*La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se sumó al Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y demando a todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, garantizar a las mujeres la autonomía reproductiva, a maternidades libres y elegidas, así como el acceso y reconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos.
En comunicado refirió que en México, el aborto es legal hasta las 12 semanas de gestación, en nueve de 32 entidades federativas: Ciudad de México (2007), Oaxaca (2019), Hidalgo (2021), Veracruz (2021), Colima (2021), Baja California (2021), Sinaloa (2022), Guerrero (2022) y Baja California Sur (2022). No obstante, todos los códigos penales de nuestro país cuentan con diversas causales de acceso al aborto legal o causas de no punibilidad en caso de aborto que varían de una entidad federativa a otra.
“Por otro lado, existe una causal que permite la interrupción legal del embarazo en todo el territorio nacional por violencia sexual para mujeres y niñas, quienes pueden solicitar el acceso a la interrupción del embarazo tal y como lo señala la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, que establece, que en caso de embarazo por violación, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica deben otorgar servicios de interrupción voluntaria del embarazo y brindar a la víctima información completa para que esta pueda tomar una decisión informada”.
Aunado a lo anterior, la Ley General de Víctimas en su artículo 35 señala que “a toda víctima de violación sexual, o cualquier otra conducta que afecte su integridad física o psicológica, se le garantizará el acceso a los servicios de anticoncepción de emergencia y de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, con absoluto respeto a la voluntad de la víctima; asimismo, se le realizará práctica periódica de exámenes y tratamiento especializado, durante el tiempo necesario para su total recuperación y conforme al diagnóstico y tratamiento médico recomendado; en particular, se considerará prioritario para su tratamiento el seguimiento de eventuales contagios de enfermedades de transmisión sexual y del Virus de Inmunodeficiencia Humana. En cada una de las entidades públicas que brinden servicios, asistencia y atención a las víctimas, se dispondrá de personal capacitado en el tratamiento de la violencia sexual con un enfoque transversal de género”.
Aunque el embarazo en adolescentes y niñas es muy alto en el país y existen llamados de instancias internacionales para erradicar prácticas que impiden a las mujeres su autonomía reproductiva, es una realidad que en algunas entidades federativas se sigue negando el acceso a los derechos sexuales y reproductivos, incluido el aborto legal, seguro y gratuito, impidiendo con ello, el ejercicio y acceso a sus derechos. Por tal motivo, es imprescindible que las autoridades estatales y federales en el ámbito de su competencia, otorguen su protección y garantía.
“La CNDH, comprometida con los derechos humanos de las mujeres y niñas, establece en su Recomendación General 43/2020, sobre Violación al Acceso a la Justicia e Insuficiencia en la aplicación de Políticas Públicas en la Prevención, Atención, Sanción y Reparación Integral del Daño a Personas Victimas Directas e Indirectas de Feminicidio y otras Violencias, que es “una situación de discriminación jurídica el que las mujeres tengan más o menos derechos de acceder a un aborto bajo un marco legal de acuerdo con su lugar de residencia”. Asimismo, considera que la criminalización y estigmatización de la interrupción voluntaria del embarazo, criminaliza y estigmatiza a las mujeres y se basa en prejuicios y estereotipos de género”, refiere.
La progresividad de los derechos humanos de las mujeres y la igualdad entre mujeres y hombres contribuyen a una cultura de paz, por lo que la CNDH se pronuncia porque las entidades federativas armonicen sus leyes en función del marco de constitucionalidad y convencionalidad del que es parte, para garantizar el acceso al aborto voluntario, legal, seguro y gratuito a las mujeres; que las instituciones de salud pública de las entidades federativas garanticen a toda víctima de violación sexual, o cualquier otra conducta que afecte su integridad física o psicológica el acceso a los servicios de interrupción voluntaria del embarazo, sin discriminación, y con ello respetar la autonomía reproductiva de las mujeres y su derecho a decidir.
Esta Comisión refrenda su compromiso con los derechos humanos de las mujeres.