Conoce las leyes restrictivas a la libertad de expresión en México y en qué estados están vigentes

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*En lo que va del sexenio de la presidenta Claudia Sheinbaum, Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC) registró 385 agresiones contra mujeres periodistas, 333 de ellas ocurrieron durante 2025.

/Escrito por Wendy Rayón Garay /

Ciudad de México.- De acuerdo con la clasificación de Reporteros Sin Fronteras (RSF), México es el país número 124 de una lista de 180 donde se puede ejercer la libertad de expresión sin restricciones, por ende, año con año se mantiene como uno de los territorios más peligrosos y letales para ejercer el periodismo; sin embargo, dicha restricción no solo se manifiesta en las agresiones contra la prensa sino en la modificación de sus leyes las cuales buscan inhibir el ejercicio periodístico.

De acuerdo con datos de RSF, en el primer año del sexenio de Claudia Sheinbaum Pardo se registraron 10 asesinatos de periodistas, no obstante la organización señaló que pese a que su administración ha adoptado un tono menos hostil hacia los medios que su predecesor Andrés Manuel López Obrador, este cambio no se ha traducido en mejoras tangibles para las y los periodistas, así como la libertad de expresión.

En lo que va del sexenio de la presidenta Claudia Sheinbaum, Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC) registró 385 agresiones contra mujeres periodistas, 333 de ellas ocurrieron durante 2025, siendo ésta la cifra más alta documentada por la organización.

Mayra Sánchez, jefa del Programa de Libertad de Expresión y Género en CIMAC compartió durante el foro «Derechos Humanos y Democracia en México», celebrado en enero de 2026, que se debe reconocer la violencia contra las mujeres periodistas como un problema estructural que se articula con relaciones de poder, desigualdades de género y prácticas institucionales. Apuntó que nombrarla como estructura es primer paso para dejar de culpar a las víctimas y asumir las obligaciones estatales.

Asimismo, señaló la necesidad de implementar una lógica preventiva más que reactiva para proporcionar real protección a mujeres periodistas y evitar la serie de agresiones que enfrentan por su labor: «Sin condiciones reales de seguridad y sin garantías fundamentales de libertad de expresión se vuelve una promesa vacía. No basta con que el derecho esté reconocido en la ley si en la práctica hay desprotección e impunidad.» advirtió Mayra Sánchez.

Cabe señalar que el 10 de diciembre de 2024, 37 mujeres periodistas, abogadas y defensoras de derechos humanos entregaron una carta a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo solicitando una reunión con ella y la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, para dialogar sobre el reconocimiento de la labor de las mujeres periodistas en México.

No fue hasta el pasado 20 de febrero de 2026 que, durante la conferencia matutina en el estado de Guanajuato donde se encontraba de visita la presidenta, que la periodista Alfonsina Ávila cuestionó sobre el documento, visibilizando ante el país una demanda que tenía meses de ser emitida.

No obstante, durante el sexenio de Claudia Sheinbaum Pardo han aumentado las leyes estatales y federales que fueron señaladas por diversos actores por su potencial restrictivo en el ejercicio de la libertad de expresión que el Programa de Libertad de Expresión y Género de CIMAC se dio a la tarea de recopilar.

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En 2025 fue aprobada una nueva ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que propuso la creación de un registro de todas las personas usuarias de telefonía móvil y darle la a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones la facultad de expedir los lineamientos de este registro y determinar qué autoridades pueden acceder a su información.

Advirtieron que se pretende asociar cada línea telefónica a una identificación oficial como la CURP o el RFC, dando como resultado la vinculación de la identidad de las mexicanas y mexicanos a un número con la justificación de «reducir delitos o actos criminales». La R3D apuntó, que hasta ahora no evidencia de que un registro obligatorio de líneas telefónicas reduzca la actividad criminal.

El Programa de Libertad de Expresión y Género (PLEG) de CIMAC identificó que esto puso en riesgo de censura indirecta, ya que muchos periodistas y medios independientes utilizan las plataformas digitales y redes sociales para difundir su trabajo, por lo que se podría crear un entorno de vigilancia, censura previa y represión sutil del periodismo independientes, facilita el bloqueo discrecional de canales digitales y promueve un control estatal más fuerte sobre medios y telecomunicaciones.

El pasado 25 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó las reformas a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión. Se trata de iniciativa propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y entre sus modificaciones impone una pena de 15 a 25 años de prisión y unificar los criterios de extorsión en todo el país.

El Programa de Libertad de Expresión y Género (PLEG) de CIMAC señala que sus artículos 15 y 17 fracción V contiene ambigüedades que podrían afectar la labor periodística, particularmente la fracción V en la que se señalaba de manera directa a los medios de comunicación como uno de los recursos para extorsionar.

El artículo 17°, especifica que si se utiliza un medio de comunicación «de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza o cualquier otro medio de comunicación electrónica, así como a través del empleo del espectro radioeléctrico» también puede ser catalogado como un delito de extorsión.