CNDH no amaga a sus consejeros responde a senadora panista

20/08/2022/ Ciudad de México, La CNDH respondió a una publicación en Twitter y en una entrevista en un medio electrónico, de la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, Kenia López Rabadán, quien dice la comision “hizo públicos pronunciamientos tendenciosos que, por una vez más, evidencian la obsesiva campaña mediática que ciertos sectores partidistas han emprendido contra esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH) desde el inicio de la actual gestión”.

Esta Comisión Nacional cree en la transparencia informativa y en la rendición de cuentas, pero sobre todo en el ejercicio del derecho a la verdad, algo que se merece el pueblo de México, y por lo mismo no puede dejar pasar esta ocasión para hacer las siguientes precisiones:

1.- No intentamos amagar a los consejeros ciudadanos que integran el Consejo Consultivo, ESTAMOS EN TRANSFORMACIÓN PARA QUE LA CNDH LE SIRVA REALMENTE A LAS VÍCTIMAS Y DEFIENDA AL PUEBLO, y por ende para que todas y todos quienes formamos parte de ella, funcionarios, altos mandos y en general todo el personal, incluidas las y los consejeros, rindamos cuentas de nuestra actuación y del cabal ejercicio de nuestras responsabilidades. Algo por cierto, nadie puede pretender estar exento. Y menos en estos nuevos tiempos.

2.- Seguramente la senadora López Rabadán se refiere a la propuesta de reformas al Reglamento Interno (RICNDH) y a los Lineamientos Generales de actuación del Consejo Consultivo que, como parte de la transformación que estamos llevando a cabo, sometimos en la pasada sesión del Consejo a las señoras y señores consejeros, a efecto de que las analizaran, se discutieran, y en su caso se aprobaran.

3.- En consecuencia con lo anterior, es una temeridad o de plano mala fe la que denotan las expresiones vertidas por la senadora: “me confirman que la CNDH quiere silenciar a los consejeros ciudadanos electos por el Senado” y “quieren quitarlos del cargo si emiten opiniones públicas” toda vez que, para empezar, se trata de una propuesta QUE ESTÁ SUJETA A APROBACIÓN DE LOS PROPIOS CONSEJEROS, es decir que no es ninguna imposición arbitraria, pero además porque lo que en realidad se ha propuesto es someter a las y los consejeros al régimen de responsabilidades previsto en el Título Cuarto de la Constitución, algo que ya opera de hecho, pues es evidente que todas y todos los servidores públicos estamos obligados a ello, es decir a transparentar nuestro desempeño, pero también a tener marcos muy claros de actuación, que incluyan las causas de destitución bajo ciertas condiciones que aseguren el mejor cumplimiento de nuestras funciones. Lo que, por cierto, pasa en todas las instancias públicas y privadas en todo el mundo, ante lo cual preguntamos: ¿Hay o pueden hacerse excepciones?

4.- Entre otras cosas de fondo, para asegurar el mejor funcionamiento y transparencia del Consejo Consultivo, la propuesta de reformas plantea que las personas consejeras desempeñarán su función “con independencia, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y responsabilidad, en exclusivo interés de las víctimas y/o presuntas víctimas de violaciones de derechos humanos. Por lo mismo, no podrán utilizar la información reservada o confidencial de que dispongan en razón de su encargo, salvo para el estricto ejercicio de sus funciones, ni divulgarla por cualquier medio. No podrán tener ningún interés personal o de participación y no incurrirán en ninguna ganancia o pérdida del resultado de las resoluciones o determinaciones de la Comisión. En caso de tener intereses específicos en algún tipo de caso de presuntas violaciones a los derechos humanos en los cuales se pueda comprometer su imparcialidad, deberá de excusarse de abordar este tipo de casos”.

Concretamente respecto a las causales de responsabilidad de las personas consejeras, y además motivos de pérdida de su calidad de Consejeros, se propone lo siguiente:

“a) Realizar conductas que atenten contra la autonomía de la Comisión, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros;

  1. b) Inmiscuirse indebidamente en cuestiones que competan a otros órganos de la Comisión;
  2. c) Dejar de desempeñar, y/o tener notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de su encargo;
  3. d) Conocer de algún asunto o participar en algún acto para el cual se encuentren impedidos;
  4. e) No poner en conocimiento del Consejo todo acto tendiente a vulnerar la autonomía de la función constitucional de la Comisión;
  5. f) No preservar los principios que rigen el funcionamiento de la Comisión en el desempeño de su encargo;
  6. g) Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento;
  7. h)  Dejar de observar los principios, valores y reglas de integridad, contenidos en el Código de Ética de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y los altos estándares de comportamiento enunciados en el Código de Conducta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
  8. i) Dejar de observar cualquiera de los principios y directrices previstos, en lo conducente, en el artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.”

5.- Sorprenden las palabras de la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado porque, por su alta representación, está obligada a promover las mejores formas de defensa de los derechos humanos en beneficio del pueblo y, por ende, debería conocer la Ley y el Reglamento Interno que rigen nuestra institución, los cuales (Artículos 40 y 41 del RICNDH), además de establecer la competencia del Consejo Consultivo para “aprobar el Reglamento y la normatividad interna, así como sus modificaciones o adiciones”, otorga a la persona titular de la presidencia la facultad de “presentar las propuestas correspondientes para su discusión y aprobación”; y así se ha hecho, subrayando que lo único que se busca mediante estas reformas es dar mayor certidumbre a la actuación de esta Comisión Nacional, en aspectos en los que hasta ahora se ha sido omiso y existen lagunas legales que se prestan a incertidumbre jurídica, contraria a nuestra misión constitucional. Y NO DEBE OLVIDARSE QUE EN MANOS DE LA CNDH ESTÁ EL DESTINO DE LAS VÍCTIMAS Y EN MUCHOS CASOS HASTA SU VIDA.

6.- Es de destacar que la propuesta de reformas que ahora mismo está bajo análisis de los consejeros, obedece a un compromiso de buenas prácticas que derivan de la observancia internacional, y más específicamente de recomendaciones hechas el 29 de marzo de 2022 por el Subcomité de Acreditaciones de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), como resultado de la revisión que cada 5 años se lleva a cabo para acreditar nuestro apego a “Los Principios de París” y mantener nuestra acreditación Tipo “A”, que nos ha sido ratificada en la actual gestión de la presidenta Rosario Piedra Ibarra hasta en dos ocasiones, algo que nunca antes había sucedido.

Más importante que eso es entender que este país está cambiando, y que por ende esta Comisión Nacional tiene que cambiar, por lo que de inicio es indispensable dar certidumbre a las víctimas, a todo el pueblo de México, de la ética y el compromiso que rige nuestra actuación institucional, y de todos quienes integramos la CNDH.

7.- Vale la pena señalar por último, y debe saberlo la opinión pública, que tan transparente y abierta ha sido nuestra actuación en este proceso de reformas internas, que no solamente se está haciendo en apego absoluto a la normatividad que nos rige, haciéndola de conocimiento y sometiéndola a la aprobación de las y los consejeros, sino que una copia de las mismas le fue enviada para su opinión por el Secretario Ejecutivo a la señora presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado desde el 14 de julio del año en curso. Y seguimos esperando su respuesta institucional, que asumimos, no debe ser la que emite vía Twitter o a través de una entrevista, porque nuestro trato siempre ha sido respetuoso y en el mejor ánimo de comunicación.

En todo caso, sería importante que en el seno de esa Comisión que preside la senadora López Rabadán, se dejara de eludir la petición que públicamente hizo esta Comisión Nacional el pasado 24 de junio, y que ahí se discutiera el marco de actuación y alcances del Consejo Consultivo, de que actualmente carece, de manera que el Senado aclarara de una vez las responsabilidades y límites de las y los consejeros, emitiendo su opinión o aún mejor las reformas legales pertinentes que impidan que estos actúen en contra de la autonomía de la CNDH, o bien bajo conflicto de intereses incluso de índole partidista, y se incluyera en ellas, también, las causas de renuncia y de su destitución.

Esperamos que en este caso, más allá de intereses partidistas o agendas personales, se imponga el compromiso superior que la ciudadana senadora tiene con el pueblo, y apoye este esfuerzo de transformación que venimos impulsando y que, además, nos viene reclamando el pueblo.

¡Defendemos al pueblo!

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