*La negativa representa un impedimento para reparar el daño a familiares de víctima fallecida, y garantizar el pleno respeto a los derechos humanos e incumple con el principio de la máxima protección.
*Acreditamos falta diligencia en tres Carpetas de Investigación integradas con relación a los hechos ocurridos y enumeramos diversas inconsistencias.
26.03.2025.- Por la negativa de la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGEV) a aceptar la Recomendación 009/2023 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de esa entidad, vulnerando los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica de las víctimas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la resolución similar 34/2025 a dicha Fiscalía, en la cual le insta a que acepte y cumpla con los puntos solicitados.
El 12 de diciembre de 2020, la CEDH atendió una queja de un familiar de una persona que había sido golpeada el día anterior por policías estatales, según afirmó, y encontrada tirada en la calle. Al dar seguimiento al caso, no pudo entrevistar a la víctima porque en el hospital donde fue atendida le practicaron una cirugía en la cabeza. El 18 de marzo de 2021, se informó a la CEDH que la persona había fallecido como consecuencia de los hechos ocurridos en diciembre de 2020.
El 14 de diciembre de 2021, la persona familiar de la víctima presentó otro escrito de queja en que manifestaba irregularidades graves en la investigación del caso iniciado por el deceso de su pariente, tales como violación al derecho a la verdad, actos de dilación procesal y actos negligentes de repercusión irreparable en la investigación de los hechos.
Luego de investigar y acreditar los hechos, la CEDH dirigió la Recomendación 009/2023 a la Fiscalía General de Veracruz el 16 de marzo de 2023, la cual ésta no aceptó mediante oficio del 29 de marzo de ese año. En su fundamentación para la negativa, la autoridad responsable sostiene que la obligación de investigar no se incumple simplemente por no obtener un resultado satisfactorio.
Una vez aceptado el Recurso de Impugnación presentado por las víctimas, la CNDH comprobó que existen periodos de inactividad no justificados y demora en la ejecución de diligencias, además de falta de seguimiento y efectividad de las medidas de protección dictadas, pues pese a ser ordenadas no se giró el oficio respectivo para su ejecución. Por ello considera que los argumentos vertidos para la negativa de la Recomendación no son congruentes con el principio pro persona, el cual garantiza la protección más amplia al gobernado.
Esta negativa repercute en que se no se logre el fin principal de la Recomendación: la reparación integral de los daños causados a las víctimas directas e indirectas, quienes permanecen en indefensión jurídica y siguen sufriendo afectaciones psicológicas y materiales. Por ello, se recomendó a la Fiscalía de Veracruz que cumpla con la Recomendación 009/2023 y que instruya al personal de la FGEV a colaborar en todo momento con la CEDH en ejecutar los puntos recomendatorios de ésta y otras resoluciones.
Esta Comisión Nacional considera que la no aceptación por parte de la FGEV tiene un efecto adverso para la plena eficacia del sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos, ya que es obligación de todas las autoridades, sin excepción alguna, promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos reconocidos en ella y garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona.
Asimismo, la negativa representa incumple con el principio de máxima protección de los derechos humanos, el cual representa la obligación de cualquier autoridad de los tres órdenes de gobierno de velar por la aplicación más amplia de medidas de protección para éstos. Por ello esta CNDH exhorta a la Fiscalía General del Estado de Veracruz a cumplir con todas las Resoluciones que le han dirigido la CEDH de Veracruz y esta Comisión Nacional.
La Recomendación 034/2025 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.