Llevan caso «dato protegido» ante CIDH para defender mujeres sin censurar opinión.

*Mónica Aralí Soto Fregoso,Presidenta del TEPJF, afirmó que sí hubo violencia política en razón de género y confirmó la sentencia emitida.

/ Escrito por Wendy Rayón Garay / Foto Karla Estrella /

25.09.2025 / CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- De acuerdo con Mariana Calderón, abogada e integrante del Consejo Nacional de Litigios Estratégicos A.C., llevar el caso de Karla Estrella, conocido como «Dato Protegido» ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) representa un llamado de atención al Estado mexicano para que reestructure el modelo de “violencia política en razón de género” protegiendo a las mujeres de este delito sin censurar a medios de comunicación, periodistas o personas ciudadanas.

En entrevista para Cimacnoticias, Mariana Calderón declaró que se busca el reconocimiento del Estado mexicano sobre la violación a la libre expresión que se ejerció con la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Se trata de una acción para resarcir su honor el cual se vio afectado al quedar fichada en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Asimismo, se impulsará una reparación del daño por parte del Estado mexicano, esto debido a que, pese a cumplir con lo ordenado en la sentencia del TEPJF, la ciudadana Karla Estrella recibe persecuciones. La abogada apuntó que un ejemplo claro es la afectación a sus derechos políticos electorales, ya que actualmente bajo ninguna circunstancia podría acceder a un cargo público si así lo deseara.

Recordemos que el pasado 14 de febrero de 2024, en el marco de las elecciones federales, la ciudadana Karla María Estrella originaria de Hermosillo, Sonora, decidió hacer una publicación en su perfil de la red social X. En ella, cuestionó la postulación de la entonces diputada local Diana Karina Barreras, quien en ese momento se encontraba compitiendo para una candidatura federal.

En la opinión de la ciudadana, resaltó que la candidatura entró de último momento y que cabía la posibilidad de que esto fuera posible al ser esposa de Sergio Gutiérrez Luna, quien para ese entonces era presidente de la Cámara de Diputados.

Cabe resaltar que, ambos funcionarios pertenecen al Partido del Trabajo, aliado de Morena el cual durante este año impulsaron la Ley Nepotismo. La nueva ley determina la imposibilidad de que una persona pueda estar en el cargo público si tiene vínculos parentales con otro funcionario en activo, además ordena comprobar que el acceso al cargo no sea por vínculos familiares.

Está fue razón suficiente para que una semana después, Karla recibiera una notificación a su cuenta de X en donde se le advirtió que su publicación había sido denunciada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a raíz de una queja por violencia política en razón de género contra la entonces candidata. No obstante, la red social no encontró elementos para acreditar dicho señalamiento, por lo que se negó a eliminar la publicación apelando a la libertad de expresión.

Pese a que Karla decidió eliminar el tweet para evitarse conflictos, a los cuatro días representantes del INE asistieron a su casa para notificarle del proceso sancionador otorgándolo tres días para contestar que coincidieron con el fin de semana, el tiempo no le permitió emitir una respuesta y buscar asistencia legal. El proceso llegó hasta la Sala Regional de Guadalajara —una de las cinco que conforma al Tribunal Electoral y en la cual abarca a varios estados como lo es Sonora— en donde se confirmó que sí existió la violencia política en razón de género.

En consecuencia, el TEPJF le ordenó pagar una multa económica, tomar cursos de violencia en razón de género e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y ofrecer una disculpa pública por medio de su cuenta por 30 días, publicar un extracto de la sentencia:

“Te pido una disculpa, DATO PROTEGIDO, por el mensaje que estuvo cargado de violencia simbólica, psicológica, por interpósita persona, digital, mediática y análoga, así como de discriminación, basado en estereotipos de género. Esto perjudicó tus derechos político- electorales porque minimizó tus capacidades y trayectoria política”.

Sin embargo, en abril de 2024, la Sala Superior del Tribunal Electoral, última instancia jurisdiccional en materia electoral liderada presidida por Mónica Aralí Soto Fregoso, afirmó que sí hubo violencia política en razón de género y confirmó la sentencia emitida.

En junio de este año, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien también conforma la Sala Superior, sugirió revocar esa sentencia al determinar que el señalamiento de Estrella se basa en un supuesto de nepotismo y hace referencia al vínculo matrimonial entre ambos funcionarios. El voto decisivo estuvo en manos de la presidenta Mónica Soto quien estuvo en contra del proyecto y afirmó que la violencia en la publicación «fue clara».

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Sistema Interamericano

Ante esta situación, llevar al caso conocido públicamente como “Dato protegido”, pone en el centro “que no se puede tener un mecanismo jurisdiccional creado para poner en condiciones de vulnerabilidad a la ciudadanía, a los periodistas, a los líderes de opinión o cualquier persona que se quiere expresar en redes sociales.”, compartió Mónica Calderón. En consecuencia, mencionó que el modelo de violencia política en razón de género debe ser ajustado para que no censure sin dejar de proteger a las funcionarias que sean víctimas de este delito.

Según explicó la abogada, la denuncia ante la CIDH será presentada el próximo mes; sin embargo, es un proceso lento, debido a que el organismo tiene sus propuso tiempos de respuesta. Aunque la resolución no sea inmediata, la solo existencia de la queja da lugar al análisis y reflexión respecto a las afectaciones a la libertad de expresión que deberá realizar la CIDH para decidir si se aceptar y continuar con las investigaciones o dar inicio a reuniones con el Estado mexicano para pedir cuentas.

Hasta el momento, quien está acompañando el caso es el Consejo Nacional de Litigios Estratégicos A.C. quienes se involucraron en el caso desde el inicio. A ellos se sumaron organizaciones de la sociedad civil como Artículo 19, siendo este un referente en la libertad de expresión. Además, Mónica Calderón compartió que están abiertos a incluir otros casos similares hacia personas comunicadoras y ciudadanas para reforzar la existencia de una práctica sistemática en el país.

“La simple posibilidad de que te denuncien y de que te ordenen el Instituto Nacional Electoral bajar la comunicación de las redes sociales (…) constituye una violación a la libertad de expresión y una cosa judicial también porque están poniendo a los medios de comunicación, a los periodistas, a los líderes de opinión, a los comentaristas, en condición de vulnerabilidad, al obligarlos a tener que mostrar una defensa en materia electoral para poder atender este tipo de denuncias” -Mónica Calderón.

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Justicia politizada

Según señaló Mónica Calderón, el caso de Karla Estrella es uno de los más graves en relación a la violación de la libertad de expresión en los últimos años porque existió un Tribunal Electoral operando políticamente, una consecuencia de politizar la justicia favoreciendo a funcionarias y funcionarios en el poder para salvar las relaciones políticas.

La abogada hizo referencia a la decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) quien confirmó la sentencia contra Karla Estrella. Puntualizó que existen antecedentes de casos sobre violencia política de género que se resolvieron en sentido contrario, es decir, el Tribunal reconoció que no se había violado políticamente los derechos de las mujeres y que los señalamientos sí tenían fundamentos.

En relación apuntó que, la resolución de la Sala Superior fue emblemática porque se utilizó un mecanismo jurisdiccional que puso todo el peso del Estado mexicano y del poder política contra una ciudadana para censurarla e inhibir su ejercicio de libertad de expresión a través de una sanción desproporcionada y una medida de reparación que no se relaciona con otros casos anteriores.

Además, no se resolvió o se contestó a los argumentos expuestos en el recurso de revisión que presentó Karla Estrella ante la Sala Superior, en el que se apeló a la censura y libertad de expresión y tampoco se solicitó un análisis de la grabación de la sanción. En cambio, esta instancia reafirmó la existencia de violencia política en razón de género, «claramente hubo una denegación de acceso a la justicia (…) ese medio de defensa fue simulado«, apuntó Mónica Calderón.

Otro aspecto que la abogada señaló es la desaparición de la Sala Regional Especializada como resultado de las modificaciones de la Reforma Judicial. Su tarea era resolver el procedimiento especial sancionador relacionados con los procesos electorales, es decir, resolver la revisión de recursos contra las propias sentencias y medidas cautelares del Tribunal.

«El día que cualquier persona sea denunciada bajo este mecanismo (violencia política de género) ya no tiene un medio de defensa ordinario porque ahora se lo mandaran a la Sala Superior del Tribunal Electoral, quien en única instancia se va a pronunciar respecto a la actualización de la conducta denunciada por aquí» -Mónica Calderón.