Entra en vigor decreto presidencial que dicta que obras federales de la 4t son de interés público.

*Por lo que tienen dispensa de trámites.

22/11/2021/ México.- Por decreto de Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, las obras públicas federales son declaradas de interés público y de seguridad nacional y por lo tanto tendrán una dispensa de trámites.

El decreto presidencial aplica para obras de infraestructura de los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas y ferrocarriles.

En un mecanismo de fast track instruye a las dependencias otorgar autorizaciones, dictámenes, permisos o licencias de carácter provisional en un plazo máximo de cinco días.

Si transcurrido ese plazo no se emite una autorización expresa, se considerará resuelta en sentido positivo en una tácita dispensa de trámites.

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) este lunes fue publicado dicho acuerdo que entra en vigor un día después de su publicación, es decir este martes 23 de noviembre.

“Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”, se lee en el artículo primero.

En el segundo artículo, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal “a otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras a que se refiere el artículo anterior, y con ello garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos autorizados”.

Además se establece que la autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente, Y en caso de qué no se hubiera emitido durante ese plazo, “se considerará resuelta en sentido positivo”.

“La autorización provisional tendrá una vigencia de doce meses, contados a partir de su emisión, periodo en el cual se deberá obtener, conforme a las disposiciones aplicables, la autorización definitiva”, se aclara en el tercer artículo.

También refiere que “México requiere infraestructura para fomentar su desarrollo de manera incluyente y acercar oportunidades a las regiones más rezagadas en los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos, y otros sectores prioritarios y/o estratégicos que contribuyen al crecimiento y a la seguridad nacional del país”.