Frenan la reforma en materia de violencia de género en Cdmx

*Pese al insistente llamado de diputadas en San Lázaro.
*Sheinbaum lo justifica.

/Redacción/

Cdmx. 04 Junio, El pasado domingo se le venció el plazo al Congreso de la Ciudad de México para armonizar la legislación en materia electoral de la ciudad, con las recientes reformas federales publicadas el pasado 13 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, por la que se reformaron y adicionaron diversas leyes para sancionar la violencia política de género.

Se buscó que las reformas se realizaran al finalizar el periodo de sesiones del Congreso Local que concluyó el domingo 31 de mayo, y que las mismas pudieran ser firmes para el inicio del proceso electoral local 2020-2022, sin embargo el ausentismo frustró la posibilidad.

Los comicios inician de acuerdo al Instituto Nacional Electoral, el próximo 1 de septiembre, por lo que el congreso local estaba dentro de los 90 días para reformar leyes electorales que prevé la ley.

Luego de que no fuera aprobada en el Congreso de la Ciudad de México la reforma en materia de violencia política de género, la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum consideró que fue una falta de quórum por razones sanitarias y no una negativa de no aprobarla de parte de los diputados locales.

Sheinbaum detalló que la Comisión correspondiente, llamó a Sesión presencial y no virtual, pero algunos de los diputados y diputadas que la conforman están contagiados por Covid-19 e incluso en cuarentena pues algunos han tenido contacto con personas que lo tuvieron.

Lo que abogaría por legisladoras y legisladores que fueron señalados por la diputada de Morena, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Paula Soto Maldonado, que dijo que no sucedió porque hay diputadas que consideraron que no se debían reformar las leyes electorales.

Sheinbaum planteó que pese a que la modificación no esté lista para la fecha programada en septiembre, los Grupos Parlamentarios discutirán para que la violencia política sea reconocida en el marco legislativo local y Federal.

La Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 20, BIS, define toda acción, omisión o tolerancia basada en elementos de género ejercida en la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de derechos político-electorales de una o varias mujeres al ejercicio pleno de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, toma de decisiones y libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas tratándose de pre candidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

La reforma pretendía garantizar y proteger a las mujeres de la CDMX que decidan participar en política en el siguiente proceso electoral, lo hicieran sin que sean violentadas por razon de género, garantizar la paridad en todo, conceptualizar la violencia política y violencia política de género que en 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó fuera de la norma electoral.

Diversos e insistentes han sido los llamados desde la camara de diputados para que las entidades federativas y l Cdmx aprueben las reformas en la materia.