Dictan prisión preventiva a Víctor Rodríguez Padilla por violencia familiar y vicaria

*Juez rechaza prisión domiciliaria por riesgo de fuga.

08.07.2026 Morelos.- Víctor Rodríguez Padilla permanecerá en prisión preventiva mientras avanza el proceso penal en su contra por los presuntos delitos de violencia familiar y violencia vicaria, luego de que un juez determinó que existen elementos para imponer esta medida cautelar y rechazó la solicitud de su defensa para que enfrentara el procedimiento bajo prisión domiciliaria.

Durante la audiencia inicial, celebrada ante un juez de control, el Ministerio Público formuló la imputación por los hechos que dieron origen a la investigación, relacionados con presuntos actos de violencia ejercidos en el ámbito familiar y conductas que encuadran en el delito de violencia vicaria, una modalidad de violencia de género que busca causar daño a una mujer mediante la utilización de sus hijas, hijos u otras personas con las que mantiene un vínculo afectivo.

Tras escuchar los argumentos de ambas partes, el juzgador resolvió imponer la medida cautelar de prisión preventiva, al considerar que existía un riesgo de sustracción de la justicia. Entre los factores valorados estuvo la posibilidad de que el imputado evadiera el proceso penal si enfrentaba el procedimiento desde su domicilio.

La defensa solicitó que Rodríguez Padilla permaneciera en prisión domiciliaria mientras se desarrollaba la investigación complementaria; sin embargo, el juez desestimó la petición al concluir que esa medida no era suficiente para garantizar su permanencia durante el juicio ni para asegurar el adecuado desarrollo del proceso.

Con esta determinación, el imputado permanecerá privado de la libertad en tanto continúan las siguientes etapas del procedimiento penal y se define su situación jurídica conforme a los plazos establecidos por la legislación.

Durante la audiencia, la representación social sostuvo que la medida cautelar era necesaria para proteger a la presunta víctima y garantizar que el imputado comparezca ante la autoridad judicial cuando sea requerido. Por su parte, la defensa expuso argumentos para solicitar una medida menos restrictiva, los cuales finalmente no fueron acogidos por el juzgador.

La audiencia inicial constituye una de las primeras etapas del sistema penal acusatorio mexicano. En ella, el Ministerio Público presenta la imputación formal contra la persona investigada y solicita las medidas cautelares que considera pertinentes. Posteriormente, el juez analiza si existen datos suficientes para vincular o no a proceso al imputado, respetando en todo momento el principio de presunción de inocencia.

La violencia vicaria es una modalidad de violencia de género reconocida en diversas legislaciones del país, incluida la federal y la de varios estados, que consiste en utilizar a las hijas, hijos o personas cercanas a una mujer para causarle daño psicológico, emocional o patrimonial como forma de control, castigo o venganza.

En los últimos años, este tipo de agresión ha cobrado mayor visibilidad a partir de las denuncias de colectivos de madres y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, que impulsaron reformas para su reconocimiento y sanción.

Por su parte, la prisión preventiva es una medida cautelar que puede imponerse cuando el juez considera que existen riesgos procesales, como la posibilidad de fuga, la obstaculización de la investigación o el peligro para la víctima, los testigos o la comunidad. Su aplicación no implica una sentencia condenatoria, sino una determinación provisional destinada a garantizar el desarrollo del proceso penal.

El caso de Víctor Rodríguez Padilla continuará su curso en las siguientes audiencias previstas por el sistema de justicia penal, en las que el Ministerio Público deberá presentar los datos de prueba que sustentan la acusación, mientras la defensa podrá controvertirlos y ejercer los medios de defensa que considere procedentes. La resolución definitiva sobre su responsabilidad penal únicamente podrá emitirse al concluir el proceso judicial.