Dip Montserrat Ortega lamenta que Gobernador de Veracruz no promulgue reforma de paridad de género

/ Redacción /

Xalapa, Ver 26 abril 2019.- La diputada Montserrat Ortega lamentó que el gobernador Cuitláhuac García no haya promulgado la Reforma Constitucional de paridad de género, que ya tiene un mes aprobada, cayendo en una omisión.

“Presentamos la reforma constitucional referente a paridad en el Congreso del Estado. Reforma que fue aprobada y se corrió traslado a los 212 municipios para que pudieran sesionar() cosa que también ya ocurrió. Únicamente falta que el Ejecutivo la promulgue para que entonces cobre vigencia y en ese sentido estamos viendo una omisión por parte del Ejecutivo”, abundó.

“Le hacemos un exhorto al gobernador del estado para que pueda cumplir”, precisó la legisladora al referir que la Ley señala que cuando no se promulga inmediata de alguna ley, se cae en una omisión y se configuran responsabilidades para servidores públicos”, advirtió.

“Esto es una desatención. Él esta preocupado por hablar mal del Fiscal, él esta preocupado por denostar, el no esta preocupado por los feminicidios, a él lo que le preocupa es tener siempre un abanico de posibilidades para poder deslindarse de sus responsabilidades, cómo siempre no ha de saber y no ha de tener conocimiento”, sostuvo.

La minuta que reforma diversas disposiciones constitucionales en materia de Paridad de Género, que envió el Congreso de la Unión a la LXV Legislatura local, fue aprobada por el Pleno de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz por unanimidad el día 6 de junio del 2019.

En la minuta por la que se reforman los artículos 2º, 4º, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Paridad de Género.

El Dictamen reforma la fracción VII del apartado A del artículo 2o de la CPEUM con la intención de incluir el principio de paridad de género en las elecciones de representantes ante los ayuntamientos en los municipios y poblaciones indígenas, siempre atendiendo a la normatividad aplicable, que reconoce los sistemas normativos indígenas y la gradualidad referida en el régimen transitorio.

De igual forma se modifica el término “varón” por “hombre”, esto, en el tenor de que a nivel mundial se ha generado una construcción social acerca de lo que significa ser hombre y ser mujer, reproduciendo estereotipos de género que establecen los atributos, características, habilidades, tareas, espacios y actividades que se consideran como apropiados para los hombres y para las mujeres.

Además se reforma el primer párrafo y fracción II del artículo 35, para cambiar el vocablo “ciudadano” por el de “ciudadanía”, con la finalidad de dar a entender que en dicha palabra se encuentran incluidas todas las personas que cuentan con el carácter de ciudadana o ciudadano mexicano y se especifica que el derecho a ser votado o votada será con base en el principio de paridad.

Asimismo, se establece la obligatoriedad de la aplicación del principio de paridad en puestos específicos dentro del Poder Ejecutivo, y sus homólogos en las Entidades Federativas.

Se incluye agregar los términos “Diputadas”, “Senadoras”, “Candidatas”, lo que haría visible el trabajo que realizan las mujeres en la sociedad y la necesidad de equilibrar la balanza en la apertura que debe haber en los cargos del ejercicio del poder público.

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