*Zona de Reflexión.
/Escrito por Lucía Lagunes Huerta /
Hoy quiero detenerme en el caso de la niña de 11 años de Matamoros, Tamaulipas, a quien llamaré Ernestina, para proteger su identidad, quien quedó embarazada tras años de violencia sexual, y que en un primer momento las autoridades sanitarias de la entidad le negaron la interrupción del embarazo.
La situación que enfrentó Ernestina nos recuerda que cuando se trata de los derechos humanos de las mujeres quedan largos caminos que recorrer para lograr que la norma jurídica que reconoce la igualdad y el respeto a los derechos humanos de niñas y mujeres sean una experiencia de vida y no una lucha permanente.
De acuerdo con información periodística estatal, Ernestina finalmente logró acceder a la ILE el pasado martes, luego de la presión social en redes, tras la denuncia presentada por la madre de la niña ante la negativa de las autoridades del IMSS de Matamoros para practicarle la interrupción del embarazo, producto de la violación.
El caso de Ernestina nos remonta a una historia similar hace 27 años en Baja California, con la niña Paulina de 13 años de edad a quien las autoridades le negaron la interrupción del embarazo producto de violación, quienes además permitieron que personal de grupos antiderechos acosaran a Paulina y la sometieran a un estrés mayor tras la violencia vivida.
El caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y terminó en un acuerdo de solución amistosa con el Estado mexicano.
Producto de esto es que surge la Norma 046 que regula los criterios para la atención médica de las víctimas de violencia familiar y/o sexual, criterios que son de obligación para todas las instituciones de salud públicas y privadas y su personal.
Es una norma que busca atender a las mujeres y niñas desde una lógica integral de salud, pues se enfoca en su salud mental, física, sexual y reproductiva.
Sobre todo, define los criterios de actuación ante embarazos producto de violación, en este rubro hay una modificación muy importante en el año 2016, pues obliga a las instituciones de salud públicas y privadas a practicar ILES a petición de la víctima sin que haya de por medio denuncia penal o autorización ministerial.
Y un segundo tema que atiende es precisamente los casos de las niñas menores de 12 años quienes en todo momento tendrán que ser atendidas bajo el criterio del Interés superior de la Infancia, en estos casos la norma señala que son los padres o tutores de las niñas quienes pueden solicitarla la interrupción del embarazo producto de violación.
Todos estos supuestos están en el caso de Ernestina, por ello la negativa de la autoridad en un primer momento evidencia el desconocimiento de esta norma, la falta de seguimiento por partes de las autoridades para su correcta aplicación, lo cual lleva a las víctimas como Ernestina a una revictimización y una violencia institucional.
¿Cuántas Ernestinas estarán atrapadas en la burocracia moral de las instituciones médicas?
Si miramos las estadísticas de nacimiento, vemos que en México cada día, 22 niñas de entre 10 y 14 años se convierten en madres, esas niñas fueron víctimas de fecundidades forzadas producto en su gran mayoría de agresiones sexuales.
Estas víctimas son atendidas en los servicios de salud como si fuera normal que las niñas se embarazaran y se conviertan en madre y no es normal.
Por ello se crearon estos marcos legales para romper con esa normalización y proteger los derechos humanos de niñas y mujeres.
Este es un primer paso, pues tras su creación, hay que acompañarlos con acciones, presupuestos suficientes, formación permanente de quienes tendrán que aplicar esas normas, porque nos estamos enfrentando a los prejuicios que normalizan la violencia contra mujeres y niñas.
Es necesario también evaluaciones permanentes de su funcionamiento y efectividad, porque esas normas jurídicas por si mismas no se convierten en realidades palpables, si no se generan las condiciones para que así suceda.
No podemos aceptar que el cumplimiento de la ley dependa de la mediatización o viralización de los casos, máxime cuando existen instituciones que fueron creadas para proteger los derechos de la niñez como de las mujeres.
Todas las instituciones están obligadas a echar mano de todos sus recursos para hacer cumplir la ley, para que sea accesible para todas las personas y se rompa con la discrecionalidad.
Porque los derechos no se negocian, ni se votan, se crean condiciones para ejercerlos.
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