Denuncian suspensión de la prueba de Tamiz Neonatal, SSA lo niega

* Como en otros programas a grupos vulnerables de esta administración, la SSA justifica anuncio en circulares a que ejecuta un plan para combatir presuntos actos de corrupción en la aplicación del servicio.

Redacción

Cdmx, 31 marzo 2019.- Los reclamos en redes sociales se multiplican al ser visibles las denuncias de que el sector de salud pública se dejará de aplicar el tamiz neonatal, pruebas que sirven para detectar enfermedades o defectos del bebé en los primeros 2 a 5 días de su nacimiento.

Si bien el sector salud ha sido acusado de desabasto de medicamentos a enfermos y niños con cáncer ahora nuevamente podrían estar cometiendo otro agravio a grupos vulnerables.

Tras los reclamos la Secretaría de Salud rechazó la suspensión de la aplicación del tamiz neonatal, una medida de salud pública que se aplica desde 1988 para detectar enfermedades metabólicas o anomalías congénitas.

Luego de las denuncias de usuarios en redes sociales, en un comunicado, la dependencia asegura que es falsa la cancelación de las pruebas destinadas a recién nacidos y que ejecuta un plan para combatir presuntos actos de corrupción en la aplicación del servicio.

De acuerdo con diversos circulares que la Secretaría de Salud envió a instituciones de salud en todo el país, se informa que a partir del 26 de marzo concluyó un contrato con una empresa que dotada al sector de “servicios especializados en el procesamiento de pruebas de tamiz metabólico neonatal”, por lo que cada centro de salud donde se aplicaba deberá realizarlo son sus propios recursos “para darle continuidad”.

Sin alertas oportunas a los sistemas de salud estatales. desde las oficinas del nuevo gobierno toman decisiones que pudieran configurarse un delito contra la población susceptible de convertirse e decisiones arbitrarias y sin responsabilidad social.

Las denuncias provienen sobre todo de afectados en entidades como Sonora, Chiapas, Baja California y Ciudad de México. Las otras entidades no han levantado la voz.

En la víspera del aviso, el Senado de la República se avaló una reforma la Ley General de Salud que establece que el tamiz deberá realizarse antes del alta hospitalaria.

El dictamen consiste en adicionar una fracción II Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud para quedar así: “La aplicación del tamiz neonatal para detección de cardiopatías congénitas graves o críticas, se realizará antes del alta hospitalaria”.

La frecuencia de las malformaciones congénitas en el mundo es de 2 a 3% en nacidos vivos y de 15 a 20% en muertes fetales.

Desde 1998, el tamiz metabólico neonatal es una prueba obligatoria que se le realiza a todos los recién nacidos en México; esta prueba se define como los exámenes de laboratorio practicados al recién nacido para detectar padecimientos de tipo congénito o metabólico para que puedan ser tratados oportunamente para prevenir daños irreversibles como retraso mental.

El tamiz metabólico consiste en tomar una muestra de sangre del talón del recién nacido en los primeros 2 a 5 días después del nacimiento; las enfermedades que se pueden identificar son: hipotiroidismo congénito, galactosemia, fenilcetonuria, hiperplasia suprarrenal congénita y deficiencia de biotinidasa.

Hasta el momento, la SSa no ha emitido un posicionamiento oficial