” La cifra enunciada por la nueva encargada no concuerda con las estadísticas de ninguno de los observatorios que contabilizan el delito que hablam entre 160 y 225.
*Adelantan colectivos que demandaran conocer las carpetas “reclasficadas”.
/Redaccion/
Xalapa. Ver. 19 diciembre 2019. Luego de una “reclasificación” de las carpetas de feminicidios la fiscalía de Veracruz decidió en la mesa que del mes de enero al 30 de noviembre se han registrado 137 casos de muertes de mujeres, de los cuales decidieron que sólo 95 fueran reclasificados como feminicidios.
Según la encargada de la Fiscalía General del Estado (FGE), Verónica Hernández Giadáns, del universo total de 137, 32 están considerados como un probable homicidio, 2 son clasificados como un secuestro agravado, 4 casos son muertes no delictivas, 3 casos los catalogaron como “suicidios” y uno de los casos señala, es por omisión de cuidados.
“De estas 137, lo que hicimos fue hacer una reclasificación, estudiar carpeta por carpeta para ver si realmente era considerado feminicidio o no”.
Hernández se habría comprometido con una procuración de justicia con perspectiva de género, sin embargo el resultado de su reclasificación favorece al régimen que la colocó en el cargo, denuncian colectivos al conocer las nuevas cifras que automáticamente, alejan al estado como el primer lugar de feminicidios, sitió que preservó desde diciembre del 2018 a octubre 2019.
Con la desaparición del Secretariado Ejecutivo Nacional las cifras de crímenes de mujeres por razón de genero seguramente disminuirán, nos refieren feministas que habían anticipado que la estrategia sería ocultar los feminicidios y no prevenirlos.
Advierte la encargada de la FGE, “Ahorita que he ido a reuniones con otros fiscales, a la confederación nacional de Procuradores de Justicia, etcétera, llegamos a tomar un acuerdo en que la muerte de una mujer se va a considerar homicidio y que depende del avance y después de seguir el protocolo que debemos llevar todas las Fiscalías, se considerará feminicidio o no, después de las causas”, sostuvo la mujer encargada de disminuir las cifras acusan activistas.
Antes de la desaparición del SESNSP.
De enero a septiembre de 2019, 2 mil 833 mujeres fueron asesinadas en México, de acuerdo a cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
Los datos del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), precisan que solo 726 (25.6%) son investigados como feminicidio, mientras que los otros 2 mil 107 asesinatos, como homicidio doloso.
El Código Penal Federal establece que “comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro”. Existen varias modalidades, como culposo, doloso o en razón de parentesco; las penas van desde cuatro hasta 40 años, además de que pueden aumentar dependiendo de las agravantes.
La ley mexicana define que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género” y especifica siete circunstancias que se pueden entender como razones de género:
La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
El OCNF define al feminicidio como la manifestación más extrema de discriminación y violencia contra ellas, donde “el odio, la discriminación y la violencia tienen su expresión por medio de las formas brutales en las que los cuerpos de las niñas, adolescentes y mujeres adultas son sometidos, y de esta forma se evidencia el odio y desprecio hacia ellas”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (COIDH) define como feminicidios “los homicidios de mujeres por razones de género considerando que éstos se dan como resultado de una situación estructural y de un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades.