En Brazos de la Ilusión la Independencia de la Suprema Corte de Justicia ¿o no?

Por Nidia Marín

¿Llegará el momento en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación contará con ministros que no le deban nada al Presidente de la República y por lo tanto puedan actuar con mayor libertad?

Es un sueño guajiro aun en el siglo XXI para hombres y mujeres especializados, no obstante que durante el sexenio del presidente Ernesto Zedillo se llevaron adelante reformas que habían efectuado en el mandato de Carlos Salinas de Gortari.

Hasta ahora se ha insistido en la real independencia de la Suprema Corte de Justicia y que, como señalan los estudiosos:

“En un Estado Constitucional el poder se ejerce de manera transparente, no hay lugar para la existencia de facultades metaconstitucionales entendidas como derechos atribuidos por la tradición política y menos si esta es de corte autoritario. Sin embargo, el Estado constitucional reconoce que su fundamento está no sólo en el texto constitucional sino también en el contexto constitucional, esto es en la cultura”.

Porque hoy, como en algunos tiempos idos, el autoritarismo es contrario al texto constitucional, aunque en la actualidad permea en el máximo discurso de ciertos actores políticos empezando por el máximo dirigente en el poder.

Allá por 2007 la maestra e investigadora parlamentaria Claudia Gamboa Montejano puntualizaba:

“Las facultades metaconstitucionales del presidente de la República que otrora lo hicieran controlar la vida política nacional nunca han estado regladas y formalmente promulgadas y, por lo tanto, si bien se encuentran disminuidas, e incluso podríamos decir prácticamente aniquiladas, lo cierto es que no están del todo “abrogadas”, excluidas del pensamiento político y definitivamente extintas”.

Pues no. Y en el caso de la Suprema Corte, tampoco, no obstante que no todos los ministros le deban la vida profesional a un presidente de la República. Las mujeres sí. La primera, Olga Salmorán de Tamayo, fue nombrada por el presidente Adolfo López Mateos en 1961 y su llegada les cayó de peso a los abogados ya que cuenta Julio Martínez Rivas, en la revista Nexos, que aquellos varones de leyes decían que estaban litigando “ante la Suprema Corte y Confección”.

La segunda fémina que fue designada ministro, en su caso por José López Portillo, fue Livier Ayala Manzo, en 1979, pero del sustazo falleció de inmediato sin tomar posesión. Entonces se nombró a Gloria León Orantes (tercera) en ese mismo año.

La cuarta mujer en llegar a la Corte Suprema (1983) por designación de Miguel de la Madrid Hurtado, fue Fausta Moreno Flores y la quinta (1985), por el mismo mandatario Victoria Adato Green, mientras que la sexta, en el mismo periodo presidencial y también en ese año, sería la sexta Martha Chávez Padrón, considerada por el apreciado Sergio García Ramírez, como “modelo de conducta que se puede proponer a las jóvenes generaciones de servidores públicos y motivo de satisfacción para las antiguas generaciones, que tienen derecho al aprecio de sus conciudadanos”.

Otra ministra -la séptima- fue designada por el mismo De la Madrid (sexenio en el cual hubo el mayor nombramiento de mujeres) fue Irma Cué Sarquis, en 1987 y, posteriormente en 1988 la octava, Clementina Gil Guillén de Lester.

Tras la modificación de la estructura de la Suprema Corte, llegó en 1995 Olga Sánchez Cordero (novena fémina), nominada por el presidente Ernesto Zedillo Ponce de León y, posteriormente en 2004 Vicente Fox nominó a Margarita Luna Ramos (décima), mientras que Felipe Calderón no propuso a ninguna y Enrique Peña Nieto, a la undécima Norma Lucía Peña Hernández (2015).

El actual mandatario nombró en 2019 a dos: Margarita Ríos Farjat (duodécima) y a Yasmín Esquivel Mossa (la treceava).

Hoy la amenaza lanzada desde el Zócalo contra uno de los poderes de la Unión causa escozor y lo más probable es que se salga con la suya, porque tristemente las féminas no han sabido aun decir “no”.

No pasará mucho tiempo antes de conocer los resultados de la carta enviada por López Obrador al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea para que “se investigue” el fallo que diera el juez Juan Pablo Gómez Fierro al suspender temporalmente la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica.

Aunque sea una simple ilusión, habrá que recordar el planteamiento hecho en el 2007 en la Cámara de Diputados:

“…en caso de que el Ejecutivo incurriera en excesos, se deberían revisar otras disposiciones, como las atribuciones que el Legislativo delega al Ejecutivo: de igual manera, se propuso revisar y modificar el artículo 89 constitucional para establecer de manera limitativa en qué materias puede haber reglamentos autónomos o disposiciones generales autónomas, y aclarar qué se entiende por facultad reglamentaria”.