La firmeza del Estado y los límites de la polémica.

*Astrolabio Político .

/Por: Luis Ramírez Baqueiro/

“Tu deber es descubrir tu mundo y después entrégate con todo tu corazón”. – Buda.

La reciente detención de un periodista del sur de Veracruz ha sacudido al gremio de la comunicación a nivel estatal y nacional. El caso, inevitablemente sensible por tratarse de un profesional de los medios, detonó una discusión inmediata sobre libertad de expresión, uso del poder punitivo del Estado y los riesgos de criminalizar la labor periodística. Sin embargo, para analizar con seriedad lo ocurrido, es indispensable ir más allá del ruido y revisar con rigor el contexto legal que rodea el caso.

El pasado 24 de diciembre, un juez de control emitió una orden de aprehensión contra Rafael N, derivada de investigaciones formales, pruebas periciales y la integración de diversas carpetas de investigación abiertas desde tiempo atrás. No se trató de una decisión política ni de una acción discrecional del Ejecutivo, sino de un acto estrictamente judicial. La orden no la giró el gobierno del estado; la emitió un juez del Poder Judicial, tras valorar los elementos presentados por la Fiscalía.

Este punto es clave. En un Estado de derecho, la privación de la libertad no puede ni debe ocurrir sin control judicial. Aquí hubo denuncias previas, investigaciones prolongadas y expedientes que no surgieron de la noche a la mañana. Las carpetas estaban abiertas desde hace tiempo y seguían su curso legal antes de que el tema estallara mediáticamente.

Como era previsible, el gremio periodístico reaccionó con solidaridad y activó los mecanismos de acompañamiento legal para garantizar que la detención no estuviera vinculada al ejercicio informativo, tal como lo protege el artículo 19 constitucional. Esa vigilancia es no solo legítima, sino necesaria en un país donde la libertad de expresión sigue siendo frágil.

La gobernadora del estado, Rocío Nahle García fijó postura con claridad: la detención no obedece al trabajo periodístico del imputado, sino a un asunto de carácter penal; la ley se aplica sin distingos de profesión o estatus, y el indiciado cuenta con el derecho pleno a una defensa legal. El mensaje es incómodo para algunos, pero consistente con la lógica institucional: el Ejecutivo no interfiere en decisiones judiciales.

La controversia escaló cuando apareció una palabra que encendió las alarmas: terrorismo. ¿Se llegó realmente a ese extremo jurídico? El término implica la siembra deliberada de miedo social en distintos niveles y será en la audiencia donde el juez determine si ese señalamiento tiene sustento legal o si simplemente se descarta. Por ahora, todo juicio anticipado es especulación.

Lo que sí debe decirse, aunque incomode, es que el Estado actuó con firmeza dentro del cauce legal. La orden la emitió un juez, las investigaciones existen desde hace tiempo y el gobierno del estado no tuvo injerencia directa en la decisión. Además, hay un elemento que en el sur de Veracruz no es ningún secreto: el indiciado es ampliamente conocido entre sus propios compañeros periodistas, no solo por su labor mediática, sino por sus relaciones y antecedentes. Negar ese contexto sería faltar a la verdad.

La Comisión Estatal de Atención y Protección a Periodistas (CEAPP) brindó respaldo sin filias ni fobias, como corresponde. Ahora, la última palabra la tendrá el juez. Y será ahí, no en la estridencia mediática, donde se defina si hubo exceso o simplemente la aplicación estricta de la ley.

Al tiempo.

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