacó que la iniciativa de Claudia Sheinbaum Pardo tuvo que haber consultado con las familias antes de presentarla al Congreso como lo establece el principio de participación conjunta de la Ley General, el cual dicta que se debe escuchar la voz, preocupaciones y propuestas de las familias de las personas desaparecidas.
Además, la narrativa oficial ha minimizado la responsabilidad estatal. La exposición de motivos de la iniciativa señala que actualmente las desapariciones forzadas anteriormente tenían la participación directa de las autoridades en el Siglo XX y desde el 2006 esta situación ha cambiado, pues quien desaparece es solo el crimen organizado y no el Estado:
«En México durante la guerra sucia, la desaparición forzada de personas era perpetrada por agentes del Estado. En la actualidad la comisión de este delito ha mutado y ahora la desaparición está vinculada con la delincuencia organizada y es cometida por particulares» -Fragmentó sacado de la iniciativa de reforma de Claudia Sheinbaum.
Para el Centro Prodh esta afirmación es grave, ya que contradice lo que estableció el Comité contra las desapariciones forzadas de la ONU que señaló en su informe de visita en el año 2022 cuando mencionó la responsabilidad del Estado de manera directa e indirecta:
«Aunque el discurso prevalente en ni círculos oficiales tiende a negar o diluir la responsabilidad del Estado parte, alegando que la mayoría de las desapariciones son perpetradas por particulares principalmente vinculados a la venganza organizada, el comité ha recibido muchas alegaciones que insisten en la responsabilidad directa o indirecta del estado, teniendo en cuenta los patrones de desapariciones que se producen en el país» –Fragmentó sacado del informe de la ONU del 2022 en su visita a México
Al minimizar la responsabilidad del Estado se hace una incomprensión por parte del gobierno federal: «No pueden hacer frente a una crisis que no entienden o que no quieren asumir la responsabilidad y los costos de entenderla correctamente», explicó el Centro Prodh.

En segundo lugar, cabe la posibilidad de que, con el registro o sistema único de registro de carpetas de investigación, que integra las carpetas de toda la República Mexicana, se reduzcan las estadísticas de personas desaparecidas en la narrativa como una estrategia, ya que, aunque actualmente ya haya más de128 mil personas desaparecidas, no quiere decir que existan esa misma cantidad de carpetas de investigación gracias al miedo de las familias por iniciarla.
Actualmente la Ley General preveía la idea de un reporte como una forma que no fuera una denuncia, sino de hacer conocimiento de la autoridad sobre una desaparición para hacer una búsqueda inmediata. Asimismo, la idea de que exista una Comisión de Búsqueda en las que las familias pudieran confiar se elimina con la iniciativa de Claudia Sheinbaum cuando la única opción para activar la búsqueda se reduce a comenzar una carpeta de investigación.
«Sobre todo, pues que quieran reducir a las personas desaparecidas a una carpeta. Cuando en realidad (…) las personas desaparecidas no son carpetas de investigación (…) Que se pretenda mirar la crisis de desaparición solo en términos del número de personas o el número, va a dar igual si siguen intentando desde el gobierno federal esta estrategia de intentar reducir la cifra» -Centro Prodh
Por otro lado, desde siempre se ha señalado que las bases de datos que existen en nuestro país sobre personas desaparecidas no son accesibles para las familias buscadoras, pero que su uso libre pude resultar peligroso como el uso del espionaje, una práctica empleada contra personas defensoras de derechos humanos.
Asimismo, también hay omisiones en el fortalecimiento de las comisiones de búsqueda, siendo que siempre han estado en condiciones de desventaja y de menor poder frente a las fiscalías porque son menores personas y cuentan con menor presupuesto causando peleas entre comisiones de búsqueda y las fiscalías.

Para el Centro Prodh, se debe fortalecer para que sí se busquen las personas desaparecidas y que sean un contrapeso y vigilancia para las fiscalías. La reforma actual, no les pone mayores controles y restricciones a las fiscalías, lo que se traduce a que «pareciera que se ponen de lado de las fiscalías, según señaló la organización.
Además, mencionaron una preocupación, ya que se menciona que, las Comisiones de búsqueda tendrán que entregar información a la fiscalía siguiendo el protocolo de cadena de custodia. Esto está mal planteado porque la información no es un objeto como la evidencia de un caso que sí debe seguir una cadena de custodia.
«Lo que entenderíamos es que se está utilizando el lenguaje de la ley para amenazar a las comisiones de búsqueda de que tengan que ser más cuidadosas. Es una especie de advertencia en la forma en la que acompañan a los colectivos de familias de personas más desaparecidas, porque pueden caer en alguna irregularidad» -Centro Prodh
Aunque la cadena de custodia es un elemento importante, es peligroso que sea una regla exclusiva para las comisiones de búsqueda siendo que debe ser aplicada en todas las autoridades que intervengan en una escena. «ya sabemos que quienes siempre han terminado o quienes en muchas ocasiones han terminado perdiendo evidencia, contaminando la evidencia, eliminando la evidencia son las propias fiscalías», apuntó el Centro Prodh.

Finalmente, los plazos para cumplir obligaciones a las instituciones no establecen las consecuencias de incumplir con el tiempo establecido. Por ejemplo, a 6 años de que la Ley General ordenara la creación del Banco Nacional de Datos Forenses, el cual debía de estar en funcionamiento en febrero de 2019, apenas se dio un plazo extra de 90 días: «¿Y qué va a pasar si no cumple 90 días? Nada», expresó el Centro Prodh.
Para el Centro Prodh, el gran problema con la crisis de personas desaparecidas no tiene que ver con la ley, ya que esta era suficiente para arrancar una política nacional de búsqueda, investigación e identificación de personas con todos los recursos disponibles. A 8 años de su creación, no se han cumplido.
Los cambios únicamente van a provenir de la voluntad política de las autoridades que no se está demostrando, pareciera más bien un distractor para desenfocar lo importante: ¿con qué presupuesto vamos ahora a buscar a las personas desaparecidas?, ¿cómo vamos a fortalecer las instituciones que hacen la búsqueda?, ¿cómo vamos a cambiar estas fiscalidades que están podridas desde dentro?, ¿cómo vamos a cambiar la forma de enfrentar la inseguridad en México? Esas preguntas no están respondidas acá. -Centro Prodh
El proceso para la aprobación de la iniciativa de Sheinbaum
De acuerdo con Carlos del área de protección del Centro Prodh, a raíz de hallazgo en el rancho Izaguirre, en Tuxtepec, Jalisco, y de la serie de críticas que se hizo al gobierno oficial; el tema de personas desaparecidos cobro relevancia en la agenda presidencial. Por ello, Claudia Sheinbaum Pardo envió al Senado de la República una iniciativa de reforma al considerar que la ley actual no es una herramienta suficiente para combatir el problema de personas desaparecidas.
Esta iniciativa principalmente tiene dos ejes: reformar la Ley General en materia de desaparición y la Ley General de Población. A partir de esto, el 1 de abril, el Senado de la República recibió la iniciativa para comenzar el proceso legislativo conformado por la presentación de iniciativa, discusión y aprobación, sanción o veto presidencial y publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En México, algunas personas tienen la facultad de crear iniciativas para modificar las leyes, entre ellos están la presidencia de la República, el congreso (conformado por la Cámara de Diputados y Senadores), legislatura de los estados y los ciudadanos, aunque estos últimos posen varios candados de filtro.
Una vez presentada la iniciativa, esta se va a alguna de las dos cámaras donde se revisa, para posteriormente ser revisada por la segunda cámara. En esta iniciativa en materia de desaparición, primero se discutirá en el Senado y después en la Cámara de Diputados. Ahora mismo, la conversación de la iniciativa se divide en dos momentos: por las comisiones (un grupo reducido de senadores que votaran para su continuación) y por el Pleno (donde están el número total de senadoras y senadores).
Cuando llegue a la Cámara de Diputados parará por los mismos procesos de revisión en las comisiones y en el Pleno. De acuerdo con Carlos del área de protección del Centro Prodh, normalmente las comisiones que se encargan de este tema son Gobernación, Puntos Constitucionales o Derechos Humanos para garantizar que esas visiones se vean plasmados en la ley. Al aprobarse es remitida a la presidencia de la República para su aprobación y posteriormente se publica en el Diario Oficial de la Federación.

Conocer este proceso, puede ayudar la población, colectivos, organizaciones de la sociedad civil y familias a encontrar el momento para incidir en el proceso legislativo, ya que estas leyes van en relación para que funcione el sistema de justicia y el mecanismo de búsqueda de personas desaparecidas que actualmente no están ayudando. Quien mejor los conoce son las víctimas indirectas o familiares quienes a diario realizan labores de búsqueda al acudir a las fiscalías y fosas clandestinas para su exploración.
Actualmente, la Ley General en materia de desaparición usa el principio de participación conjunta que obliga a las autoridades a permitir que las personas buscadoras sean incluidas en los procesos de identificación desde cuestiones particulares acción de búsqueda) hasta generales (iniciativa de ley) llegando a incidir en la creación de políticas públicas.
Debido a los señalamientos de madres buscadoras sobre la iniciativa de reforma de la presidenta Claudia Sheinbaum en donde se evidenció el desconocimiento de la ley actual, se le ordenó a Rosa Icela Rodríguez Velázquez, secretaria de Gobernación a reunirse con las madres buscadoras para escuchar sus necesidades y propuestas que serán enviadas a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Senado, siendo este el momento perfecto para incidir en la reforma, según comentó Carlos del área de protección del Centro Prodh.