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/ Red Feminista Anticarcelaria /
En la provincia de Santa Fe, el encarcelamiento femenino y de disidencias atraviesa una curva ascendente que ya es difícil de disimular. En sólo una década, la población encarcelada en la Unidad N.º 5 (Sub 2) de Rosario y en el resto de los establecimientos penitenciarios que alojan mujeres en Argentina multiplicó sus cifras de manera exponencial. En 2015 eran 45 personas detenidas, ese número asciende hoy 573 mujeres y disidencias distribuidas en Rosario y Santa Fe, este crecimiento no se explica solamente por una mayor persecución del delito, sino que se sostiene, evidentemente, en procesos de feminización de la pobreza, precarización extrema y políticas punitivas que recaen sobre los eslabones más vulnerables de la cadena del microtráfico.
Este incremento se dio de manera tan abrupta que, entre 2024 y fines de 2025, la población detenida prácticamente se duplicó y sin la presencia de políticas públicas que previeran nuevos espacios de alojamiento, las consecuencias se sienten de forma transversal, pero afectan especialmente a las infancias, invisibilizadas, tanto las que viven presas junto a sus madres como las que quedan fuera e interrumpen sus vínculos familiares.
La cárcel como primera infancia
De las 573 mujeres y disidencias encarceladas, sólo nueve conviven con sus hijos en el pabellón de madres de la Unidad N.º 5 (sub2) de Rosario. A pesar de que, según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) , el 90% de las mujeres presas son madres, la posibilidad de conservar el vínculo cotidiano es mínima. Cuando ese contacto existe, ocurre en condiciones extremadamente precarizadas: celdas donde los bebés duermen en la misma cama que sus madres, sin cunas ni elementos básicos; espacios sin ventilación adecuada; interrupciones constantes de luz y agua; patios sin sombra y con juegos inseguros; y una oferta alimentaria que ni siquiera satisface los requerimientos nutricionales de la primera infancia.
Ninguna de estas realidades es menor. La Organización Mundial de la Salud y los organismos de derechos humanos coinciden en que los primeros mil días de vida son decisivos para el desarrollo emocional, neurológico y físico. Cuando las maternidades y crianzas se producen en contextos de encierro, sin acompañamiento especializado ni estimulación temprana, con rutinas que son forzadas por la autoridad penitenciaria y sin espacios seguros, el impacto puede ser profundo y duradero.
Este panorama es desolador si tenemos en cuenta que la provincia de Santa Fe carece de normativa específica que regule la permanencia de infancias en prisión, lo que deja que las decisiones cruciales queden a criterio de cada autoridad de turno. Ingreso, traslados y atención médica, hasta el egreso definitivo, depende de la voluntad institucional.
La investigación de G. Rojas y S. Drueto, Lxs hijxs de mujeres presas se preguntan: ¿Y nosotrxs qué?, plantea que “una vez que las mujeres son aprehendidas se desmorona la estructura familiar que sostienen, produciéndose una diáspora con sus hijxs que recaen sobre otras mujeres que casi siempre son del entorno familiar, del vecindario y/o del círculo afectivo o en última instancia institucionalizados.” (2023/ pág.3) La cotidianeidad carcelaria produce aislamiento y desconocimiento del afuera, por lo que las mujeres madres privadas de su libertad quedan desconectadas de las infancias y adolescencias que quedan en el afuera, provocando “angustia, desazón e inquietudes exponiéndolas a constantes reclamos ante las autoridades carcelarias por información al respecto” (idem). La pena de esas madres trascienden lo carcelario y coloca a los hijos e hijas “en co-pagadores del ilícito cometido por su madre, rompiendo así la personalidad de la pena que impide que otra persona pague por un hecho ajeno.”
Las visitas de los familiares traen noticias sobre las situaciones problemáticas que atraviesas loas infancias y adolescencias al tener a sus madres privadas de la libertad, se producen abandonos de la escolaridad, o un ida y vuelta contante, aparecen enfermedades diversas, problemas de socialización, aumenta la violencia, baja el respeto a la autoridad de la persona a cargo (generalmente otras mujeres), se produce una escasez económico debido a nuevas bocas que alimentar y la falta de trabajo. Esta situación “profundiza la carga emocional de las mujeres que perviven dentro de la cárcel como en sus círculos externos a la unidad. Las aquejan situaciones difíciles dentro del penal, de convivencia, de subsistencia, de control y se suma un “afuera” que se torna inmanejable por las distancias”(2023-Pag 4).
Un protocolo como horizonte
Frente a este escenario, un equipo multidisciplinario integrado por la ONG Mujeres Tras las Rejas, Asociación Pensamiento Penal –Capítulo Santa Fe- y el Dpto. de Derecho penal y Criminologías de la Facultad de derecho de la Universidad Nacional de Rosario elaboró el Protocolo para Niñes que Conviven con sus Madres Presas en la Unidad Penitenciaria N.º 5 de Rosario. La propuesta surge para llenar un vacío y para ordenar prácticas que hoy son improvisadas, inestables y, muchas veces, lesivas para derechos fundamentales.
El documento, que recoge principios de la Convención de los Derechos del Niño, las Reglas de Bangkok, las Reglas Mandela y las leyes nacionales de niñez y ejecución penal, se sostiene en un concepto clave: el interés superior del niño debe prevalecer por encima de cualquier lógica punitiva.
Por eso, el primer principio es contundente: el protocolo sólo aplica si no existe una opción no prisionizante. Es decir, la cárcel debe ser el último recurso, no la primera respuesta.
El protocolo para infancias convivientes dentro del penal contempla algunas propuestas claves: las condiciones dignas de alojamiento, con cunas, elemento de seguridad, ventilación adecuada, refrigeración, espacios de guardado y acceso garantizado a luz y agua; la existencia de patios seguros con sombra, juegos adecuados y por lo menos 6 horas diarias sin depender del personal de guardia; espacios de uso infantil equipados con materiales educativos, lúdicos, acceso a libros adecuados y a herramientas de estimulación; presencia de acompañantes infantiles capacitados; una nutrición adecuada, diseñada por profesionales y supervisada mensualmente; acceso a la salud integral, con consultorios pediátricos para controles regulares de las infancias, también controles obstétricos y seguimiento en ambos casos. También se destaca la trascendencia de una regulación clara de salidas, tanto con las madres como con referentes afectivos y con apoyo de mecanismos para preparar el egreso a fin de evitar que las infancias enfrenten rupturas abruptas del vínculo maternos y vinculaciones forzosas con familiares desconocidos.
Cuando la política criminal choca con la política de cuidados
Los cambios en la política judicial de Santa Fe, enmarcada en un escenario excesivamente punitivista y habilitada por la desfederalización parcial de los delitos vinculados a estupefacientes (Ley Nacional 26052 y Ley Provincial 14239), trasladó a ejido de la provincia la persecución dela venta minorista de drogas ilegales, llamado microtráfico. En la práctica, la implementación de estas medidas pone foco en la persecución penal de mujeres pobres extremadamente vulneradas, jefas de hogar, con roles generalmente secundarios y de bajo nivel en las estructuras de microtráfico. Si bien son piezas fácilmente reemplazables, sus detenciones generan impactos familiares profundos: hijos separados, vínculos interrumpidos, crianzas fracturadas.
Paradójicamente, mientras la tasa de encarcelamiento de la provincia supera la media nacional, todavía no existen políticas públicas que evalúen el impacto que estos encierros tienen en la vida de miles de infantes. El protocolo aparece entonces como una herramienta puente, un piso mínimo de derechos en un sistema que históricamente los ha omitido.
El desafío urgente
La pregunta que deja planteada la dramática evolución del encarcelamiento femenino es simple y devastadora: ¿qué sociedad estamos construyendo cuando el Estado no garantiza la protección de las infancias que conviven con el encierro?
No se trata sólo de condiciones habitacionales, ni de asistencia material. Es, sobre todo, la necesidad de reconocer que la maternidad en prisión no puede gestionarse desde la lógica punitiva, y que el impacto emocional y corporal del encierro en los primeros años de vida es un asunto de derechos humanos.
Mientras la población penitenciaria crece y los indicadores sociales retroceden, el desafío se vuelve ineludible: pasar de la reacción a la planificación, del castigo al cuidado, y de la omisión estructural al cumplimiento efectivo de los compromisos internacionales que la Argentina asumió hace más de tres décadas.
El protocolo es un avance, un mapa posible. Pero su existencia no será suficiente sin voluntad política y recursos que permitan transformar la vida cotidiana de esas mujeres y de esas infancias que hoy, en silencio, también cumplen condena.
Fuentes:
ONG Mujeres Tras las Rejas, Asociación Pensamiento Penal –Capítulo Santa Fe- y el Dpto. de Derecho penal y Criminologías de la Facultad de derecho de la Universidad Nacional de Rosario – Protocolo para el Tránsito y el alojamiento de niñes en las Unidad Penitenciaria N° 5 de Rosario – 2024
Graciela Zulema Rojas y Stefania Soledad Druetto – Lxshijxs de mujeres presas se preguntan: ¿Y nosotrxs qué? – 2023
Informes del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP):https://www.argentina.gob.ar/justicia/politicacriminal/estadisticas/sneep/2015
Informe de la Procuraduría Penitenciara de la Nación (PPN) https://ppn.gov.ar/index.php/institucional/noticias/3674-la-ppn-presento-un-informe-con-datos-actualizados-de-las-estadisticas-penitenciarias-de-paises-del-g20-y-america-del-sur#:~:text=Argentina%2C%20por%20ejemplo%2C%20presenta%20una,da%20en%20Am%C3%A9rica%20del%20Sur












