Iniciativa de Sheinbaum en materia de desaparición llega al Senado.

*Escrito por Wendy Rayón Garay.

07.04.2025./Cimac Noticias.com/ Ciudad de México.- El próximo 9 de abril, el Senado de la República discutirá la iniciativa de reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas propuesta por Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 27 de marzo y su propuesta ya está en manos del Senado.

Se trata de una iniciativa que responde ante los recientes hallazgos del colectivo Guerreros Buscadores de Jalisco donde encontraron aproximadamente 400 pares de zapatos, docenas de prendas de ropa, pertenencias y restos óseos humanos en el rancho Izaguirre ocupado por miembros del Cártel Jalisco Nueva Generación como centro de exterminio y reclutamiento forzado.

“Estamos enviando el día de hoy al Congreso la reforma, las modificaciones a la Ley de Búsqueda y a la Ley de Población, que fortalece: la prevención y la atención a personas desaparecidas, además de que nos va a ayudar en general en fortalecer la seguridad y la paz en nuestro país”, comentó Claudia Sheinbaum durante la Mañanera.

Desde Cimacnoticias, generamos un análisis y concluimos que de las 10 acciones presentadas 6 ya existen.

6 de 10 acciones presentadas por Sheinbaum contra la desaparición, ya existen

¿Cuáles son las propuestas de esta iniciativa?

Dicha iniciativa propone las siguientes modificaciones a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas:

  1. Se crea la Plataforma Única de Identidad: a partir de la CURP de todas y todos los mexicanos, y personas extranjeras que estén domiciliadas. Será la herramienta para la generación de alertas, búsquedas y localización.
  2. Se incorpora la CURP como mecanismo de identidad oficial con fotografía y huellas dactilares; de uso obligatorio en registros administrativos en los tres niveles de gobierno y con capacidad de consultas en tiempo real.
  3. Se establecen obligaciones y sanciones a servidores públicos para la generación, actualización y compartición de información.
  4. Se crea la Base Nacional de Carpetas de Investigación de personas desaparecidas y no localizadas: se deberá abrir una carpeta de investigación de manera inmediata ante cualquier denuncia de desaparición y no esperar a las 72 horas; esta base nacional deberá integrarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de las reformas.
  5. Se fortalece y amplía el Banco Nacional de Datos Forenses a cargo de la Fiscalía General de la República (FGR) a través de su ampliación a las Fiscalías estatales para que proporcionen información; vincular las bases en tiempo real para que los datos sean conectados de forma obligatoria a la Plataforma Única de Identidad ya que tiene la integración de registros Antemortem Postmortem, la Alerta Amber y otros.
  6. Se fortalecen las capacidades de fiscalías con Unidades especializadas de investigación, Unidades de análisis de contexto, Áreas de búsqueda inmediata y de larga data, Áreas especializadas en delitos cibernéticos, y Unidades de atención a víctimas. Además, se establecen los perfiles mínimos y obligatorios para el personal de estas Fiscalías especializadas.
  7. Se incorpora a privados en la obligación para generar y compartir información útil para búsqueda de personas como los relacionados con servicios financieros, de transporte, salud, telecomunicaciones, paquetería y en general todos aquellos que tengan información útil que sume a las acciones búsqueda.
  8. Se incrementan penas a quienes cometan el delito de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares.
  9. Se fortalecen las capacidades de las Comisiones Nacional y estatales de Búsqueda
  10. Se crea el Sistema Nacional de alerta, búsqueda y localización de personas, que se hará notificar mediante una ficha de búsqueda y autoridades privadas sobre la desaparición, además de que identificará coincidencias entre todos los sistemas de información, incluyendo a los asociados en la CURP.

Sin embargo, Cimacnoticias documentó que 6 de las 10 propuestas de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ya contaban con antecedentes protocolarios, es decir, que ya existían por lo que la iniciativa carece de soluciones novedosas ante la crisis de personas desaparecidas en México.

Mujeres desaparecidas en México

El último informe de Red Lupa estableció que se trata de una problemática generalizada porque alcanza a una gran escala de la población y sistemática, por los patrones de violencia encontrados.

El análisis también mostró que, en 2023 la cifra de personas desaparecidas aumentó un 7.3% y en 2024 un 6.4%. Asimismo, el 88% de los casos sucedieron entre los años 2000 y 2024 y el 48% ocurrieron entre 2018 y 2024. No obstante, en 2023 fue el periodo en que se registraron más personas desaparecidas alcanzando los 10 mil 513 casos; mientras que hubo un descenso en las cifras durante 2003, 2012, 2015, 2018, 2020 y 2022.

Dentro de los registros de personas desaparecidas se ha encontrado el siguiente panorama:

  • Jalisco, Tamaulipas, Estado de México, Veracruz y Nuevo León son los estados con mayor número de personas desaparecidas en 2024 concentrando al 48% de los registros.
  • El rango de edad en el cual se concentran la mayoría de los casos sigue siendo de los 25 a 29 años. Sin embargo, las niñas, niños y adolescentes desaparecidas representan el 18% de los registros.
  • En cuanto a las niñas y mujeres, el 52.3% de ellas desaparecen en los estados de Estado de México, Tamaulipas, Jalisco, Ciudad de México y Nuevo León en ese orden.
  • Son las niñas y mujeres de 15 a 19 años quienes más desaparecieron en 2024.

De igual forma, hay una crisis en materia de desapariciones forzadas y por particulares que ha sido aceptada por diversas instituciones del gobierno mexicano, incluyendo a la presidencia de la República. No obstante, no se han creado políticas públicas suficientes para contrarrestar la situación y ayudar a las personas buscadoras a encontrar a sus desaparecidos.

Actualmente, la Ley General en materia de desapariciones forzadas de personas, desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda (en adelante, Ley General) es el principal marco legal e institucional que funciona como una hoja de ruta que todas las instituciones deben seguir para revertir la situación.

Ante esta realidad, en mayo del 2019, el entonces subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas, reconoció ante una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la existencia de una crisis forense, después de que mujeres buscadoras denuncian la existencia de un gran número de restos humanos sin identificar que ascendió a 52 mil 004 restos sin identificar en 2020. Y es que son las mujeres en quienes constantemente recaen las tareas de búsqueda.