*En México, miles de cuerpos permanecen sin identificar mientras sus familias continúan buscándolos. Más allá de las limitaciones científicas, la falta de coordinación institucional, las deficiencias en los registros y el manejo de los restos pueden prolongar esta incertidumbre.
Isabel Beltrán/GIASF*
En México, una familia puede pasar años buscando a una persona desaparecida mientras su cuerpo permanece bajo custodia de alguna institución pública. Puede encontrarse en un servicio médico forense, en un centro de resguardo o haber sido inhumado en una fosa común. Su recuperación no necesariamente permite establecer su identidad y, por tanto, tampoco relacionarlo con una búsqueda en curso. Esta posibilidad revela una de las contradicciones más inquietantes de la crisis forense en el país: el paradero físico de una persona puede haber sido establecido sin que quienes la buscan tengan conocimiento de ello.
Esta situación se ha documentado en distintos estados del país. En Chihuahua, Mauri Daniel Arias Lázaro desapareció en septiembre de 2021 y su cuerpo fue recuperado apenas tres días después. Sin embargo, permaneció sin identificar bajo custodia forense y posteriormente fue inhumado en una fosa común, mientras su familia continuaba buscándolo durante casi dos años (Nochebuena, 2024). Un caso similar ocurrió con María Dolores Juárez Cárdenas, desaparecida en 2013, cuyo cuerpo fue localizado el mismo día de su desaparición, pero terminó inhumado irregularmente en las fosas de Tetelcingo, Morelos. Su familia pudo recuperarlo tres años y 10 meses después (Morelos, 2017). Más allá de las particularidades de cada caso, ambos muestran cómo la existencia de información sobre un cuerpo recuperado no necesariamente conduce a establecer su identidad ni a relacionarlo oportunamente con una denuncia de desaparición. Esta dificultad adquiere una dimensión mayor cuando la información se encuentra distribuida entre distintas instituciones que no cuentan con mecanismos efectivos para compartirla y contrastarla.
El pasado 7 de octubre de 2026, las madres buscadoras Margarita López Pérez y Brenda María Valenzuela Gil promovieron un amparo contra la Fiscalía General de la República y las 32 fiscalías estatales por la presunta falta de interconexión del Banco Nacional de Datos Forenses. Las promoventes cuestionaron las dificultades para intercambiar información entre instituciones, lo que podría obstaculizar la identificación de personas fallecidas (León, 2026) [1]. La demanda, cuya admisión fue reportada por la periodista Cecilia Sierra , plantea una cuestión que trasciende el funcionamiento de una plataforma informática: ¿qué ocurre cuando las instituciones cuentan con información relevante, pero no logran relacionarla para establecer una identidad?
La magnitud de este problema se refleja en el diagnóstico difundido por la Universidad Iberoamericana (2026), a partir de la Plataforma Ciudadana de Fosas, el cual puede ser consultado en este link Cuerpos bajo el resguardo del Estado. Diagnóstico forense en México..docx, que documentó al menos 72 mil cuerpos y restos humanos sin identificar bajo resguardo institucional. La cifra da cuenta de un rezago considerable, aunque requiere una precisión: no todos esos cuerpos corresponden necesariamente a personas reportadas como desaparecidas, ni puede suponerse que todos podrían identificarse mediante un simple cruce de información. La relevancia de este diagnóstico radica, más bien, en evidenciar la necesidad de examinar las condiciones científicas e institucionales que intervienen en la identificación humana.
Identificar a una persona fallecida es un proceso que requiere integrar información obtenida de sus restos con datos que permitan establecer a quién corresponden. En ocasiones, las dificultades derivan del estado de conservación del cuerpo, la ausencia de muestras de referencia o la insuficiencia de información para realizar comparaciones confiables. En otras, pueden relacionarse con expedientes incompletos, registros dispersos o procedimientos que impidan aprovechar los datos disponibles. La distinción es importante porque no todas las identificaciones pendientes responden a las mismas causas y, por tanto, tampoco requieren las mismas soluciones.
El problema adquiere otra dimensión cuando consideramos que la información sobre una persona desaparecida y la correspondiente a un cuerpo recuperado pueden encontrarse en instituciones distintas. Una denuncia presentada en una entidad federativa no necesariamente se relaciona de manera inmediata con un hallazgo realizado en otra. Incluso cuando ambas instituciones han documentado adecuadamente sus respectivos casos, la ausencia de mecanismos efectivos de consulta y comparación puede impedir detectar posibles correspondencias. Así, la identificación no depende exclusivamente de la capacidad científica para analizar un cuerpo, sino también de las condiciones que permiten vincular los resultados con la información existente.
El caso de María Dolores Juárez Cárdenas, abordado anteriormente, permite reconocer las consecuencias concretas de estas dificultades. Aunque las autoridades de Morelos contaban con información genética, no se realizaron oportunamente las confrontas con otras entidades federativas que habrían permitido explorar posibles correspondencias con personas desaparecidas (Miranda, 2017). A ello se sumaron irregularidades en el manejo e inhumación de su cuerpo (Morelos, 2017). Estas circunstancias muestran que la disponibilidad de información forense no garantiza por sí misma su aprovechamiento en los procesos de identificación y ponen de relieve la importancia de contar con mecanismos que permitan su intercambio y confronta entre instituciones.
Esta necesidad de articulación está reconocida en la legislación mexicana. Desde 2017, la Ley General en Materia de Desaparición estableció la creación del Banco Nacional de Datos Forenses y la interconexión en tiempo real de los registros forenses federales y estatales. Su implementación ha sido gradual. En su informe de actividades de 2024, la Fiscalía General de la República reportó avances en el desarrollo del Banco, entre ellos la conexión con el Registro Nacional de Detenciones y la realización de mesas de trabajo para integrar otras bases de datos (Fiscalía General de la República [FGR], 2025). La reforma publicada el 16 de julio de 2025 reforzó las obligaciones de interconexión, actualización de registros y realización de pruebas de identificación antes de la inhumación de cuerpos no identificados (Diario Oficial de la Federación [DOF], 2017, 2025). Estos avances aunque relevantes, no permiten establecer por sí mismos que exista una interconexión completa y operativa entre todas las instituciones obligadas.
A estos esfuerzos se sumó la creación del Centro Nacional de Identificación Humana en 2022 y el impulso de centros regionales especializados para atender el rezago de cuerpos sin identificar. Su desarrollo también ha enfrentado dificultades. En 2024 se documentaron reducciones de personal y afectaciones a las actividades del Centro Nacional (Xantomila & Sánchez, 2024). Asimismo, en 2025, el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México advirtió que, de los cinco centros regionales anunciados, únicamente operaba el de Coahuila, que había identificado a 121 personas hasta octubre de 2024 (Xantomila & Laureles, 2025). Estas experiencias muestran que la creación de instrumentos legales e instituciones especializadas no garantiza por sí misma resultados en la identificación humana. Su efectividad depende tanto de la capacidad para relacionar información entre instituciones como de la disponibilidad de registros completos, confiables y susceptibles de comparación.
La circulación de información constituye, además, sólo una parte del problema. Las posibilidades de identificar a una persona también se construyen desde el momento en que se recupera su cuerpo. La documentación del lugar del hallazgo, el registro de sus características, la obtención de muestras y la conservación de los indicios constituyen actuaciones que pueden resultar decisivas para una identificación posterior. Cuando estos procedimientos presentan deficiencias, la información perdida puede ser difícil o imposible de recuperar, incluso si posteriormente se dispone de mejores recursos tecnológicos.
Esto resulta especialmente relevante en los casos de cuerpos inhumados sin identificar. La inhumación no implica necesariamente que se haya perdido toda posibilidad de establecer una identidad, siempre que existan registros adecuados, muestras conservadas y datos que permitan localizar nuevamente los restos. No obstante, cuando falta información sobre su procedencia, ubicación o tratamiento, una futura identificación puede requerir nuevas búsquedas, exhumaciones y análisis. El diagnóstico de la Plataforma Ciudadana de Fosas (2026) impulsada por la Universidad Iberoamericana, documenta irregularidades como la inhumación de cuerpos sin registros completos, autopsias o fichas de identificación en Tetelcingo y Jojutla, Morelos; el almacenamiento de restos sin clasificación y mezclados con otros en Chihuahua; y la destrucción de prendas y objetos asociados a cuerpos recuperados en Nayarit. Estos ejemplos muestran que las dificultades de identificación no siempre están presentes desde el hallazgo, sino que también pueden surgir durante el tratamiento institucional de los restos.
Desde esta perspectiva, el rezago forense no puede comprenderse únicamente como una acumulación de casos pendientes. También es necesario examinar cómo se generan esos pendientes y qué decisiones contribuyen a prolongarlos. Las condiciones en las que se recupera un cuerpo pueden limitar inicialmente las posibilidades de identificación, pero estas también dependen de las actuaciones realizadas a partir de su hallazgo. Una documentación rigurosa puede preservar información indispensable para futuras comparaciones, mientras que las deficiencias en el registro, análisis, conservación o resguardo pueden comprometer las oportunidades de obtener resultados. Por ello, el rezago forense no responde exclusivamente a las características de los restos humanos, sino también a las condiciones científicas e institucionales en las que se desarrolla su identificación.
Reconocer las deficiencias institucionales que intervienen en los procesos de identificación no implica desconocer los límites de la ciencia forense ni suponer que todas las personas fallecidas podrían ser identificadas si estas se corrigen. Significa, en cambio, distinguir entre aquello que todavía no es posible resolver con la evidencia y los métodos disponibles y aquello que permanece sin resolverse porque no se han agotado oportunamente las actuaciones que el caso requería. Esta distinción debería ocupar un lugar central en la evaluación de las políticas de identificación, pues permite examinar no solo los resultados obtenidos, sino también la calidad y oportunidad de los procedimientos realizados.
Para las familias de personas desaparecidas, estas distinciones tienen consecuencias concretas. La recuperación de un cuerpo cuya identidad se desconoce no representa necesariamente una respuesta a su búsqueda. Es necesario establecer una correspondencia científicamente sustentada, comunicar los resultados y garantizar, cuando corresponda, la restitución digna de los restos. Además, conocer la identidad de una persona fallecida no equivale a esclarecer las circunstancias de su desaparición o muerte. La identificación puede contribuir a conocer su destino, pero no sustituye las investigaciones necesarias para determinar qué ocurrió ni las posibles responsabilidades.
Por ello, las cifras de identificación, aunque indispensables para conocer los avances institucionales, ofrecen una visión incompleta cuando se presentan de manera aislada. También sería importante conocer cuánto tiempo transcurre entre la recuperación de un cuerpo y su identificación, qué procedimientos se realizaron, cuáles permanecen pendientes y por qué. Esta información permitiría reconocer las dificultades científicas de cada caso, pero también identificar retrasos evitables y evaluar si los mecanismos institucionales están cumpliendo su función.
La demanda presentada por las madres buscadoras, Margarita López Pérez y Brenda María Valenzuela Gil, en octubre de 2026 resulta significativa porque dirige la atención hacia una de esas condiciones: la posibilidad de relacionar información que se encuentra distribuida entre distintas instituciones. Su importancia no reside en asumir que la interconexión de registros resolverá por sí misma la crisis forense, sino en exigir que se esclarezca si los instrumentos creados para facilitar las identificaciones están funcionando y bajo qué condiciones. La existencia de una herramienta no puede confundirse con su implementación efectiva, del mismo modo que su puesta en funcionamiento no garantiza automáticamente resultados.
Enfrentar esta problemática requiere fortalecer las capacidades científicas, pero también asegurar que cada cuerpo recuperado cuente con documentación suficiente, que los registros permitan reconstruir su trayectoria institucional y que los casos pendientes sean revisados de manera sistemática. La trazabilidad no es únicamente un requisito administrativo: permite conocer dónde se encuentra un cuerpo, qué procedimientos se le han practicado, qué información existe sobre él y cuáles son las posibilidades de continuar su identificación.
La pregunta que deja abierta esta discusión no es solamente cuántos cuerpos permanecen sin identificar en México, sino cuántas oportunidades de identificación se han perdido o retrasado por decisiones que pudieron haberse tomado de otra manera. Responderla exige examinar los procedimientos, reconocer las limitaciones existentes y establecer responsabilidades cuando se identifiquen omisiones.
Porque el hallazgo de un cuerpo no debería representar el inicio de una nueva incertidumbre sobre su identidad. Y mientras las instituciones no puedan explicar qué han hecho para identificar a las personas bajo su resguardo, seguirá siendo necesario preguntarse si algunas familias continúan buscando no porque sus seres queridos no hayan sido localizados, sino porque la información necesaria para identificarlos todavía no ha logrado reunirse.
Referencias
- Diario Oficial de la Federación. (2017, 17 de noviembre). Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. https://sidof.segob.gob.mx/notas/5504956
- Diario Oficial de la Federación. (2025, 16 de julio). Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición. https://sidof.segob.gob.mx/notas/5763157
- León, S. (2026, 8 de octubre). Madres buscadoras demandan a Ernestina Godoy, a la FGR y fiscales por fallas en el Banco de Datos Forenses. Vanguardia. https://vanguardia.com.mx/noticias/mexico/madres-buscadoras-demandan-a-ernestina-godoy-a-la-fgr-y-fiscales-por-fallas-en-el-banco-de-datos-forenses-JG24001338
- Miranda, J. (2017, 12 de enero). Entregan cadáver hallado en Tetelcingo. El Universal. https://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2017/01/12/entregan-cadaver-hallado-en-tetelcingo/
- Morelos, R. (2017, 12 de enero). Entregan restos de mujer inhumada en fosa clandestina de Morelos. La Jornada. https://www.jornada.com.mx/2017/01/12/politica/026n2est
- Nochebuena, M. (2024, 29 de agosto). Dos años en un SEMEFO sin ser identificado mientras su familia lo buscaba: el caso de Mauri. Animal Político. https://grupoanimal.mx/sociedad/crisis-forense-identificacion-semefo-desaparecidos-mauri
- Plataforma Ciudadana de Fosas. (2026). Cuerpos bajo el resguardo del Estado: Diagnóstico sobre el abandono forense en México. https://plataformaciudadanadefosas.mx/assets/diagnostico-forense.pdf
- Sierra, C. (2026, 9 de octubre). Conceden amparo a madres buscadoras por falta de datos forenses. Quadratín Michoacán. https://www.quadratin.com.mx/justicia/conceden-amparo-a-madres-buscadoras-por-falta-de-datos-forenses/
- Universidad Iberoamericana. (2026, 13 de mayo). Crisis forense en México deja más de 72 mil cuerpos sin identificar bajo resguardo del Estado: Plataforma Ciudadana de Fosas impulsada por IBERO. https://prensa.ibero.mx/es-MX/nota/crisis-forense-en-mexico-deja-mas-de-72-mil-cuerpos-sin-identificar-bajo-resguardo-del-estado-plataforma-ciudadana-de-fosas-impulsada-por-ibero
- Xantomila, J., & Laureles, J. (2025, 13 de marzo). Se debilitan centros de identificación forense mientras crece hallazgo de fosas, advierte ONG. La Jornada. https://www.jornada.com.mx/2025/03/13/politica/006n1pol
- Xantomila, J., & Sánchez, A. (2024, 5 de febrero). Desmantelan el Centro Nacional de Identificación. La Jornada. https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/02/05/politica/desmantelan-el-centro-nacional-de-identificacion-3503
*Foto de portada: Óscar Guerrero/ObturadorMX
Isabel Beltrán Gil es doctora en antropología sociocultural y especialista en antropología forense. Orientó su perfil profesional hacia la recuperación e identificación de restos humanos, el análisis crítico de la muerte violenta en contexto de Derechos Humanos y la dimensión epistemológica de la antropología forense. Es integrante del Comité Investigador del GIASF.
El Grupo de Investigaciones en Antropología Social y Forense (GIASF) es un equipo interdisciplinario comprometido con la producción de conocimiento social y políticamente relevante en torno a la desaparición forzada de personas en México. En esta columna Con-ciencia, participan miembros del Comité Investigador, estudiantes asociados a los proyectos del Grupo y personas columnistas invitadas . Las responsables de la misma son Erika Liliana López y Sandra Gerardo (Ver más: http://www.giasf.org)
La opinión vertida en esta columna es responsabilidad de quien la escribe. No necesariamente refleja la posición de adondevanlosdesaparecidos.org o de las personas que integran el GIASF

