Decretazo no aplica para revocación, ni para procesos electorales actuales: TEPJF

* No se pueden cambiar las reglas a la mitad del juego.

* El magistrado Luis Espíndola destacó que el decreto no puede aplicarse en este momento por impactar reglas electorales fundamentales.

19/03/2021/ México.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el decreto aprobado por el Congreso de la Unión para permitir a los servidores públicos promocionar la revocación de mandato, no aplica para dicho ejercicio de participación, ni para los procesos electorales en curso.

La magistrada Gabriela Villafuerte argumentó que dicho decreto no brinda certeza sobre las reglas que deben operar sobre los procesos electorales.

“La vigencia de este decreto que es a partir de hoy, no cumple con el requerimiento de certeza sobre las reglas que deben de operar en los procesos electorales que estaban ya en curso. Es vigente, a partir de hoy, pero no es aplicable para la revocación de mandato que está en curso”.

Por su parte, el magistrado Luis Espíndola destacó que el decreto no puede aplicarse en este momento por impactar reglas electorales fundamentales y no cumplir con la temporalidad establecida en el artículo 105 la Constitución que establece que las reglas electorales deben aprobarse y publicarse al menos 90 días antes del inicio de comicios.

El decreto supone una interpretación legislativa que no puede ser aplicada a los procesos electorales locales porque se trata de una modificación fundamental que se emitió una vez que estos procesos electorales ya habían iniciado y ello se encuentra expresamente prohibido en términos del 105, fracción segunda, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Los magistrados determinaron lo anterior en el marco del análisis de una queja en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador y otros funcionarios por el evento titulado “Mensaje a la Nación, tres años de gobierno”, que se llevó a cabo el 1 de diciembre de 2021.

En su proyecto, el magistrado Luis Espíndola determinó que con ese evento se infringieron normas electorales y el modelo de comunicación política vigente, al promover acciones y logros de gobierno cuando ya habían iniciado los procesos electorales en Aguascalientes, Durango, Oaxaca y Tamaulipas.

!Integrate al comercio electrónico¡ Estrategias en la Nube
!Integrate al comercio electrónico¡ Estrategias en la Nube
!Integrate al comercio electrónico¡ Estrategias en la Nube
!Integrate al comercio electrónico¡ Estrategias en la Nube