*El organismo advierte que ridiculizar el envejecimiento desde una plataforma pública puede reforzar prejuicios y prácticas discriminatorias contra las personas mayores.
07.08.2026 Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) abordó la polémica protagonizada por las diputadas locales de Puebla Nayeli Salvatori Bojalil y Grace Palomares Ramírez, al considerar que las expresiones con las que se burlaron del envejecimiento no pueden justificarse como una simple ocurrencia, una broma o una manifestación de humor.
En un pronunciamiento, el organismo nacional manifestó su preocupación por los comentarios difundidos por las legisladoras en un espacio digital, donde hicieron referencias despectivas hacia personas mayores, entre ellas expresiones como que los hombres de edad avanzada “huelen a baúl” y que “se están pudriendo”.
Para la CNDH, este tipo de expresiones constituyen una forma explícita de edadismo, término utilizado para identificar los prejuicios, estereotipos y actos de discriminación relacionados con la edad. El organismo sostuvo que las declaraciones rebasan los límites de una opinión desafortunada y pueden convertirse en discursos que estigmatizan a un sector de la población cuya dignidad y derechos están protegidos tanto por la legislación mexicana como por instrumentos internacionales.
El señalamiento adquiere una dimensión particular debido a que quienes emitieron los comentarios ocupan cargos de representación popular. No se trata, por tanto, únicamente de la conducta de dos personas en redes sociales, sino de expresiones realizadas por integrantes del Poder Legislativo de Puebla, cuya responsabilidad pública implica también observar los principios de igualdad, no discriminación y respeto a los derechos humanos.
La CNDH reclamó al Congreso de Puebla asumir una posición institucional frente al episodio y establecer códigos éticos rigurosos que impidan que sus integrantes utilicen discursos discriminatorios en espacios públicos o plataformas digitales.
El organismo también consideró insuficiente que una controversia de esta naturaleza se cierre únicamente con una retractación o disculpa motivada por la presión pública. Su argumento es que las expresiones discriminatorias tienen consecuencias más amplias porque pueden contribuir a normalizar la exclusión, la burla y el maltrato hacia las personas mayores.
La discusión no parte de una ausencia de protección legal. México cuenta desde 2002 con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, cuyo propósito es garantizar a este sector, entre otros derechos, la integridad, dignidad y un trato sin discriminación.
La legislación establece que ninguna persona adulta mayor puede ser marginada o discriminada en espacios públicos o privados por razones como la edad, condición de salud, discapacidad, género, religión, opiniones o cualquier otra circunstancia que atente contra la dignidad humana y tenga como consecuencia anular o menoscabar sus derechos y libertades.
Esto significa que el debate sobre los comentarios de las legisladoras no se reduce a determinar si fueron de buen o mal gusto. La cuestión de fondo es qué ocurre cuando un estereotipo sobre la vejez se expresa desde una posición de poder y se difunde públicamente ante una audiencia masiva.
La propia CNDH plantea que la dignidad no disminuye con el paso de los años y que presentar el envejecimiento como algo repulsivo, vergonzoso o degradante contribuye a construir una imagen negativa de quienes forman parte de este grupo de población.
México, además, asumió compromisos internacionales específicos en esta materia. En 2023 el país ratificó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada en el marco de la Organización de los Estados Americanos en 2015. El instrumento entró en vigor para México el 27 de abril de 2023.
La Convención reconoce a las personas mayores como sujetos plenos de derechos y establece obligaciones para los Estados encaminadas a garantizar su igualdad, dignidad, autonomía, participación e inclusión social, además de prevenir situaciones de discriminación, abandono, abuso y violencia.
La importancia de hablar de edadismo
El término edadismo no se refiere únicamente a insultar a una persona por ser mayor. Comprende un conjunto mucho más amplio de ideas y comportamientos que reducen a las personas a su edad y les atribuyen características negativas por encontrarse en determinada etapa de la vida.
El problema puede aparecer en el empleo, en los servicios de salud, en las relaciones familiares, en los medios de comunicación, en la publicidad, en las instituciones y también en las conversaciones cotidianas.
La burla sobre el aspecto físico, la capacidad, la productividad, la sexualidad, la autonomía o el envejecimiento puede alimentar estereotipos que terminan justificando un trato desigual.
Por eso la discusión provocada por las diputadas poblanas ha adquirido una dimensión distinta a la de una controversia pasajera en internet. La CNDH sostiene que cuando este tipo de mensajes son pronunciados por representantes populares pueden contribuir a legitimar socialmente actitudes que las propias leyes buscan erradicar.
El mensaje resulta particularmente relevante en un país cuya población está envejeciendo. De acuerdo con las proyecciones demográficas y con la información oficial utilizada para las políticas públicas, México atraviesa una transformación demográfica caracterizada por un aumento progresivo de la población de 60 años y más.
La vejez, por tanto, no constituye una condición ajena al resto de la sociedad. Es una etapa de la vida hacia la que transitará una proporción cada vez mayor de la población.
Desde esa perspectiva, las expresiones que presentan el envejecimiento como algo vergonzoso o desagradable no solamente afectan a quienes actualmente son personas mayores. También reproducen una idea negativa sobre una condición que forma parte del ciclo de vida humano.
El episodio surgió a partir de un contenido difundido en redes sociales en el que participaron las legisladoras poblanas y otras personas. Las expresiones generaron críticas debido a las referencias utilizadas para hablar de hombres de mayor edad.
Las reacciones se multiplicaron en plataformas digitales y posteriormente el asunto llegó al terreno institucional. La polémica ya no quedó limitada a usuarios que cuestionaban o defendían a las diputadas, sino que involucró a organismos públicos encargados de la defensa de los derechos humanos.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla también había fijado previamente una postura frente al caso, señalando la importancia de evitar expresiones discriminatorias contra las personas mayores. La existencia de organismos de derechos humanos a nivel estatal y nacional permite que este tipo de hechos sean analizados desde una perspectiva distinta a la confrontación política o partidista.
La CDH Puebla es un organismo público autónomo encargado de conocer quejas por presuntas violaciones a derechos humanos cometidas por autoridades locales y servidores públicos, con excepción del Poder Judicial estatal. Su misión incluye la promoción, protección y defensa de los derechos humanos y la dignidad de las personas.
En este contexto, el llamado de la CNDH al Congreso poblano apunta a una cuestión institucional: la responsabilidad de los legisladores no termina cuando abandonan la tribuna. Su comportamiento público, incluidas sus intervenciones en redes sociales, también puede tener consecuencias en la percepción social de determinados grupos.
La libertad de expresión no es una licencia para discriminar
Uno de los argumentos que suele aparecer en controversias de esta naturaleza es el derecho a la libertad de expresión. Y, en efecto, este derecho constituye una pieza esencial de cualquier democracia.
Pero la libertad de expresión convive con otros derechos fundamentales. La propia legislación mexicana establece límites cuando determinadas conductas afectan la dignidad o los derechos de otras personas.
La discusión jurídica, por ello, no consiste en decidir si una persona puede hacer una broma o emitir una opinión incómoda, sino en determinar cuándo una expresión deja de ser una opinión y comienza a reproducir una práctica discriminatoria o a vulnerar derechos.
La CNDH sostiene que presentar las expresiones cuestionadas como simples bromas o comentarios realizados en un contexto informal no elimina su impacto.
El argumento cobra especial relevancia cuando quien habla es una persona que ocupa un cargo de elección popular. Una diputada no deja de ser representante pública cuando participa en un programa digital, publica un video o interviene en una conversación difundida por redes sociales.
Su investidura tampoco elimina su libertad de expresión, pero sí implica una responsabilidad adicional respecto del mensaje que transmite desde una posición institucional.
Un llamado al Congreso de Puebla
La exigencia central de la CNDH no se limita a las dos legisladoras involucradas. El organismo pidió al Congreso del estado establecer mecanismos que impidan que expresiones discriminatorias se normalicen entre quienes integran la legislatura.
La propuesta consiste en contar con códigos éticos rigurosos que establezcan criterios claros de conducta para las y los legisladores, tanto dentro como fuera del recinto parlamentario cuando sus actuaciones tengan una dimensión pública.
La petición abre también una discusión sobre la responsabilidad de los congresos locales frente a las redes sociales. Las plataformas digitales se han convertido en una extensión de la comunicación política y en una herramienta cotidiana para que los representantes mantengan contacto con sus electores.
Pero esa nueva forma de comunicación también plantea retos. La frontera entre el personaje de redes sociales y el servidor público puede resultar cada vez más difícil de separar cuando se trata de personas que utilizan su cargo y su identidad política para construir audiencias.
En el caso de las diputadas poblanas, la CNDH considera que esa responsabilidad no puede desaparecer bajo el argumento de que el contenido fue realizado en un espacio de entretenimiento.
La vejez no puede ser motivo de vergüenza
Más allá de la controversia política que pueda generar el episodio, el pronunciamiento de la CNDH vuelve a poner sobre la mesa una discusión que suele permanecer oculta: la manera en que la sociedad mexicana habla sobre la vejez.
Las personas mayores no son un grupo homogéneo. Tienen distintas condiciones económicas, experiencias profesionales, niveles de autonomía, historias familiares, necesidades de salud y proyectos personales. Reducirlas a estereotipos sobre deterioro físico o inutilidad contribuye a invisibilizar esa diversidad.
La Convención Interamericana reconoce precisamente el derecho de las personas mayores a una vida digna, independiente y autónoma, así como a participar activamente en la sociedad. México incorporó ese instrumento a su marco jurídico en 2023.
El desafío, por tanto, no consiste solamente en sancionar una frase desafortunada. También implica modificar la forma en que se representa y se habla de la vejez.
El caso de Puebla vuelve visible una contradicción: mientras el Estado mexicano ha construido un marco jurídico cada vez más amplio para proteger a las personas mayores, todavía persisten expresiones públicas que presentan el envejecimiento como algo digno de burla.
La edad no disminuye los derechos de nadie.
Ahora corresponderá al Congreso de Puebla decidir si el episodio termina como otra polémica pasajera de redes sociales o si se convierte en un punto de partida para revisar las reglas de conducta de sus integrantes, fortalecer la capacitación en derechos humanos y evitar que desde las instituciones se reproduzcan discursos que estigmaticen a las personas mayores.
La discusión, en última instancia, no es solamente sobre dos diputadas ni sobre un video. Es sobre la sociedad que se quiere construir y sobre la manera en que un país trata a quienes ya recorrieron buena parte de su vida y a quienes, inevitablemente, algún día ocuparán ese mismo lugar.
La nota está planteada desde el ángulo de derechos humanos y responsabilidad pública, sin convertir el pronunciamiento de la CNDH en una sentencia judicial: una cosa es que el organismo califique las expresiones como discriminatorias y otra que exista una determinación jurisdiccional de responsabilidad.

