Magistrado revocaría acuerdo de paridad en INE, Yucatán quedaría excluido .

* Escrito por Rita Magaña Torres .

08.11.2023 / Cimac Noticias.com/ Ciudad de México.-El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, propondrá la revocación del acuerdo establecido por el Instituto Nacional Electoral que ordena a los partidos políticos postular a cinco mujeres y cuatro hombres en las candidaturas de ocho gubernaturas y para jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con lo cual los partidos políticos serían quienes definirían paridad en ocho entidades y no el INE.

Menciona que en Yucatán queda excluido de la vinculación a cumplir las reglas de paridad que se ordenarán al resto de las entidades que continúan con ausencia de legislación, así se respetará en sus términos la voluntad del Congreso local y se le excluirá de cualquier mandato externo para este proceso electoral.

Recurso de apelación. Expediente : SUP-RAP-327/2023. Magistrado ponente: Felipe de la Mata Pizaña

 

Movimiento Ciudadano impugnó el procedimiento del 24 de octubre fijado por el INE ante el TEPJF, el representante de MC ante el Instituto, Juan Miguel Castro Rendón, solicitó a los magistrados de la Sala Superior revocar el acuerdo, bajo el argumento de que la autoridad electoral incurrió en un fraude procesal.

La paridad es un principio que fue incorporado en la Constitución mexicana en el año 2014, aplicable para las candidaturas a la Cámara de Diputados, Senado y Congresos Estatales. La primera vez que fue implementada esta reglamentación fue en el Proceso Electoral de 2014-2015.

Más tarde, en 2019, se realizaron reformas a este principio para garantizar “la paridad en todo”, lo que permitiría la participación progresiva de las mujeres en los tres Poderes de la Unión y en los tres niveles de gobierno, así como, en los organismos autónomos, pueblos y comunidades indígenas; lo cual, consolida el avance de un Estado cada vez más incluyente y plural.

El proyecto de resolución que elaboró del magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña, considera fundados los agravios que presentó por MC, pues “el INE carece de competencia constitucional y legal para imponer disposiciones para garantizar la paridad sustantiva en la postulación y registro de candidaturas a gubernaturas y la jefatura de gobierno”.

El documento del magistrado del TEPJF, que consta de 34 cuartillas, será analizado, precisa la forma en la que los partidos políticos deberán definir a sus candidatos y candidatas, por lo que corresponde a cada instituto político, en lo individual o en coalición, definir, conforme a su normativa interna sobre paridad sustantiva y a sus criterios de competitividad, cuáles de las ocho entidades, postularán cuatro candidatas y cuatro candidatos.

Para garantizar la paridad de género, a partir de aplicar el parámetro de control de regularidad constitucional, el proyecto del magistrado ponente del TEPJF propone que las reglas que se establezcan para garantizar la paridad en postulación en gubernaturas y la de jefe de gobierno capitalino para el proceso electoral 2024, aplicarán en Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco.

Señaló que los partidos políticos quedan vinculados a postular de forma paritaria en esas ocho entidades sus candidaturas a la gubernatura, de las cuales cuatro serán para mujeres y para cuatro hombres.

Precisa que el caso de mujeres la indicación se traduce en que al menos cuatro de ellas puedan tender una candidatura a los ocho gubernaturas y la jefatura de la Ciudad de México, que estarán en juego en el proceso electoral del 2024, en esta situación, los partidos políticos son libres de postular más mujeres.

 

“Estas medidas son el producto de la interpretación constitucional, convencional, y legal vigente, que respeta el marco de actuación de las legislaturas locales, las cuales constituyen un piso mínimo que debe observarse en la postulación de candidaturas, sin que ello límite en forma alguna para que los PP en aplicación de su normativa interna y en ejercicio de su auto organización y autodeterminación pudieran generar un mejor escenario en favor de las mujeres”, destaca el proyecto del magistrado ponente.

Recordemos que la paridad es un principio que fue incorporado en la Constitución mexicana en el año 2014 y según su Artículo 41:

Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, fomentar el principio de paridad de género, contribuir a la integración de los órganos de representación política, y como organizaciones ciudadanas, hacer posible su acceso al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como con las reglas que marque la ley electoral para garantizar la paridad de género, en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular.

 

Conoce el antecedente de esta información

El acuerdo de paridad en el INE

El 24 de octubre el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó el Proyecto de Acuerdo donde se emite el procedimiento para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas y jefatura de gobierno de la Ciudad de México en los procesos electorales locales de 2024, ya sea de manera individual, por coalición o candidatura común. Con esta decisión serán 5 mujeres quienes serán postuladas a las elecciones para gubernaturas en los próximos comicios donde se renovarán 9 cargos de poder ejecutivo local.

Durante la sesión la Consejera Carla Humphrey, señaló que este proyecto se sustenta en la obligatoriedad del Principio Constitucional de Paridad, las omisiones legislativas a nivel federal y en la mayoría de los estados, así como las directrices establecidas por la Sala Superior respecto a este tema.

Por su parte, Norma Irene de la Cruz Magaña, también Consejera del INE dijo que no dilatarían mas en dar luz verde a este acuerdo porque la paridad ha demostrado su eficacia para atajar, en la realidad y en lo inmediato, las desigualdades que impiden a las mujeres a acceder a oportunidades y al ejercicio pleno de sus derechos político electorales.

Uuc-kib Espadas Ancona, consejero del INE señaló que votaría en favor del documento en lo general pues establece lo que sí son obligaciones del instituto para ver que las leyes locales y los estatutos partidistas se cumplan, buscando lograr la paridad en la postulación de mujeres y hombres en cada estado.

Hay que recordar que la paridad es un principio que fue incorporado en la Constitución mexicana en el año 2014, aplicable para las candidaturas a la Cámara de Diputados, Senado y Congresos Estatales. La primera vez que fue implementada esta reglamentación fue en el Proceso Electoral de 2014-2015.

Esta sesión retomó la discusión que se tuvo el pasado 19 de octubre en El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) cuando se dijo NO a la paridad en las gubernaturas para el proceso electoral 2023-2024, esto se dio, en medio de una sesión plagada de declaraciones en las que partidos políticos dejaron ver que estaban en contra de la postulación de al menos cinco mujeres en las nueve entidades donde se elegirán gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México en los comicios de 2024.

Tras un debate que terminó por desordenar y olvidar el objetivo se votó en contra del proyecto de paridad, lo anterior luego de que partidos políticos como Morena señalaran que el instituto carece de facultades para obligarlos a postular mujeres y otros como Movimiento Ciudadano pidieran «respeto a la libertad de configuración legislativa».

Este posicionamiento fue apoyado por el consejero Uuc-kib Espadas Ancona, quien dijo que dicho acuerdo es una medida “inconstitucional e ilegal”, incluso señaló que es autoritario y “se funda en una manifestación maniquea de la política que no corresponde a la realidad”.