Conagua desacata Amparo y entrega agua para consumo humano a EUA.

*Este 26 la Conagua podría enfrentar una denuncia por desacato a la suspensión provisional de un juicio de Amparo y  podría ser denunciada, además, por entregar agua almacenada para el consumo humano en las ciudades mexicanas del bajo río Bravo.

*El desacato se castiga hasta con 10 años de prisión y entregar agua para consumo humano es un delito de lesa humanidad.

México. 22 de octubre de 2020 /Efraín Kleriga/MXPress. –La violación a una suspensión provisional de un Amparo para que no se entregara agua del cauce principal ni de las presa del Río Bravo, podría dar lugar a una denuncia por desacato contra la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Internacional de Límites y Aguas.

El gobierno de México firmó con Estados un convenio para pagar el faltante de agua del ciclo quinquenal referido en el Tratado binacional de Aguas de 1944, antes de 24 de octubre, y otorgó incluso el agua para consumo humano de las ciudades ribereñas del Bravo.

Con tal transferencia de una gran porción de las aguas, México puede no ser capaz de garantizar el suministro municipal de sus comunidades

“Con tal transferencia de una gran porción de las aguas que México ha almacenado en estos dos embalses (toda) México puede no ser capaz de garantizar el suministro municipal de sus comunidades aguas abajo de la presa Amistad, si las condiciones de lluvia no mejoran y el almacenamiento mexicano en los embalses internacionales no aumenta”, dice la Minuta 325 firmada por el Gobierno de México.

“México solicitaría apoyo humanitario de los Estados Unidos si fuera necesario para garantizar el suministro de agua potable en las comunidades mexicanas ubicadas río abajo. de la presa Amistad”, dice la Minuta.

Estas ciudades son Acuña, Jiménez, Piedras Negras, Guerrero e Hidalgo, en Coahuila; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Diaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en Tamaulipas, que suman una población de más de 2.2 millones de habitantes.

La única urgencia de México para pagar es política, porque el Artículo 4 del Tratado de Aguas dice que: “En casos de extraordinaria sequía o de serio accidente en los sistemas hidráulicos de los afluentes mexicanos aforados que hagan difícil para México dejar escurrir los 431.721,000 metros cúbicos (…) los faltantes que existieren al final del ciclo aludido de cinco años se repondrán en el ciclo siguiente con agua procedente de los mismos tributarios”.

Aunque en 2002 el presidente Vicente Fox aprobó la Minuta 307, en la que México se obliga a pagar toda el agua en el mismo ciclo, aunque haya sequía, México puede refutar este adendum porque no fue autorizado por el senado como corresponde a todo Tratado Internacional.

Pero además violan un Amparo

Para pagar el adeudo de agua, el Gobierno Mexicano para garantizar a Estados Unidos el cumplimiento del Tratado de 1944, la Comisión Nacional del Agua utilizó líquido que por derecho anterior a la vigencia del Tratado es de los agricultores de Tamaulipas.

“La decisión de la CONAGUA de utilizar los recursos hídricos de las presas internacionales Amistad y Falcón para cumplir con este acuerdo internacional es lamentable, pues el agua que están entregando de las presas internacionales es la que se necesita en Tamaulipas”, dijeron los regantes del Distrito 025, en un comunicado.

“Acciones como esta demuestran que las autoridades responsables son incapaces de arreglar esta problemática y han preferido tolerar la ilegalidad y violencia en Chihuahua y la presa de La Boquilla, en lugar de asumir su responsabilidad de hacer cumplir la ley y poner orden y equilibrio en los derechos de todos los agricultores de la Cuenca”, añaden.

El pago de agua a Estados Unidos y el acuerdo de entregar cualquier excedente sobre los 160 metros cúbicos de aguas mexicanas en las presas internacional, dejará seco al Distrito de Riego 025, el cual produce el 40 por ciento del sorgo en grano de México y cuya cosecha importante es invernal.

Artículo 180Se aplicarán de uno a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos: al que, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal.

Estos agricultores iniciaron un Juicio de Amparo ante el Juzgado Octavo de Distrito, en Reynosa, Tamaulipas, donde ya se había denunciado el incumplimiento de sentencia desde que se comenzó a entregar agua del Conchos a Estados en septiembre, porque este país solamente es dueño del 33 por ciento de esos escurrimientos.

“El Distrito de Riego 025  tiene derecho a recibir cualquier cantidad de agua que provenga del Río Bravo, sin importar su origen. Las presas Internacionales sólo almacenan volúmenes de agua, pero no son la fuente de abastecimiento del Distrito de Riego”, subrayan

Este 26 de octubre el Juzgado debe fallar sobre el desacato a la suspensión provisional por parte de la Conagua, pues en Tamaulipas no tienen garantizados sus volúmenes concesionados; es decir, el agua en la cuenca debe distribuirse de forma equitativa y proporcional, pues ningún estado es dueño del agua nacional.

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