Derechos de las niñas, niños y adolescentes en contextos de movilidad .

**Erika Tapia Nava/ Doctora en Ciencias Políticas y Sociales por la FCPyS-UNAM

Este artículo aborda la manera en cómo son vulnerados los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes (NNA) en situación de migración, además de identificar las posibles situaciones que los exponen al reclutamiento de grupos del crimen organizado. El argumento es que este sector de la población es víctima de una multiplicidad de violencias que operan en detrimento de sus derechos, lo cual se constituye en una cadena de abusos por parte de la delincuencia y en omisiones del Estado para garantizar el cumplimiento de sus prerrogativas humanas.

De acuerdo con el Informe Violencia, niñez y crimen organizado, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), (2015) 1, las “redes de narcotráfico y organizaciones criminales dedicadas a actividades delictivas en el país utilizan y explotan a los NNA en sus actividades, como en acciones de inteligencia y vigilancia, producción, traslado y venta de droga, sicariato, acciones de extorsión, robos, secuestros, y explotación sexual, entre otros» 2. El documento apunta que esto ha dado lugar a que NNA, especialmente en las zonas urbanas pobres, sean reclutados por el crimen, y agrega que no se dispone de cifras exactas y confiables sobre el número de los que son retomados en estas estructuras, además de que, “el 50% de las personas que operan en estas organizaciones criminales no habrían alcanzado todavía la mayoría de edad 3 .

La CIDH (2015) indicó que 30,000 niños, niñas y adolescentes habían sido captados por grupos delictivos en México y en 2018 dicho número se elevó a 460,000 4. La presencia de los grupos dedicados a actividades ilegales se ha convertido en un hecho habitual en la vida de muchos NNA, principalmente en aquellos sectores que son más vulnerables, como los migrantes. En estas organizaciones ellos son utilizados y abusados; los delincuentes los consideran “piezas prescindibles e intercambiables, el último eslabón de la cadena, y por lo usual les encargan actividades de mayor riesgo para su integridad personal o de ser detenidos por la policía” 5.

La niñez migrante no acompañada, por su condición de irregularidad, experimenta una diversidad de situaciones que impiden o limitan el ejercicio, goce y ejercicio de sus derechos humanos, sobre todo en lo relativo a tener una existencia libre de violencia y, en consecuencia, una calidad de vida y desarrollo integral. Su condición de vulnerabilidad radica en que al ser infantes, su limitada posibilidad de saber, reconocer y defenderse hace casi imposible exigir sus prerrogativas, así como la oportunidad de hacerlos justiciables.

En la Declaración de los Derechos Humanos, el principio de igualdad y no discriminación frente a cualquier situación de riesgo, relativa a las libertades fundamentales, se anota: supone la condición de igualdad para niñas, niños y adolescentes, sin distinción alguna en razón de raza, sexo, edad, idioma, religión, creencias, cultura, opinión política, condición económica, origen social y étnico o nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier otra condición 7. Así, un aspecto que se encuentra estrechamente vinculado con lo anterior es la necesidad de garantizar el interés superior del niño, ya que es un aspecto nodal en todas las medidas concernientes a la infancia; es decir, en “razón de su relativa inmadurez, los niños pequeños dependen de autoridades responsables que evalúan y representan sus derechos y su interés superior en relación con decisiones y medidas que afecten su bienestar, teniendo en cuenta al hacerlo sus opiniones y capacidades en desarrollo” 8.

A modo de conclusión

A pesar de la legislación protectora de derechos humanos, universal y regional, en favor de la preservación de las garantías fundamentales de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, no se han logrado los avances deseados para librarlos de la violencia y discriminación de la que cotidianamente son objeto; ello en virtud de su edad y de sus condiciones personales, sociales, migratorias, económicas y en muchas ocasiones familiares, de vulnerabilidad.

Un aspecto que sin duda influiría en un sentido positivo en la situación de NNA migrantes no acompañados y su captación por grupos delincuenciales, es invertir en ellos, lo cual es una obligación y una exigencia no sólo de carácter legal, ético y político, sino también tiene que ver con el reconocimiento a su dignidad humana, la necesidad de brindarles mejores condiciones para su desarrollo y el combate a todas las formas de violencia, así como con darles un lugar prioritario en la agenda pública y política, pues de no cumplirse con esto los coloca en una situación de marginación, que se traduce en la falta de acceso a la justicia y el incumplimiento y no tutela de sus derechos humanos.

Referencias:

2 Ibid., p. 71.

3 Véase, Ibid.

4 Doria del Mar Vélez Salas, Manuel Alejandro Vélez Salas, Antonio Amador, Valeria Geremia, Daniela E. Cristóbal Sánchez, Efraín Zárate Aguilar, Fernando Javier Salas Ventura, Fernando Acosta Chávez, Karen Pérez García, Luis Jorge De la Peña Rodríguez, Reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes por grupos delictivos. Acercamientos a un problema complejo. Ciudad de México: Observatorio Nacional Ciudadano, Red por los derechos de la infancia en México, 2021, p. 15.

5 CIDH, Violencia, niñez y crimen organizado, op.cit. p.14.

6 Derechos humanos y libertades fundamentales a los que deben
tener acceso y garantía, prioritariamente, y sin distinción por su condición migratoria, principalmente el de una vida libre de violencia, que se manifiestan en diferentes momentos de su tránsito, con repercusiones graves en su existencia, seguridad y desarrollo. Véase María de Montserrat Pérez Contreras, Aspectos jurídicos de la violencia contra la niñez y la adolescencia migrante no acompañada, México, IIJ, UNAM, 2023.

7 Comité de los Derechos del Niño, Observación General Número 14, Sobre el Derecho a que su interés superior sea una consideración primordial, 2013, Véase en https://archivos.juridicas.unam. mx/www/bjv/libros/11/5195/9.pdf. Consultado: 10/enero/2023 8

8 María de Montserrat Pérez Contreras, Aspectos jurídicos de la violencia contra la niñez y la adolescencia migrante no acompañada, op. cit. p. 26

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