Del derecho al voto a la disputa por el poder: Una conquista que no termina en las urnas

Copia de prisión feminicida mexicana - 1
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*A 73 años del sufragio femenino en México.

17.10.2026 /BPNoticias/ Xalapa, Veracruz.- El 17 de octubre de 1953, las mujeres mexicanas obtuvieron el reconocimiento constitucional de su derecho a votar y ser electas en elecciones federales. Setenta y tres años después, México tiene a su primera presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y cuenta con reformas que establecen la paridad de género en los espacios de representación política. Sin embargo, la conquista electoral no ha eliminado las barreras que enfrentan las mujeres para ejercer el poder, participar en condiciones de igualdad y desarrollar una carrera política libre de violencia.

La conmemoración de este 17 de octubre de 2026 no solo recuerda la publicación de una reforma constitucional: también recupera la historia de generaciones de mujeres que cuestionaron su exclusión de la ciudadanía, desafiaron los papeles sociales asignados por razón de género y exigieron participar en las decisiones públicas de un país que durante décadas las consideró ajenas a la política. El Instituto Nacional Electoral (INE) reconoce este sábado el 73 aniversario del sufragio femenino en México.

La conquista no comenzó en 1953

La fecha del 17 de octubre suele asociarse con el decreto que reconoció el sufragio femenino en el ámbito federal, pero la historia de esa conquista se remonta al siglo XIX. Desde entonces, distintas mujeres reclamaron el reconocimiento de su ciudadanía y cuestionaron las normas sociales que las mantenían al margen de las decisiones políticas.

En 1853 existe registro de una petición presentada por mujeres de Zacatecas para que se les reconociera como ciudadanas. Décadas después, durante la Revolución Mexicana y en los primeros años del siglo XX, las demandas de participación política se vincularon con otras exigencias: acceso a la educación, independencia económica, igualdad jurídica y reconocimiento de las mujeres como integrantes de la sociedad con derechos propios.

Uno de los antecedentes centrales fue el Primer Congreso Feminista de Yucatán, celebrado en enero de 1916, al que asistieron 617 delegadas. En ese encuentro se discutieron la educación de las mujeres, su posición en la familia, sus derechos y su participación en la vida pública. La reunión mostró que las demandas feministas no se limitaban al voto, sino que cuestionaban las desigualdades que restringían la autonomía de las mexicanas.

Entre las figuras de ese movimiento destacó Hermila Galindo, escritora, periodista y defensora de los derechos de las mujeres. Galindo sostuvo que la educación y la participación política eran indispensables para modificar la posición subordinada que ocupaban las mexicanas. En 1917 presentó su candidatura a una diputación federal, pese a que el marco jurídico no reconocía plenamente el derecho de las mujeres a ser electas.

La Constitución promulgada ese año no les concedió el sufragio federal. La exclusión se mantuvo pese a que las mujeres habían participado en la Revolución y en distintas tareas políticas, sociales y de organización. El argumento de que su lugar correspondía principalmente al hogar continuó funcionando como justificación para limitar sus derechos.

Otra protagonista fue Elvia Carrillo Puerto, feminista y activista política que defendió el sufragio, la educación y los derechos de las mujeres trabajadoras. Junto con otras militantes, impulsó la organización de mujeres en Yucatán y contribuyó a abrir espacios de participación electoral antes de que el derecho fuera reconocido en todo el país.

En 1923, Yucatán permitió la elección de mujeres para cargos estatales y municipales. Elvia Carrillo Puerto, Beatriz Peniche de Ponce y Raquel Dzib Cicero llegaron al Congreso local, mientras Rosa Torre González fue elegida regidora en Mérida. Sin embargo, las primeras experiencias de representación femenina se desarrollaron en medio de resistencias políticas y sociales, y algunas de las mujeres electas se vieron obligadas a dejar sus cargos.

Estos antecedentes muestran que el sufragio no fue una concesión aislada de los gobiernos. Fue el resultado de décadas de organización, presión pública y trabajo político de mujeres que debieron enfrentar tanto restricciones legales como prejuicios sobre sus capacidades para intervenir en los asuntos del Estado.

De los municipios a las elecciones federales

En 1947, durante el gobierno de Miguel Alemán Valdés, se reconoció constitucionalmente el derecho de las mujeres a votar y ser electas en elecciones municipales. La reforma representó un avance, pero mantuvo la exclusión de las elecciones federales, donde se decidían los cargos de representación nacional.

La ciudadanía política seguía siendo incompleta. Las mexicanas podían intervenir en la elección de autoridades municipales, pero no tenían reconocido el mismo derecho para participar en la integración de la Cámara de Diputados y en otros procesos federales.

El cambio llegó durante la presidencia de Adolfo Ruiz Cortines. El 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que reconoció a las mujeres la ciudadanía en igualdad de condiciones jurídicas para votar y ser electas en el ámbito federal.

El decreto modificó el artículo 34 constitucional y consolidó el reconocimiento del sufragio femenino. No obstante, entre la publicación de la reforma y su ejercicio efectivo en una elección federal transcurrieron casi dos años.

El 3 de julio de 1955, las mujeres mexicanas votaron por primera vez en una elección federal para renovar la Cámara de Diputados. En esa jornada fueron elegidas las primeras diputadas federales, entre ellas Aurora Jiménez de Palacios, quien había llegado a la Cámara en 1954 mediante una elección extraordinaria en el entonces Territorio Norte de Baja California.

La reforma permitió que las mujeres participaran formalmente en las decisiones nacionales, pero no eliminó de inmediato las prácticas que las mantenían fuera de los espacios de poder. Durante años, su presencia en los órganos legislativos fue reducida y su acceso a candidaturas dependió de partidos políticos dominados por hombres.

La distancia entre tener derecho a votar y poder ejercer una representación política efectiva se convirtió en uno de los principales desafíos de las décadas siguientes.

De las primeras diputadas a la paridad constitucional

En 1964, María Lavalle Urbina y Alicia Arellano Tapia se convirtieron en las primeras mujeres electas senadoras de la República. Una década y media después, en 1979, Griselda Álvarez fue elegida gobernadora de Colima, la primera mujer en ocupar ese cargo en México.

Los avances fueron importantes, pero lentos frente a la dimensión de la población femenina y su derecho a participar en igualdad de condiciones. La representación de las mujeres dependía de un sistema electoral que durante mucho tiempo no estableció obligaciones suficientes para garantizar su acceso a las candidaturas.

En 1996 se incorporaron disposiciones para limitar la concentración de candidaturas legislativas en un solo género. Posteriormente, las reformas electorales de 2002 y 2008 fortalecieron las reglas de cuotas, aunque su aplicación enfrentó resistencias y mecanismos que permitían eludirlas.

Uno de los episodios más conocidos fue el de las llamadas “juanitas”, ocurrido después de las elecciones de 2009, cuando diputadas federales solicitaron licencia y sus suplentes hombres ocuparon los cargos. El caso evidenció que el registro de mujeres como candidatas no garantizaba, por sí solo, que pudieran ejercer efectivamente la representación para la que habían sido elegidas.

En 2014, una reforma constitucional estableció el principio de paridad de género en las candidaturas legislativas federales y locales. En 2019, la reforma conocida como “paridad en todo” amplió ese principio a los nombramientos y a la integración de los poderes públicos y organismos autónomos, conforme a los términos constitucionales.

La paridad modificó las condiciones de acceso a la representación y obligó a los partidos a postular mujeres y hombres en proporciones iguales en los espacios sujetos a esas reglas. Su aplicación transformó la composición del Congreso y abrió mayores oportunidades para que las mujeres participaran en la elaboración de leyes y en las decisiones del Estado.

El proceso electoral de 2024 marcó otro momento histórico: Claudia Sheinbaum Pardo fue elegida como la primera presidenta de México. Ese mismo proceso dejó una integración paritaria de la Cámara de Diputados, con 250 mujeres y 250 hombres electos, y del Senado, con 64 senadoras y 64 senadores, según el balance publicado por el INE.

La llegada de una mujer a la Presidencia representa un cambio en la historia de la representación política mexicana. Sin embargo, el hecho no significa que todas las mujeres tengan las mismas oportunidades de acceso a la educación, los recursos económicos, las candidaturas o los puestos de decisión o de la eliminacion de la violencia contra las mujeres y las niñas.
Tampoco implica que hayan desaparecido las prácticas discriminatorias dentro de los partidos, los gobiernos y las instituciones.

La violencia política de género, una barrera para ejercer el poder

Uno de los principales desafíos actuales es la violencia política contra las mujeres en razón de género. Esta puede manifestarse mediante amenazas, hostigamiento, campañas de desprestigio, difusión de información privada, agresiones digitales, obstaculización de funciones públicas o actos dirigidos a limitar los derechos políticos de una mujer por razones de género.

No se trata únicamente de las agresiones físicas. También comprende conductas que buscan desacreditar a las mujeres por su apariencia, su vida personal, su maternidad o su sexualidad, o que cuestionan su capacidad para gobernar y tomar decisiones mediante estereotipos que no se aplican de la misma manera a sus compañeros hombres.

La violencia puede presentarse durante las campañas electorales, pero también después de una elección, cuando una mujer ya ocupa una alcaldía, una diputación, una gubernatura o una posición dentro de una institución pública. En esos casos, las agresiones pueden tener el propósito de reducir su autoridad, impedir que ejerza sus atribuciones o presionarla para abandonar el cargo.

El INE mantiene desde septiembre de 2020 el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Al 11 de septiembre de 2026, el registro contabilizaba 508 inscripciones correspondientes a 465 personas. De estas, 386 eran hombres y 79 mujeres; las cifras incluyen personas con más de una inscripción y resoluciones emitidas por distintas autoridades.

Es importante precisar que este registro no representa el total de agresiones contra mujeres que participan en política ni equivale al número de denuncias presentadas en el país. Incluye las personas inscritas a partir de resoluciones de las autoridades competentes. Aun con esa limitación, permite documentar que la violencia política por razón de género ha requerido mecanismos específicos de identificación y sanción.

En marzo de 2026, el INE había informado que Oaxaca acumulaba 144 registros y Veracruz 60, las cifras más altas entre las entidades federativas en ese corte. Para septiembre, el instituto reportó cambios en el acumulado nacional y mantuvo a Oaxaca y Veracruz entre los estados con más inscripciones. Los datos deben interpretarse como registros administrativos de sanciones, no como una medición completa de la prevalencia de la violencia política en cada entidad.

La violencia política también tiene una dimensión digital. Los insultos sexistas, las amenazas, la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento y las campañas coordinadas para desacreditar a mujeres que participan en la vida pública pueden afectar su seguridad y limitar su libertad de expresión. Cuando estas conductas se dirigen a una mujer por ser mujer y tienen el objeto o resultado de menoscabar sus derechos político-electorales, pueden formar parte de la violencia política de género, de acuerdo con las circunstancias y los criterios legales aplicables.

El problema no se limita a las mujeres que ocupan cargos de elección popular. También afecta a candidatas, militantes, funcionarias electorales, periodistas que cubren asuntos políticos y defensoras de derechos humanos, aunque la calificación jurídica de cada caso depende de los hechos y de la normativa correspondiente.

La paridad en las candidaturas y en los órganos legislativos es una condición necesaria, pero no suficiente. Para que la igualdad sea efectiva, las mujeres deben poder participar sin amenazas, ejercer sus atribuciones, denunciar agresiones y acceder a mecanismos de protección y justicia.

Una conquista que no termina en las urnas

La conmemoración del sufragio femenino también obliga a mirar las diferencias entre las propias mujeres. Las barreras no son idénticas para todas: las mujeres indígenas, afromexicanas, rurales, con discapacidad y aquellas que viven en condiciones de pobreza pueden enfrentar obstáculos adicionales relacionados con la discriminación, el acceso a servicios, la lengua, la conectividad o la disponibilidad de recursos para participar en la vida pública.

La representación política debe considerar esa diversidad. La presencia numérica de mujeres en los congresos no garantiza automáticamente que todas las experiencias y necesidades estén reflejadas en las decisiones legislativas. La igualdad sustantiva requiere que las instituciones identifiquen las desigualdades y adopten medidas para que las mujeres puedan ejercer sus derechos en condiciones reales de libertad y autonomía.

También es necesario reconocer el trabajo de quienes sostienen la participación política sin ocupar necesariamente cargos públicos: mujeres que organizan comunidades, defienden servicios, participan en sindicatos, acompañan a víctimas, buscan a familiares desaparecidos o exigen rendición de cuentas. Aunque sus actividades no siempre se traducen en representación electoral, forman parte de la intervención de las mujeres en los asuntos colectivos.

El sufragio permitió que las mexicanas dejaran de estar legalmente excluidas de las urnas federales, pero la ciudadanía plena implica más que depositar una boleta. Comprende el derecho a ser escuchadas, a organizarse, a cuestionar a las autoridades, a competir por cargos públicos y a ejercerlos sin discriminación ni violencia.

A 73 años de la reforma publicada el 17 de octubre de 1953, la historia del voto femenino muestra una transformación profunda: de la exclusión constitucional a la paridad legislativa y la elección de una mujer como presidenta de la República. Entre ambos momentos hubo décadas de movilización, reformas y disputas por el reconocimiento de derechos.

Recordar a Hermila Galindo, Elvia Carrillo Puerto, Aurora Jiménez de Palacios, María Lavalle Urbina, Alicia Arellano Tapia, Griselda Álvarez y a tantas otras mujeres permite comprender que los avances actuales no surgieron de manera espontánea. Fueron construidos por generaciones que cuestionaron las reglas de su tiempo y exigieron participar en las decisiones que afectaban sus vidas.

La conmemoración del sufragio femenino no es únicamente una fecha histórica. Es también una oportunidad para examinar si las mujeres pueden ejercer sus derechos políticos con libertad, seguridad y capacidad efectiva de decisión.

El reto pendiente consiste en que la igualdad reconocida en la Constitución se traduzca en condiciones reales para todas, sin que la violencia, la discriminación o la desigualdad económica determinen quién puede participar y quién queda fuera del poder.